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Si estamos buscando un piso de alquiler, antes de firmar el contrato pueden surgir muchas dudas sobre el precio, la fianza, la duración o los derechos y obligaciones de inquilinos y caseros. Por eso, desde Fotocasa hemos analizado todas las normativas que afectan a los contratos de alquiler y hemos explicado las 10 partes más importantes que debes conocer para firmar un contrato de alquiler.
1 – Las leyes que regulan los contratos de alquiler
Existen diferentes tipos de alquileres y cada tipo se regula con una normativa específica.
- En los contratos de alquiler de vivienda habitual las dos leyes que lo regulan son la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley por el Derecho a la Vivienda. En estas dos leyes encontraremos la respuesta a la mayoría de nuestras dudas y son las que ambas partes (inquilinos y caseros) deben respetar.
- En los contratos de alquiler de vivienda temporal o de alquiler de habitaciones (como los alquileres a estudiantes) este tipo de contratos se rige principalmente por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) bajo la modalidad de «uso distinto del de vivienda» (Artículos 3 y 4.3) y, de forma supletoria, por el Código Civil.
2 – El precio del contrato de alquiler
El precio de una vivienda en alquiler se podrá acordar entre las partes de acuerdo con lo establecido en la ley. La Ley de Arrendamientos Urbanos, en su artículo 17, señala que «la renta será la que libremente estipulen las partes». No obstante, la misma ley indica que si la vivienda se encuentra en una zona de mercado tensionado, el precio del alquiler estará limitado.
«En los contratos de arrendamiento de vivienda sujetos a la presente ley en los que el inmueble se ubique en una zona de mercado residencial tensionado dentro del periodo de vigencia de la declaración de la referida zona en los términos dispuestos en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, la renta pactada al inicio del nuevo contrato no podrá exceder de la última renta de contrato de arrendamiento de vivienda habitual que hubiese estado vigente en los últimos cinco años en la misma vivienda, una vez aplicada la cláusula de actualización anual de la renta del contrato anterior, sin que se puedan fijar nuevas condiciones que establezcan la repercusión al arrendatario de cuotas o gastos que no estuviesen recogidas en el contrato anterior», indica el artículo 17.6 de la LAU.
Así que, antes de fijar la renta, debemos conocer si la Administración ha aplicado algún límite en nuestra zona.
Para viviendas de alquiler temporal estos límites no se aplicarían, por lo que el precio del alquiler se deberá fijar de acuerdo entre inquilino y casero.
2.1 – Quién debe asumir los gastos extra
Además del precio del alquiler, existen otros gastos adicionales que podrían repercutirse al inquilino o al propietario,
- El IBI y la comunidad: por defecto estos gastos corresponden al propietario. De acuerdo con el Artículo 20.1 de la LAU, “Gastos generales y de servicios individuales”, siempre que se especifique en el contrato claramente y que se indique la cantidad a pagar este gasto podría repercutirse al inquilino.
- La tasa de basuras: también regulada por el Artículo 20.1 de la LAU, por defecto lo pagará el propietario pero si se añade al contrato podría repercutir al inquilino, con la diferencia de que NO es obligatorio que figure el importe exacto anual en el contrato para que la cláusula sea válida.
- Los honorarios de la agencia: de acuerdo con la Disposición Final Primera de la Ley por el Derecho a la Vivienda, los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato corren siempre a cargo del propietario.
- En alquiler temporal este coste se podrá decidir quién lo paga en el contrato.
- Suministros de la vivienda: se regulan en el Artículo 20.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). que dice que «Los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individualizan mediante aparatos de contador serán en todo caso de cuenta del arrendatario.»
3 – La fianza del contrato de alquiler
La fianza del alquiler se regula en el Artículo 36.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La ley fija por obligación unas cantidades máximas y mínimas según el tipo de alquiler:
- Vivienda habitual: la fianza obligatoria es de 1 mes de renta.
- Alquiler de vivienda temporal: la fianza obligatoria es de 2 meses de renta.
