Hasta hace poco, el pago de la mensualidad del alquiler podría hacerse a través de varios métodos: en metálico, por transferencia, por Bizum o por domiciliación bancaria. Sin embargo, desde la aprobación de la Ley de Vivienda, en vigor desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 25 de mayo de 2023, cambia la forma en la que debemos pagar la renta todos los meses.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establecía en el apartado 17 número 3 que el «pago se efectuará en el lugar y por el procedimiento que acuerden las partes o, en su defecto, en metálico y en la vivienda arrendada». Tras la actualización acordada en la nueva Ley de Vivienda, la forma en la que los inquilinos pagan el alquiler queda modificada: ahora «el pago se efectuará a través de medios electrónicos«.
Pero ¿qué ocurre con las viviendas compartidas?, ¿cómo deben pagar el alquiler las personas que comparten vivienda o alquilan una habitación? Desde Fotocasa, analizamos lo que dice la ley sobre la forma de pago de la renta en pisos compartidos.
Pagar el alquiler si se comparte piso o se alquila habitación
No es lo mismo alquilar una vivienda entera con compañeros o amigos que alquilar una habitación por separado: el precio, la oferta y la ley que regula cada contrato es distinta.







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¿Puede exigirme mi casera que solo se lo pague uno de los inquilinos? Aunque figure cuenta bancaria en el contrato. Es un contrato de carácter solidario.