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Hay cosas ilegales que no podemos tener en casa. Aunque la Constitución Española garantice nuestro derecho a la propiedad privada y a la intimidad personal y familiar, eso no significa que podamos hacer cualquier cosa en nuestra vivienda ni, tampoco, que podamos guardar cualquier objeto o tener cualquier tipo de animal.
Hay objetos, como armas expresamente prohibidas o explosivos sin autorización, o determinadas especies que no deberíamos tener en nuestra vivienda. Así, por ejemplo, no podemos tener una acacia negra en nuestro jardín ni un galápago de Florida. Tampoco podemos tener un arma sin la correspondiente licencia ni un inhibidor de frecuencia.
En Fotocasa analizamos qué cosas podrían ser ilegales en casa en 2026.
¿Tenemos derecho a guardar cualquier cosa en casa?
No. El derecho a la propiedad privada, recogido en el artículo 33 de la Constitución Española, no nos exime del cumplimiento del resto de las normas nacionales. De acuerdo con la legislación, poseer ciertos objetos o seres vivos en casa está estrictamente prohibido.
Armas prohibidas
En España, tener determinado tipo de armas en casa, aunque no se utilicen, está prohibido. El Real Decreto 137/1993 prohíbe la tenencia de determinadas armas expresamente catalogadas como prohibidas, como los puños americanos, las navajas automáticas o las armas de fuego camufladas. De acuerdo con el artículo 4 del Reglamento de Armas, estos son algunos de los artefactos cuya tenencia está prohibida:
- Navajas automáticas.
- Llaves de pugilato.
- Armas de fuego fabricadas ilícitamente.
- Armas de fuego alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
- Armas de fuego que parezcan otro objeto distinto.







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