Aparte de la fianza legal (el mes obligatorio), el propietario te puede pedir garantías adicionales (como un depósito extra en dinero o un aval bancario) de acuerdo con el Artículo 36.5 de la LAU. Sin embargo, para viviendas habituales, la ley pone un límite estricto: las garantías adicionales no pueden superar los 2 meses de renta.
4 – La duración del alquiler y las prórrogas del contrato
La duración de un contrato de alquiler, reculado por el Artículo 9 de la LAU, indica que la duración del contrato se pacta libremente entre el propietario y el inquilino (por ejemplo, un año). Sin embargo, la ley protege al inquilino otorgándole un derecho de prórroga obligatoria:
- Contratos de hasta 5 o 7 años: si el contrato firmado es inferior a 5 años (cuando el propietario es una persona física) o a 7 años (si el propietario es una empresa o persona jurídica), el contrato se irá prorrogando obligatoriamente año a año hasta alcanzar ese mínimo de 5 o 7 años.
- Esta prórroga es obligatoria para el casero, pero voluntaria para el inquilino.
Para no renovar el contrato: si se cumplen los 5 años obligatorios (o 7 si es empresa), el arrendador debe avisar con 4 meses de antelación si no quiere renovar. Si es el inquilino quien desea irse, el plazo de preaviso es de 2 meses.
| De acuerdo con el Artículo 9.3 de la LAU el propietario puede saltarse la prórroga obligatoria de los 5 años solo si, pasado el primer año de contrato, demuestra que necesita la vivienda para vivir él o sus familiares en primer grado de consanguinidad (o cónyuge en caso de divorcio). Para que esto sea válido, esta posibilidad debe haberse hecho constar expresamente en el contrato desde el primer día de la firma. |
5 – Los plazos de avisos en los contratos del alquiler
- Para rescindir el contrato de alquiler dentro de los 5 o 7 años: 30 días antes.
- Para cancelar el contrato una vez finalizados los 5 o 7 años: 2 meses para el inquilino y 4 meses para el casero.
- Para actualizar el precio del alquiler de acuerdo con el IPC o el IRAV : el propietario debe avisar por escrito con 1 mes de antelación a la fecha en que se cumpla la anualidad del contrato.
- Para devolver la fianza: el propietario tiene un plazo de 30 días (un mes) para devolver el dinero de la fianza desde que se firma el documento de cancelación del contrato.
6 – Cómo cancelar el contrato del alquiler antes de tiempo
Antes de que se cumplan los 5 o 7 años: el Artículo 11 regula el derecho del inquilino a romper el contrato antes de tiempo sin tener que cumplir los 5 años completos. El mínimo obligatorio una vez hayan transcurrido al menos 6 meses desde la firma del contrato. El inquilino debe comunicárselo al propietario de forma fehaciente (por escrito o burofax) con un mínimo de 30 días de antelación.
Dentro del plazo de 5 o 7 años el inquilino puede decidir no prorrogar el plazo del alquiler hasta los 5 años avisando con 30 días de antelación al término de cualquiera de las anualidades.
¿Qué pasa cuando se cumplen los 5 o 7 años?
Si llega esa fecha de vencimiento y ninguna de las dos partes dice nada (el casero debe avisar con 4 meses de antelación y el inquilino con 2 meses), el contrato entra en prórroga tácita. El contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de 3 años más.
7 – La actualización del precio del alquiler
El precio del alquiler podrá actualizarse cada vez que se cumpla una anualidad del contrato. Esta subida que el propietario puede hacer cada año para adaptar la renta al coste de la vida. Se regula en el Artículo 18 de la LAU.
El contrato debe incluir una cláusula que diga expresamente que la renta se actualizará cada año. Si el contrato no menciona ninguna actualización, la renta se mantiene idéntica durante los 5 o 7 años que dure el alquiler y no se puede subir nada por defecto.
Si ya han pasado los 5 años obligatorios de alquiler (o 7 si el propietario es una empresa) y el contrato llega a su fin, el dueño tiene derecho a querer renovarlo pero proponiendo un precio nuevo, mucho más alto. Esto ya no es una «actualización», sino un contrato nuevo o una prórroga con nuevas condiciones.
