Para que esta ampliación sea válida, debemos seguir estos pasos:
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Acuerdo mutuo: Ambas partes (comprador y vendedor) deben estar conformes con ampliar el tiempo.
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Anexo al contrato: Se debe redactar y firmar un anexo que especifique la nueva fecha límite.
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Justificación: Aunque no es obligatorio, presentar un justificante del banco indicando que la hipoteca está en trámite suele facilitar que el vendedor acceda a la prórroga.
¿Qué ocurre si se cumple el plazo y no hemos firmado?
Si llega la fecha límite y la compraventa no se ha formalizado por causas imputables a una de las partes, se producen las penalizaciones acordadas (generalmente basadas en el artículo 1454 del Código Civil si son arras penitenciales):
Para evitar perder el dinero si el banco deniega la hipoteca, es muy recomendable incluir una cláusula de rescisión por no concesión de financiación. Esta cláusula permite recuperar el dinero de las arras si presentamos un certificado del banco denegando el préstamo, siempre que estemos dentro del plazo pactado.
¿Qué otros detalles deben aparecer en el contrato?
Además del plazo máximo, para que el documento sea claro y evite conflictos, debe recoger:
El contrato de arras no es un simple trámite, sino la garantía de que tu futura casa está reservada mientras preparas el paso final hacia tu nuevo hogar.