Casa 47: cómo vender mi casa al Estado

Casa 47 va a destinar 100 millones de euros para comprar viviendas privadas y sumarlas al parque público. Analizamos la letra pequeña de la convocatoria para vender una casa al Estado.

Javier Mezcua
Javier Mezcua Experto en el sector inmobiliario

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¿Sabías que puedes venderle tu casa al Estado? La Entidad Estatal de Vivienda, Casa 47, acaba de lanzar una convocatoria para comprar viviendas privadas mediante concurso e incorporarlas al parque público con el objetivo de ofrecerlas a los ciudadanos con un alquiler asequible.

La convocatoria está dotada con un presupuesto de 100 millones de euros, que se destinarán tanto a la adquisición de viviendas como a su rehabilitación y al pago de los impuestos y los costes relacionados con cada compraventa.

En Fotocasa analizamos cómo vender una casa al Estado a través de Casa 47, qué requisitos deben cumplir las viviendas y qué plazo tenemos para realizar una oferta. En cualquier caso, conviene recordar que vender una casa con una agencia inmobiliaria suele ser más cómodo que hacerlo solo.

¿Quién puede vender una casa al Estado con Casa 47?

La convocatoria de Casa 47 está abierta tanto a personas físicas como jurídicas, españolas o extranjeras, por lo que podemos hacer una oferta tanto si somos un particular y queremos vender nuestra vivienda como si somos una empresa.

¿Dónde deben estar ubicadas las viviendas?

De acuerdo con las bases de la convocatoria de Casa 47, las viviendas deben estar ubicadas en zonas tensionadas.

También pueden estar localizadas en zonas en las que, aunque no hayan sido declaradas áreas tensionadas, «el esfuerzo económico medio destinado por los hogares al pago de la hipoteca o del alquiler de la vivienda, incluidos los gastos y suministros básicos, supere el treinta por ciento (30 %) de los ingresos medios o de la renta media de los hogares del ámbito territorial correspondiente», según se puede leer en las bases.

¿Qué requisitos deben cumplir las viviendas para que las compre Casa 47?

Si queremos vender un inmueble a Casa 47, nuestra vivienda debe cumplir una serie de características:

  • Tener una superficie útil de entre 40 y 120 metros cuadrados.
  • Tener, como mínimo, una cocina, un salón, un dormitorio independiente y un cuarto de baño completo, aunque los estudios también son válidos. La cocina debe estar equipada con un fregadero, una campana extractora, una placa para cocinar y un horno si ambos forman un conjunto.
  • Tener acceso al exterior, es decir, ventanas que den a la calle o a patios interiores y no contar con dormitorios ciegos.
  • La finca debe tener ascensor si la vivienda está en un cuarto piso o superior.

Las viviendas ofertadas deben ser libres, es decir, no estar protegidas y deben poseer un certificado energético. Además, tal y como recogen las bases de la convocatoria, «las viviendas deberán encontrarse, en el momento de su adquisición, al corriente de pago de todas las cuotas ordinarias de comunidad y de las derramas extraordinarias que hayan sido aprobadas con carácter previo».

Las viviendas ofertadas deben ser libres, es decir, no estar protegidas y deben poseer un certificado energético

Por otra parte, la finca en la que esté ubicada la vivienda debe haber pasado la inspección técnica de edificios (ITE) con resultado favorable y la vivienda debe entregarse vacía, aunque tiene que contar con los elementos fijos y la cocina.

Podemos ofrecer viviendas tanto de obra nueva como de segunda mano, pero no pueden ser casas unifamiliares, ya que este tipo de vivienda está excluida de la convocatoria.

Por otra parte, no solo podemos ofertar viviendas sueltas, sino que también es posible ofrecer bloques de pisos completos.

¿Podemos vender una vivienda con hipoteca?

Sí, siempre y cuando la hipoteca se cancele en el momento de la compraventa y la vivienda se transmita libre de cargas.

¿Podemos vender una vivienda que necesite una reforma?

Sí. Aunque Casa 47 premia las viviendas que hayan sido remodeladas recientemente, también podemos ofertar inmuebles que necesiten ser rehabilitados. El presupuesto de la convocatoria pública está previsto que cubra las reformas que necesiten los inmuebles adquiridos.

El presupuesto de la convocatoria pública está previsto que cubra las reformas que necesiten los inmuebles adquiridos

Eso sí, solo podemos presentar viviendas que requieran un lavado de cara siempre que cumplan con tres condiciones:

  • No sea necesario solicitar una nueva licencia de habitabilidad.
  • La duración prevista de la obra no supere los seis meses.
  • El importe de la compra más la reforma no supere el 110 % del valor de tasación de la vivienda.

¿Cómo seleccionará Casa 47 las viviendas que va a comprar?

Las compraventas se llevarán a cabo por concurso. Tendrán más puntos las viviendas que cumplan con la normativa de accesibilidad universal, las que hayan sido reformadas hace poco tiempo y las que cuenten con una calificación energética C o superior.

Casa 47 tendrá en cuenta los siguientes aspectos para adjudicar los puntos a las distintas viviendas:

  • Accesibilidad (hasta 10 puntos).
  • Renovación integral o parcial reciente (hasta 10 puntos).
  • Precio de la vivienda (hasta 50 puntos).
  • Oferta conjunta de dos o más viviendas (hasta 10 puntos).
  • Calificación energética A, B o C (hasta 10 puntos).
  • Ubicación en una zona de esfuerzo económico alto (10 puntos).

¿Cuánto va a pagar el Gobierno por las viviendas?

Esto es importante. El Gobierno no va a pagar ninguna vivienda por encima de su valor de mercado.