¿Cuándo se actualiza el alquiler por el IPC y cuándo se actualiza por el IRAV?
| Tipo de contrato | Fecha | Índice para actualizar el precio del Alquiler |
| Vivienda habitual | Firmado antes del 26 de mayo de 2023 |
IPC |
| Vivienda habitual | Firmado desde el 27 de mayo de 2023 |
IRAV |
8 – Qué pasa con las averías en un piso de alquiler
El Artículo 21.1 de la LAU establece que el propietario está obligado a realizar todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido. El casero no te puede subir el alquiler por hacer estas reparaciones. En este tipo de averías encontramos averías en tuberías, la caldera, tejados, etc.
Pero el Artículo 21.4 deja claro que «las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario«. Cambiar bombillas fundidas, la cuerda de una persiana que se rompe, el pomo de una puerta, el filtro de la campana extractora o el flexo de la ducha.
Como la LAU no da una cifra exacta, los tribunales de justicia han ido fijando un criterio a lo largo de los años. Hoy en día se considera una «pequeña reparación» a cargo del inquilino cuando cumple estos tres requisitos:
- Coste económico bajo: se suele fijar el límite en torno a los 100 – 150 euros. Si arreglar algo cuesta más de eso, suele considerarse obligación del casero.
- Afecta a elementos menores: grifos, bombillas, cerraduras… no a la estructura o servicios centrales de la casa.
- Causa del daño: el desperfecto se debe al uso diario del inquilino, no a que el aparato fuera viejo.
9 – Pasos para dejar el piso del alquiler
Tanto antes de que se cumpla el contrato como al finalizar los 5 o 7 años como en la prórroga, para dejar un piso de alquiler y finalizar el contrato se deben seguir los siguientes pasos:
- Realizar el preaviso en el plazo acordado y por escrito. Este preaviso debería incluir la fecha exacta en la que se dejará la vivienda.
- Dejar la vivienda en el mismo estado que se recibió. Esto incluye limpiar, dejar la casa pintada del mismo color, sin agujeros en la pared o devolviendo la cerradura original si se cambió la cerradura del piso de alquiler.
- Documentar todo y dejar fotos y videos de cómo está el piso. Lo ideal es que casero e inquilino revisen la vivienda juntos junto con dos testigos para evitar posibles malentendidos futuros.
- Firmar un documento de cancelación del contrato y un justificante de entrega de llaves para formalizar la finalización del contrato. En este documento se debería incluir que el piso se devuelve en buen estado o en mal estado.
- Devolución de la fianza: en un plazo de 30 días deberá ser devuelta.
10 – Preguntas frecuentes sobre los contratos de alquiler
¿Qué pasa si el casero vende el piso del alquiler o fallece?
Si tu casero vende la vivienda a otra persona, el contrato de alquiler no se rompe. El nuevo comprador no puede echarte a la calle ni cambiarte las condiciones por el simple hecho de haber comprado la casa. El nuevo propietario será el nuevo casero. Antes de vendérselo a un tercero, el casero tiene la obligación de ofrecérselo a al inquilino primero. Tienes preferencia para comprarlo por el mismo precio que le ofrezcan de fuera.
En el caso de un fallecimiento, serían los herederos quienes que convertirían en los nuevos caseros.
¿Puede el casero entrar en el piso alquilado?
No. El domicilio es constitucionalmente inviolable. El arrendador no puede entrar sin el consentimiento expreso del inquilino o una autorización judicial, incluso si es el dueño de la propiedad. Hacerlo constituye un delito de allanamiento de morada.
Aunque existen situaciones específicas en las que la ley exige que el inquilino coopere y le deje entrar, pero siempre previo aviso, de mutuo acuerdo y con consentimiento en ese momento como para realizar reparaciones necesarias (Artículo 21.3 de la LAU).
¿Cuándo se devuelve la fianza del alquiler?
De acuerdo con el Artículo 36.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos al finalizar el contrato, si la vivienda está en buen estado y no hay facturas pendientes:
El propietario tiene la obligación de devolver la fianza. El plazo legal es de un mes desde que se entregan las llaves y se firma el documento de resolución de contrato.
