Contrato de alquiler de vivienda habitual: el “clásico” de larga duración
Este es el contrato típico cuando el inquilino va a vivir en la casa como residencia principal y alquilar la vivienda completa.
En España, aunque propietario e inquilino pacten una duración inicial corta (por ejemplo, un año), la Ley de Arrendamientos Urbanos establece un mínimo legal al que el inquilino puede acogerse mediante prórrogas:
Es decir: aunque firmemos por menos tiempo, si se trata de vivienda habitual, el inquilino puede tener derecho a continuar hasta esos mínimos.
Además, una vez alcanzados esos 5 o 7 años, puede existir prórroga (según lo previsto en la LAU y lo que ocurra al finalizar el contrato).
Contrato de alquiler temporal: no es “corto porque sí”, es “temporal por un motivo”
El alquiler de corta duración está pensado para situaciones en las que el inquilino necesita la vivienda por una causa concreta y limitada en el tiempo. Por ejemplo, por estudios o por trabajo temporal.
Aquí hay una idea clave que conviene entender bien:
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La clave del alquiler temporal es la finalidad, no solo la duración. Un contrato puede durar 6 meses y, aun así, si el uso real es residencial (vivir “como si fuera su casa de siempre”), puede considerarse vivienda habitual.
Esto importa porque en algunas zonas se está intentando evitar el uso del contrato temporal como “atajo” para esquivar las reglas del alquiler de vivienda habitual (por ejemplo, límites de precio o prórrogas).
Otros tipos de contratos de alquiler: alquiler turístico, con opción a compra o por habitaciones
También existen otras modalidades:
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Alquiler turístico: Es el arrendamiento de una vivienda con fines vacacionales y por estancias cortas. Este tipo de alquiler suele estar sujeto a normativa específica y, en muchos municipios, requiere cumplir requisitos adicionales o contar con licencia.
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Alquiler con opción a compra: En este caso, el inquilino alquila la vivienda durante un periodo determinado, pero con la posibilidad de comprarla al finalizar el contrato. Lo habitual es que parte de las mensualidades pagadas se descuenten del precio final de compra si el inquilino ejerce esa opción. Es una fórmula que combina alquiler y compraventa, y debe regularse expresamente en el contrato.
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Alquiler por habitaciones: Consiste en alquilar únicamente una habitación dentro de la vivienda, en lugar del inmueble completo. Este tipo de contratos de alquiler por habitaciones se rige por el Código Civil, no por la Ley de Arrendamientos Urbanos en lo relativo a vivienda habitual. Es una fórmula habitual en grandes ciudades o zonas universitarias.
¿Qué debo tener en cuenta antes de alquilar mi casa desde el extranjero?
Aunque vivamos fuera, seguimos siendo responsable de la vivienda. Antes de alquilarla, debemos tener claros varios aspectos.
Documentación obligatoria para alquilar tu vivienda en España
Necesitamos determinados documentos para alquilar una vivienda:
¿Qué fianza y garantías tengo que solicitar para alquilar mi vivienda?
De acuerdo con la LAU:
La fianza debe depositarse en el organismo correspondiente según la comunidad autónoma.
Cómo se paga la renta del alquiler
La Ley de Vivienda establece que el pago debe realizarse por medios electrónicos.
Excepcionalmente, si alguna de las partes no dispone de cuenta bancaria o acceso a medios electrónicos, puede pagarse en metálico en la vivienda arrendada.
¿Quién está a cargo del mantenimiento y las reparaciones en una vivienda alquilada?
Según el artículo 21 de la LAU, el propietario debe realizar las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad.
Por ejemplo:
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Reparación o sustitución de la caldera.
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Reparación del aire acondicionado.
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Mantenimiento de tuberías y cableado.
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Reparación de humedades.
El inquilino, por su parte, será responsable de hacer pequeñas reparaciones provocadas por el uso de la casa y también reparaciones de daños provocados por un mal uso o uso negligente.