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Si vivimos en un piso de alquiler y el casero decide instalar aire acondicionado en la vivienda, ya sea por voluntad propia o a petición nuestra, nos puede subir el alquiler, aunque no puede hacerlo libremente. En España, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite subir la renta por obras de mejora, pero con ciertas limitaciones.
En Fotocasa analizamos en qué casos el casero puede subir el alquiler si instala aire acondicionado en una vivienda arrendada.
¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre las obras de mejora?
Instalar un sistema de aire acondicionado en una vivienda suele considerarse una obra de mejora; por eso, el propietario puede repercutir el coste de la instalación en el precio del alquiler, pero cumpliendo ciertos requisitos.
«La realización por el arrendador de obras de mejora, transcurridos cinco años de duración del contrato, o siete años si el arrendador fuese persona jurídica, le dará derecho, salvo pacto en contrario, a elevar la renta anual en la cuantía que resulte de aplicar al capital invertido en la mejora, el tipo de interés legal del dinero en el momento de la terminación de las obras incrementado en tres puntos, sin que pueda exceder el aumento del veinte por ciento de la renta vigente en aquel momento», señala el artículo 19.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.







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