¿Se puede usar la fianza para pagar el último mes del alquiler?
No se puede usar la fianza para pagar el último mes del alquiler. Aunque la ley no redacta textualmente la frase «está prohibido pagar el último mes con la fianza», la prohibición se deriva de la finalidad que la propia LAU le asigna a este dinero. El Artículo 36.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que la entrega de una fianza en efectivo es obligatoria al celebrar el contrato. La jurisprudencia civil determina que la fianza es una garantía real destinada exclusivamente a cubrir posibles desperfectos o daños materiales causados por el inquilino en la vivienda y cubrir deudas pendientes de suministros (luz, agua, gas) que lleguen después de que el inquilino se haya marchado.
¿Te ha resultado útil el contenido? Si es así, no dudes en puntuar con cinco estrellas. Puedes dejar tus dudas en los comentarios y las iremos añadiendo a las preguntas frecuentes para completar el artículo.











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Los mejores pisos de alquiler
También debéis de decirnos que se necesita para que puedas acceder a un piso de protección oficial.
hay que esperar mucho. Donde hay que ir para que me digan los pasos que tengo que seguir
Estar sola
Hola hay que ir a la trabajadora social de la que perteneces. Tienes que tener 2 años de empadronamiento done vas a pedirlo .Allí pides el piso de protección Oficial. Te llega una carta y tienes que mandar una declaración de todos los mayor de edad firmada los que están en el padrón y sus documentos. Espero que le es útil. Eso ise yo
La leí a cambiado ahora todo esto no es cierto tenemos derecho a una vivienda digna que no sé nos alluda a las personas pagadoras,no es justo que me tenga que ver en la calle
A lo que se tiene derecho es a un trabajo que los permita acceder a esa vivienda que ustedes consideren digna
¿En que parte no es cierta? Si este artículo está explicando brevemente 10 puntos de un contrato de alquiler, lo del acceso a la vivienda ve a tu ayuntamiento y reclama tus derechos
Me parece bien.
Foto casa
Hola. Que requisitos hay en los alquileres para un extranjero con visa de estudiante? Soy Argentina y en Julio estaré viajando para España.
Los mismos.
Pregunté a un buen abogado.
Hola si traes una fuerte suma de dinero y se las enseñas alguna agencia te puede alquilar porque de lo contrario ahora mismo para alquilar piso aquí en Madrid es una odisea aparte de que están súper caros te piden hasta la partida de
nacimiento y saber el nombre de eti bisabuelos
Hola tengo un piso alquilado y en el contrato les puse que si salía un comprador tenían tres meses para dejar la vivienda y no he podido venderlo porque los inquilinos se niegan a dejar la casa hasta que no encuentren otra donde paguen lo mismo que estan pagando aquí en 5 años nunca les subi el alquiler y sólo pagan 530 euros por un piso de tres habitaciones en carlinda (Málaga)…no se como hacer para que se vayan
Mejor busque un buen abogado que les recuerde la Ley.
Lo tienes crudo. No se puede ir de amiguete en temas tan serios.
Si necesitaras el piso para ti o un familiar directo, quizás podrías hacer algo, si no, tendrás que venderlo con «bicho incluido».
Que poca vergüenza mientras no lo vendes lo tienes alquilado y a la puta calle!! Pues te esta muy bien las cosas se hacen bien y no joder a la gente!!!
Bravo
Tendría que haber subido el alquiler cada año por lo menos tendrías un incremento tan barato no se van a ir y encima si te descuidas se quedan sin pagar de ocupas busca un buen abogado la gente es muy sinvergüenza
Subirles la renta, haría yo.
Un contrato de alquiler puede redactarse libremente entre las partes – (c) 2024 Adevinta, en caso de que redistribuyas o difundas nuestro contenido protegido, recuerda que debes citarnos.Cómo bien cita aquí Fotocasa. Entonces deberán cumplir lo que libremente habéis pactado. Si está en el contrato un juez puede hacerselo acatar. Ahora si hay menores, puede que se complique la cosa. Suerte
Les puedes subir el alquiler de golpe el IPC de los últimos 4 años siendo el del 2023 el 2%. a lo mejor ya no les interesa tanto.
