Si se vende la vivienda
En caso de venta, el modelo 210 también se utiliza para declarar la ganancia patrimonial obtenida.
¿Para qué sirve el modelo 210?
El modelo 210 sirve para declarar y pagar el IRNR en diferentes situaciones:
Es, por tanto, el mecanismo que permite regularizar la situación fiscal del propietario no residente en España.
¿Cómo presentar y pagar el modelo 210 del IRNR?
El modelo 210 se presenta ante la Agencia Tributaria. La forma de presentación puede ser:
La forma de pagar cambia en función de la opción elegida.
Presentación en papel del modelo 210 (sin certificado electrónico): cómo funciona y cómo se paga
Antes de nada, hay que cumplimentar un formulario online en la web de la Agencia Tributaria, dentro del apartado de “Predeclaración”. Al final, se genera un PDF para imprimir.
Ese PDF incluye ejemplares e instrucciones de presentación. Después de imprimirlo, la Agencia Tributaria indica que hay que escribir el NIF en todos los ejemplares del documento de ingreso o devolución y firmar manualmente.
Cómo hacer el pago desde España
Si el resultado es a ingresar, el pago se realiza mediante ingreso en una entidad bancaria en España que sea entidad colaboradora de la Agencia Tributaria.
En la predeclaración se puede indicar de forma opcional un IBAN desde el que se realizará el pago. Pero ese campo debe dejarse en blanco si se va a solicitar un aplazamiento o pagar en efectivo.
Cómo hacer el pago desde el extranjero por transferencia
En este caso, al formalizar el ingreso hay que elegir la forma de pago “Ingreso por transferencia desde el extranjero”, indicar los 8 primeros caracteres del IBAN desde el que se hará el pago y aceptar las condiciones. Después se genera la predeclaración.
El sistema facilita:
Ese identificador caduca en 30 días naturales desde que se obtiene. Y la Agencia Tributaria insiste en que en el “concepto” debe aparecer única y exclusivamente ese identificador, porque si no, la transferencia podría devolverse y no tendría efecto frente a la AEAT.
Presentación online del modelo 210 (con certificado): cómo funciona y cómo se paga
Si se presenta por Internet, primero hay que cumplimentar el formulario en el apartado de “Presentación” de la Agencia Tributaria y después firmar y enviar.
En presentaciones telemáticas, la Agencia Tributaria describe varias formas de pago.
Pago mediante NRC (si presentas telemáticamente y sale a ingresar)
Si el resultado es a ingresar y no se elige domiciliación, para que la Agencia Tributaria reciba correctamente la autoliquidación suele ser necesario un NRC (Número de Referencia Completo), que identifica el ingreso realizado.
Ese NRC se puede conseguir:
-
Contactando con una entidad bancaria colaboradora (telemáticamente o en oficina) para pagar y obtener el NRC.
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O mediante la pasarela de pago de la Sede electrónica, usando el botón de “Realizar pago (Obtener NRC)” (por ejemplo, con cargo en cuenta, tarjeta o Bizum).
Para realizar el pago mediante esta vía, la Agencia Tributaria indica que hay que disponer de certificado o DNI electrónico.
Pago por domiciliación bancaria
La Agencia Tributaria también permite domiciliar el pago de las deudas del modelo 210 cuando se presenta telemáticamente, con una excepción: no se aplica a las autoliquidaciones correspondientes a rentas derivadas de transmisiones de bienes inmuebles.
Además, especifica plazos concretos en los que puede domiciliarse el pago según el tipo de renta (por ejemplo, rangos de fechas generales y un plazo específico para rentas imputadas).
Domiciliación si la cuenta bancaria está en España
Puede domiciliarse en una cuenta abierta en España siguiendo el flujo de presentación telemática.
Domiciliación en cuenta en el extranjero (UE/SEPA)
Desde el 1 de febrero de 2024, la Agencia Tributaria permite domiciliar pagos en cuentas abiertas en entidades no colaboradoras de la zona SEPA. En la propia página se enumeran los países incluidos en SEPA.
Durante la presentación telemática, se requiere la firma electrónica del mandato de adeudo, por el que se autoriza a la AEAT a ordenar el cargo y a la entidad bancaria a ejecutarlo.
La Agencia Tributaria también indica que pueden repercutirse comisiones y gastos bancarios al obligado al pago, y que se informará de la comisión.
¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 210 según el tipo de renta?
El plazo para presentar el modelo 210 dentro del IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes) no es único. Depende del tipo de renta que se esté declarando.
La Agencia Tributaria distingue varios supuestos.
- Modelo 210 por alquiler de vivienda: Cuando un propietario no residente alquila su inmueble en España, debe declarar los ingresos obtenidos. En este caso, la presentación del modelo 210 se realiza de forma periódica, dentro de los plazos establecidos por la Agencia Tributaria para este tipo de rentas.
- Modelo 210 por vivienda no alquilada (imputación de renta): Si la vivienda no está alquilada, Hacienda considera que genera una renta imputada. En este supuesto, la declaración se presenta de forma anual.
- Modelo 210 tras la venta de un inmueble: Cuando se vende una vivienda en España siendo no residente, el modelo 210 también se utiliza para declarar la ganancia patrimonial obtenida. En este caso, el plazo está vinculado a la fecha de la transmisión.
¿Cuál es el plazo para solicitar la devolución de cantidades retenidas con el modelo 210?
Además de servir para declarar y pagar el impuesto, el modelo 210 también permite solicitar la devolución de cantidades retenidas.
En determinadas operaciones, como puede ocurrir en la venta de un inmueble, se descuenta automáticamente una parte del importe como anticipo del impuesto.
Esa cantidad retenida puede ser superior al impuesto que finalmente corresponde pagar. En ese caso, el propietario puede solicitar la devolución mediante el modelo 210.