Además, se paga el IAJD (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados) por la formalización de la escritura y su inscripción en el Registro de la Propiedad. Este impuesto suele situarse entre el 0,5 % y el 1,5 % del precio del inmueble.
Para una vivienda de 100.000 €, esto supondría entre 500 € y 1.500 € adicionales.
Es importante tener en cuenta que, si solicitamos hipoteca, el IAJD lo asume el banco. Si compramos al contado, lo pagaremos nosotros.
¿Qué otros gastos debemos prever al comprar?
Además de los impuestos, la compraventa implica una serie de gastos necesarios para formalizar la operación.
- Los gastos de notaría: dependen del valor de la vivienda y del número de copias de la escritura. Suelen suponer entre el 0,2 % y el 0,5 % del precio del inmueble. Si compramos por 100.000 €, pagaríamos aproximadamente entre 200 € y 500 €.
- El Registro de la Propiedad: es el coste que debemos asumir para inscribir la vivienda a nuestro nombre. Se calcula por tramos en función del valor declarado en la escritura pública. En el caso de una vivienda de 100.000 €, el coste sería de 133 €, aunque cambia si el valor es superior.
- Los gastos de tasación: si solicitamos financiación, será obligatoria una tasación oficial del inmueble, cuyo coste suele oscilar entre 250 € y 600 €.
Estos importes no dependen de que seamos extranjeros o no, sino del valor de la vivienda y de si necesitamos hipoteca.
¿Y si no podemos viajar a España para firmar?
En el caso de compradores extranjeros pueden darse circunstancias en las que no podamos desplazarnos a España para firmar la escritura. En ese supuesto, tendremos que otorgar un poder notarial.
Un poder notarial es un documento público autorizado ante notario mediante el cual autorizamos a otra persona a actuar en nuestro nombre. En una operación de compraventa puede utilizarse para firmar la escritura ante notario, realizar gestiones ante el Registro de la Propiedad o llevar a cabo trámites directamente vinculados con la operación.
El coste de un poder notarial no es fijo, pero de forma orientativa suele situarse entre 25 € y 100 €, dependiendo de su contenido.
Además, si necesitamos realizar traducciones juradas de documentación, este será otro gasto adicional que deberemos prever antes de cerrar la operación.
¿Existe realmente un impuesto del 100 % para extranjeros?
En los últimos años se ha hablado de la posibilidad de aplicar un impuesto complementario del 100 % a determinados compradores extranjeros no residentes.
Sin embargo, es importante aclarar que a día de hoy no existe ningún impuesto del 100 % aprobado y vigente en España.