Estoy buscando un estudio en Madrid na zona de argazuela delicias vallecas Nueva Numancia
Qué pasa si tú padre muere a los tres meses de haber firmado el contrato de alquiler y la agencia quiere hecharme al final de julio porqué dicen que el contrato no está a mi nombre y no me avisan ni por carta sólo me envían un WhatsApp diciendo que tengo que irme ya y me ofrecen algo de dinero para que me vaya. Pero el contrato está hasta el 1 de noviembre y yo les he dicho que yo he estado pagando a mí nombre todas las mensualidades y que le dije a la persona que me podía yo poner en contacto haber si cambiaban el contacto a mi nombre y también le pedí que cómo podía ponerme en contacto yo con la empresa directamente y no me contestó nada. Y ahora quieren que me vaya a final de mes sin haberme avisado por carta al menos cómo han hecho con todos los inquilinos de mi misma escalera y a todos los demás. Y ahora es imposible encontrar nada ya que las casas o pisos están alquilado para vacaciones. No se si es legal lo que quieren hacerme ya que yo creo que lo quieren alquilar para vacaciones y es por eso por lo que quieren que me vaya
Si me podéis decir si esto es legal porque también me han avisado de que sino me voy iremos a la justicia
Deberías mirarte la subrogación, antes solucionaba este problema, ahora no sé cómo está.
Una de las cosas que estoy viendo es que no tenemos derecho a alquilar una vivienda, xq el propio seguro de impago nos rechaza por no cumplir todos los requisitos que el mismo seguro nos obliga a tener. Ej:( igualar o superar el SMI), pues ese seguro es una putä mierda ya que con contratos parciales no llegamos esa nómina, ni tampoco se llega trabajando en empresas de contratos de 8h…
Hay viviendas a patadas. Lo que hay que hacer es encontrar la que se adecúe a mi presupuesto, no pretender que la vivienda que me gusta se ponga al precio que yo quiero. Si hay que salir del centro, habrá que irse a un sitio más barato. No pasa nada por eso.
A patadas lo dices tú porque ahora con el tema veraneo cuidado como está la cosa .es una vergüenza que no halla más facilidades a la hora de alquilar o comprar así está todo lleno de okupas
Creo haber entendido q el seguro de impago es ilegal (un juez de parla lo declaró como cláusula abusiva y fue anulado de un contrato) y aparte lo debería contratar el arrendador ya q es el beneficiario del mismo. Es una basura y un chiringuito montado para sacar dinero a la gente ya q no garantizan a ninguna d las partes el pago del alquiler.
El seguro de impago surge precisamente por la necesidad del arrendador de protegerse contra los okupas… Y los okupas son un problema que debería de solucionar el Gobierno, sea socialista o cualquier otro, ofreciendo vivienda social barata y garantizando salarios mejores… Pero la falta de vivienda para algunas personas nunca debe solucionarse por la persona propietaria de un piso a base de dar su piso a cambio de nada, ni alquiler ni compraventa, a santo de qué , dónde queda pues el legítimo derecho a la propiedad privada por la que has pagado.. Es un problema del Estado, o del Gobierno vigente, nunca del ciudadano de a pie, los ciudadanos pagamos nuestros impuestos precisamente para eso para que se ofrezca vivienda asequible a otros ciudadanos, para que haya buena sanidad y buena enseñanza pública… Otra cosa es en qué gastan los políticos esos impuestos que pagamos para que luego no haya dinero para lo verdaderamente importante y necesario como es que todo ciudadano tenga derecho a una vivienda digna como propietario o como inquilino.
