¿Qué es el derecho de retracto y cuándo se aplica?
A diferencia del anterior, el derecho de retracto se ejerce cuando ya se ha llevado a cabo la compraventa de la vivienda. Este derecho permite al inquilino comprarla con las mismas condiciones y precio al que ha sido vendida a un tercero.
«Podrá el arrendatario ejercitar el derecho de retracto […] cuando no se le hubiese hecho la notificación prevenida o se hubiese omitido en ella cualquiera de los requisitos exigidos, así como cuando resultase inferior el precio efectivo de la compraventa o menos onerosas sus restantes condiciones esenciales. El derecho de retracto caducará a los treinta días naturales, contados desde el siguiente a la notificación». Artículo 25.3 Derecho de adquisición preferente.
El derecho de retracto, como hemos dicho, es el derecho a subrogarse, ocupando el puesto del que realizó la compra con las mismas condiciones y precio. Esta facultad se recoge en el Código Civil y también se conoce como “derecho de subrogación”. Se puede llevar a cabo siempre que se den estas dos situaciones:
- El precio de venta del inmueble sea inferior al que le había ofrecido al inquilino para que ejerciera su derecho de adquisición preferente.
- El propietario del inmueble hubiera omitido información sobre la venta o no hubiera avisado al inquilino acerca de ella.
Al igual que con el derecho de tanteo, el de retracto también vence a los treinta días naturales, desde que el inquilino es informado, mediante las escrituras de compra, de las condiciones y el precio al que se ha realizado la venta de la vivienda.
Si este ejerce su derecho de retracto, pasa a subrogarse en la posición del comprador y se mantiene la compraventa de la propiedad.
Excepciones para el uso del derecho de retracto
Sin embargo, existen también dos excepciones por las que el inquilino no puede hacer uso del derecho de retracto:
- Si la vivienda alquilada se vende junto con otras propiedades que conforman parte del mismo inmueble.
- Si se venden de forma conjunta todas las propiedades a un mismo comprador, aunque estas pertenezcan a distintos dueños.
Antes de firmar un contrato de arrendamiento, hay que tener en cuenta los derechos legales del inquilino, que se recogen en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), entre los que destacan: el derecho a la privacidad (el casero no puede entrar en la vivienda sin permiso), el derecho a permanecer en la vivienda durante el plazo mínimo estipulado por la LAU o el derecho a recibir la fianza íntegra si se devuelve la vivienda sin daños y sin impagos.
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Derecho de tanteo |
Derecho de retracto |
| Cuándo se aplica |
Antes de la venta |
Después de la venta |
| Qué permite |
Comprar la vivienda antes que otros compradores |
Comprar la vivienda ya vendida a un tercero |
| Plazo |
30 días desde la notificación |
30 días desde que se informa de la venta |
| Cuándo se utiliza |
Cuando el propietario comunica su intención de vender |
Cuando no se notificó correctamente o hubo cambios en las condiciones |
Si tienes más preguntas sobre el derecho de tanteo y retracto o cualquier duda sobre el contrato de tu piso en alquiler, puedes consultarlas a la IA de Fotocasa.
Hola, gracias por el post. Una pregunta, si es que puede ser, voy a vender una casa en la provincia de alicante, no esta alquilada. Pero el abogado de la parte compradora me dice que he de presentar el certificado de tanteo y retracto de la Generalitat. ¿Es eso así?