Para decidir el valor de compra, Casa 47 va a usar tres medidas. Por un lado, el precio que haya puesto el propietario de la vivienda. Por el otro, el valor de tasación del inmueble. Y, por último, el precio medio del metro cuadrado de las viviendas de segunda mano que indique el Portal Estadístico del Notariado para el código postal en el que se encuentra el inmueble. ¿Cuál será el precio de venta final? El menor de los tres valores anteriores.

Así, por ejemplo, una vivienda de 100 metros cuadrados ubicada en una zona en la que el precio medio de venta sea de 3.000 euros el metro cuadrado se podrá vender, como máximo, por 300.000 euros.

El Gobierno no va a pagar ninguna vivienda por encima de su valor de mercado

Una inmobiliaria puede ayudarnos a decidir cuál es el precio adecuado para nuestra vivienda. Con el buscador de agencias inmobiliarias de Fotocasa podemos buscar las que están por nuestra zona.

¿Cuál es el plazo para vender una vivienda a Casa 47?

Las personas interesadas en vender su casa al Estado pueden presentar sus ofertas a partir del 10 de marzo de 2026. El plazo es de cuatro meses y termina el 9 de julio de 2026.

Podemos presentar nuestra propuesta de dos formas distintas:

  1. En persona, en el registro general de Casa 47 en Madrid.
  2. Por correo postal certificado (en este caso, debemos comunicar el envío por correo electrónico para que quede constancia).

¿Qué documentación tenemos que presentar para vender una vivienda a Casa 47?

Debemos presentar la documentación en dos sobres distintos. Cada sobre debería incluir los siguientes documentos.

Primer sobre:

  • Declaración responsable de no estar incursos en prohibiciones de contratar, de estar al corriente en el cumplimiento de nuestras obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Permiso de acceso a la vivienda (los técnicos de Casa 47 visitarán las viviendas para comprobar cómo son, cuál es su estado de conservación y si cumplen los requisitos de la convocatoria).
  • Consentimiento del tratamiento de nuestros datos personales.
  • Medio para recibir notificaciones.
  • Declaración responsable sobre el estado de conservación de la finca en la que está la vivienda.
  • Fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residencia de los propietarios.
  • Ficha de la vivienda con información sobre su ubicación, su tipología y sus características.
  • Nota simple de la vivienda emitida hace menos de un mes.
  • Certificación catastral descriptiva y gráfica.
  • Certificado de eficiencia energética en vigor.

Segundo sobre:

  • Oferta económica (precio al que queremos vender la vivienda).

¿Qué impuestos debemos pagar si vendemos una casa?

Si decidimos vender una casa, no olvidemos que debemos pagar una serie de impuestos:

  • IRPF.
  • Plusvalía municipal.

Además, la persona que aparezca como titular de la vivienda a comienzos del año debe pagar también el recibo del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI).

Por último, para vender una vivienda necesitamos tener el certificado energético del inmueble, que tiene un coste de entre 60 y 130 euros.

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Jotape
2 meses

Me parece una medida excelente, siempre y cuando el Estado, (ahora casa 47), pasados unos años, no venda dichas viviendas, a supuestos usuarios vulnerables, a un precio irrisorio, y dichas viviendas se blinden, con el fin de que nunca puedan ser enajenadas, y queden para siempre como patrimonio del Estado.
Por otra parte, ¿no sería mejor, que en lugar de comprar dichas viviendas, las alquilase a largo plazo, con permiso de subarriendo, y posteriormente las subarrendara a personas vulnerables, a precios más bajos?, esta fórmula, sería muchísimo más economica, y llegaría a muchísimos más usuarios.

maría
2 meses

No veo la ventaja para el propietario que si quiere vender su casa lo puede hacer a mercado y al precio que considere, sin necesidad de los límites que impone esta opción. Tendría que haber un incentivo fiscal por ejemplo que el incremento patrimonial por venta de este modo esté exento o bonificado, si no, a qué propietario le puede interesar?

Paparruchas
2 meses

Super interesante y bien explicado, pero….que gana el vendedor? vender a un precio más bajo del que podría? y encima la quieren reformadita bonita…

BERBENERO
2 meses

Pagan algo en B?

Luz
2 meses
Responder a  BERBENERO

jeje buena pregunta amigo…
tenerlo lo tuenen seguro pero en Dominicana y suiza no creo que lo usen para esto.

Pilar.
2 meses

Yo creo que la solución no es que el Estado compre viviendas de segunda mano , principalmente porque el mercado de segunda mano está agotado y mas en zonas tensionadas . Esta medida la considero totalmente electoralista . . Mejor sería que El Estado facilitase la salida de suelo urbanizable al mercado , pues ese suelo ya existe. Principalmente el estado debería de invertir urgentemente en infraestructura eléctrica para dotar a los Municipios de potencia de luz que haga posible el desarrollo de los suelos urbanizables para que los Promotores puedan desarrollar vivienda libre , VVPP, VPL.

Luz
2 meses
Responder a  Pilar.

asi es pero pudiendo no les da la gana , están hundiendo el barco y aqui nadie sale a quemarlos antes de que nos hundan a todos con el barco

Enmarca
2 meses

Me parece una medida especulativa por parte del estado. Más bien deberían dedicar ese “esfuerzo” de dinero público a mejorar las ayudas al alquiler en lugar de hacerse con un parque de vivienda a bajo precio para que en un futuro pase a manos privadas “convenientemente”
Durante años el régimen construyó edificaciones de VPO, eso ha caído en desuso porque a los gobiernos de España desde 1989 no les ha interesado, solo para comprar a bajo precio y revender aprovechando la información privilegiada.
A mi modesto entender, creo que la solución es: protección al propietario y abriendo el parque de viviendas que hay “parado” por miedo a los riesgos de inquilinos que generen daños económicos.
Al haber más oferta y seguridad, los precios se estabilizarían. Y más control a los especuladores.