Mi casero antes de los 5 años me iso nuevo contrato ,luego me sube el alquiler,,y al cumplír los 5 años quiere bolber a subirme el alquiler, yo pago seguro de casa y no me deja poner cocina nueva .no la pone y los baños son un asco q puedo ader sobre esta situación..y pago cada mes …
Lo más smo me están haciendo a mí y me echan después de 5 años pagando todos los meses y arreglando yo las cosas porque ellos no quieren .para ponerla ahora en alquiler de verano
Hola no hay derecho que los propietarios abusen del precio del alquiler
Hola ,a mí me pidieron el pisoe dónde vivo por finalización de contrato.cuanto tiempo tengo para dejaré el piso hasta q encuentre algo similar una vez halla termindo mi contrato ?. Muchas gracias.
Buenos dias, me gustaría saber qué necesita una familia que viene de estados unidos para alquilar un.piso aquí, traen su balance, abrir cuenta en Banco de Alicante, traen sus recurso y necesitan una vivienda de 3 habitaciones, son un matrimonio con una niña.,puede ser un alquiler de 750/800 euros un piso bien ubicado, centro, el plan etc
Buena recomendación para hacer buen uso de la vivienda.
He encontrado una vivienda de alquiler y antes de ver la vivienda le tengo que hacer una transferencia de un mes más la fianza a TripAdvisor y si no me convence, dice que me la devuelve, lo cierto es que estoy dudosa, porque no es una vivienda vacacional y está página se dedica a eso, no se si es una estafa , me podéis aconsejar? el anuncio está puesto aquí en fotocasa
Yo no lo haría por otra plataforma…ademas NUNCA ADELANTES DINERO SIN VER EL PISO O FIRMAR CONTRATO!
Muchas gracias, no lo haré
si un piso que no estaba recien pintado ha pasado 8 años puede pintarmelo o es cosa ya mia
Y si llevó muchos años en el mismo piso y los muebles o cualquier otra cosa se desgasta porque si que pasa
Hola. Buenas
Mi caso es
Tengo un contrato de alquiler de un local donde realizo mi trabajo (pequeño gimnasio) que se renueva cada año desde hace 10 años y se renueva todos los octubre, este año no nos han renovado el Contrato avisandonos el dia 1 de julio de este año. Nos piden que nos vayamos este 30 de octubre. Yo pido que nos dejen hasta el 30 de noviembre 2023. Pues todavia no hemos encontrado un sitio accesible para seguir trabajando. Es legal?
Y que hacemos si el inquilino deja de pagar y no se quiere ir?
Nos jodemos por q la ley no protege al arrendatario y eso es uno de los principales motivos de q no haya pisos en alquiler el miedo a q no pagen no se vayan y no puedas recuperar el piso así q los pocos pisos q quedan son con precios desorbitados.
Está bien proteger al arrendador pero no a costa del arrendatario.
El estado es muy listo pero solo para lo q le conviene.
Exactamente
El problema es para ambos, el arrendador tiene miedo porque la ley no lo protege y si hay impagos de alquiler o suministros, necesita de 9 a 15 meses para echar al arrendatario y poder recuperar parcial o total las cuotas de alquiler , daños etc
y el arrendatario encuentra q el alquiler cada vez es más caro y hay menos porque los precios se disparan por contratación de seguros de impagos y por las actuales leyes con respecto a los alquileres. Culpables? Esta claro!!!! El gobierno.
En España aún es fácil alquilar, en el resto de los países europeos piden hasta un aval de la empresa
estoy totalmente de acuerdo contigo
Nidia tengo 25 años viviendo de alquiler pagando puntualmente y desde hace dos años la señora me aumenta 20 € y lo veo justo pues tengo una renta baja y también me a pedido el apartamento. Y no he podido encontrar un sitio donde vivir pues mi pensión es de 900 € y los alquileres están muy caros y está semana me a dicho que el 31 de diciembre tengo que marcharme, estoy desesperada pues tengo 72 años y nunca pensé verme en la calle, necesito, ayuda o tendré que desaparecer pues no tengo otra salida
Buenas ya pudo solucionar donde vivir ?
Hola, que debo hacer si quiero ejercer mi derecho a la vivienda con mi perro? Es mi familia y por mucho que les diga que estamos en la calle (poco nos queda) se niegan a alquilar, no es injusto esto? No se puede hacer nada al respecto?
Según la ley de bienestar animal tu perro forma parte de la familia no?yo estoy igual pero mi casero me dijo que si mi perro estropea algún mueble yo me tendría qué hacer cargo le. dije que si ,y no he tenido problema,háblalo.
Negocia. Y procura q tu perro no provoque daño alguno a la vivienda. El arrendador tiene todo el derecho de no aceptar animales
Todo lo que dicen esta bien.Yo soy pensionista tengo para pagar un piso de alquiler y no puedo ver el piso por que no entro en sus filtros. Asi llevo dos meses.
Increíble ahora hay que hacer un Casting? xdios!!!!
Y porque crees q hay q pasar esa criba? Es muy injusto, pero todo tiene un porqué
Cuando se alquila una vivienda, ¿tiene que estar registrada como alquiler? Hay caseros que no lo declaran y además, la fianza ni siquiera lo llevan a la AVRA, eso perjudica al inquilino…
Buenos días, estoy viviendo en un piso de alquiler desde el 2011, que el 2016 se volvió a renovar, y ahora en 2024 se expiran las prorrogas y hay que hacer uno nuevo. Sabe alguien si me puede poner el precio que quiera o se tiene que basar en el precio de los anteriores. Sería de gran ayuda. Muchas gracias
Es útil
Sii me gustaría alquilar un piso para
Hola,en junio vence el contrato de piso donde vivo,ya me avisaron de que tienen pensado venderlo y tengo que deslojar la vivienda cuando se acabe el contrato,llevo 5 años viviendo en dicha vivienda y he pagado religiosamente todos los meses sin fallar ninguno,mi intencion es y estoy mirando pisos en venta pero pudiera ser que a lo mejor para dicha fecha no tenga nada,espero que si,en el caso que no tuviera nada igual me pueden tirar?no tengo algun tiempo hasta que encuentre algo y no verme en la calle?
me parece muy claras las condiciones y.leyes pero ustedes por mas que uno tenga para pagar el piso no se lo alquilan a uno por ser latino ..
primero que todo no todos somos iguales habemos personas que nos gusta trabajar y vivir dignamente pero apenas uno los llama nunca hay pisos o sino ya los cojieron me parece injusto llevo buscando piso 8 meses y nada
Cualquier zona de Alcoy 2 hab y terraza oh patio y admitió mascotas
Me parece muy bien todo los requisitos en un contrato de alquiler entonces uds porque no están pendientes de esas agencias que cobran desde 4 meses más 21% de iva al inquilino y hay otras que cobran 6 fianzas deberían de estar pendiente de eso ah y lo otro es que te piden hasta revisar tu cuenta bancaria eso me pare un abuso y violacion a la privacidad de el cliente pero nadie hace nada x nosotros los inquilinos
Si lo que mencionas es cierto, ves a la Cambra de la comerç de Barcelona, da el nombre de las agencias, resguardo de pago y reserva o lo que hayas firmado con ellos (es gratuito) y ves al registro de la propiedad con tu contrato, registrarlo sino lo ha hecho el propietario. Automáticamente todo esto se convierte en tu beneficio.
Tengo un trabajo fijo mi pareja tiene contrato por una ETT i nos dicen que sus nóminas no aceptan.Mi pregunta es porque?
Hola. Buenas, quisiera saber cómo se hacen los contratos de alquiler opción compra, si me podeis enviar un pdf .
Una pregunta . Si yo tengo una casa alquilada a precio muy asequible. De 500 € al mes.
Pero tengo una instalación eléctrica antigua que tiene 2200w o 2,2 kW. Estoy obligado a mayor electrificación si me lo pide el inquilino
Gracias .
Si me voy a los 6 meses .Tengo derecho a la devolución de la fianza?
Larga duración si. Aunque pongan un año obligatorio el mínimo por ley son 6 meses. Si no te devuelven fianza (pon una demanda judicial y la recuperas con daños y perjudicios)
Yo busco un piso para compartir todo lo que me queda de vida. Tengo 76 años. No me considero vieja aunque con algunas cosillas propias de la edad. Lo busco en Indautxu donde ahora vivo per el alquiler para mi es muy alto
Necesito que no tenga ningún escalón y calefaccion
Ves a la web de la ONU. Explica tu caso, solo ahí se puede ejercer los derechos y hacer justicia.
Estoy buscando el alquiler de una casita o un piso con ascensor y me está resultando muy difícil, en este momento vivo desde hace nueve años en un pueblecido del valle deltietar,.tengo que mudarme ya que es un segundo sin ascensor y vivo con mi perra que tiene displasia pues parece que mi perra en un problema, nadie admite animales.
Hola , tengo 3 años que vivo en piso y este àño he firmado un contrato de 5 años y hay unos dias que el propietario me ha dicho que quiere venderlo , pero yo no puedo encontrar el piso tan rapido en esta zona porque tengo mis hijos en cole aqui . Que puedo hacer . Gracias
Hola soy Egipcia me quiero ir a Barcelona mi pregunta es que documentos necesito siendo extranjera para alquilar un apartamento de 1 habitación y un baño con una mascota un gatito
La ley no se aplica como debe de ser por unos pagamos todos llevo casi un año buscando piso somos muy responsables pero por ser latina hay dueños d piso k no nos an querido alquilar tengo 14 años viviendo aquí
Yo estoy buscando también y los requisitos q piden son muy difíciles.. hoy en día quien tiene ingresos que superen 3mil €??.
Quién paga la luz, agua y wifi si la tiene.
Bueno vaya pregunta, pues el que la usa
Como redactar un contrato de alquiiler
¿Qué diferencia hay entre poner en el apartado de la renta: «se pacta una renta anual de 7.200 €, que será pagadera mediante mensualidades de 600 € cada una….», o poner «se pacta una renta mensual de 600 € mensuales, que será pagadera…»
Si heredas un piso , con inquilino, el contrato se puede extinguir?
Para alquilar
Tengo un piso alquilado a estudiantes por 9 meses, el contrato dice que el IPC se podrá subir a partir del año de estancia pero nunca van a cumplirlo porque acordamos que se acaba a los 9 meses, y no aceptan la subida del IPC aunque se lo dije en Julio, solo tengo ese piso de alquiler y he hecho reformas en los 2 últimos años. Tengo derecho a subir el 3 %?. Gracias
«La extinción del contrato antes de la fecha prevista debe comunicarse al menos con dos meses de antelación.»
Es erróneo.
Según LAU es 30 días, y no se pueden empeorar las condiciones de la LAU.
««Artículo 11. Desistimiento del contrato.
El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. »
«Artículo 6. Naturaleza de las normas.Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice.»
Perdón, 2 meses antes de la extinción, 30 días de aviso para desestimiento.
Esas condiciones son iguales en todas las provincias de España? A mí han pedido tasas de todo tipo en bastantes anuncios que si respondieron.
Es legal ofrecerte un piso de alquiler en invierno y echarte en temporada de verano?
Mi contrato no registrado termino el día 1 de noviembre 2024 me lo hizo por un año tengo la casa con muchas cosas que arreglar desde que llegué y siempre me dice que el seguro no le contesta hoy al realizar el pago del alquiler me ha dicho que me quiere subir 100 euros y si no que la cochera que me cedió y que da entrada a mi casa que hace un muro y la alquila por 50 y que le tengo que pagar una subida de 50 euros vamos que pagó 100 más o 50 si alquila la cochera tengo humedades los grifos rotos y todo lo llevo arreglando y pagando yo vivo sola con mi hijo de 5 años en el contrato no pone nada de subidas yo le pago en mano pero le hago firmar el pago en una libreta de facturas para demostrar mis pagos que puedo hacer sobre la subida y si me pueden decir si mi contrato se a renovado automáticamente hay que hacer uno nuevo gracias
Hola..llevo viviendo en alquiler desde 02/12/2020..pagando 500 euros y ahora mi casero me quiere subir 50 euros el alquiler ….puede hacerlo???