¿Puedo vender mi casa por un precio simbólico? Posibles riesgos

Analizamos si esta práctica se considera legal y qué puede conllevar hacerlo

Jessica Llavero
Jessica Llavero Experta en el sector inmobiliario

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  • Comprador y vendedor pueden fijar libremente el precio de venta, pero la Agencia Tributaria puede revisar la operación si considera que está muy por debajo del valor real.
  • Hacienda puede calcular los impuestos usando el valor de referencia del Catastro, lo que puede obligar a pagar más ITP o IRPF.
  • Además, pueden aplicarse sanciones reguladas en la Ley 58/2003, General Tributaria, que pueden oscilar entre el 50% y el 150% del impuesto que falte por pagar.

En España sigue siendo bastante común vender y comprar viviendas en negro, así como ofrecerlas por un precio simbólico, especialmente entre familiares, a modo de donación. Aunque a priori pueda parecer una opción interesante, ya que permite evitar pagar gran parte de los impuestos de la compraventa, puede derivar en multas muy elevadas por evasión fiscal a la Hacienda Pública.

¿Se puede vender un inmueble por un precio simbólico?

¿Podrías vender tu piso por 1 euro o un precio simbólico a un hijo o familiar? Si bien es cierto que los propietarios tienen cierta libertad para fijar el precio de venta de su vivienda, la normativa tributaria establece mecanismos para evitar que se utilicen precios simbólicos al vender piso para pagar menos impuestos.

La Ley 58/2003, General Tributaria permite a la administración comprobar el valor real de los inmuebles, por lo que si el precio es muy inferior, Hacienda puede calcular el importe de los impuestos sobre el valor real o el valor de referencia catastral.

Aunque los propietarios tienen cierta libertad para fijar el precio de venta de su vivienda, no deberían venderla por un importe inferior a su valor mínimo

Este tipo de prácticas están cada vez más vigiladas y castigadas por la Agencia Tributaria, para evitar el blanqueo de capitales. De hecho, los contratos firmados a un valor muy inferior al real pueden pasar a un control de registro especial y, en caso de posibles anomalías, derivarse a la unidad de delitos económicos y fiscales.

Las multas están reguladas en la Ley 58/2003, General Tributaria y dependen principalmente de si la administración entiende que hubo ocultación o intención de reducir el impuesto.

Para evitar el blanqueo de capital, los contratos firmados a un valor muy inferior al real pueden ser comprobados por la AEAT

¿Qué consecuencias fiscales puede conllevar vender un inmueble a un precio simbólico?

Vender un inmueble a un precio simbólico, es decir, muy por debajo del valor real de venta de la casa puede traer consecuencias graves. Debemos tener presente que cualquier persona que adquiera una vivienda de segunda mano deberá pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que varía en función de la comunidad autónoma en la que se encuentre.

Hacienda puede sancionar al comprador por evasión de impuestos

Si vendemos un piso a un precio simbólico, el comprador se ahorrará pagar parte del ITP pero, como apuntábamos, estará sujeto a afrontar penalizaciones por parte de la Agencia Tributaria, que pueden ascender a miles de euros.

Si el precio escriturado es inferior al de mercado, Hacienda hará comprobaciones de valores para saber el valor real del impuesto. El comprador siempre deberá pagar el ITP de, al menos, el valor mínimo de la vivienda.

Hacienda puede exigir al vendedor el pago del IRPF de la ganancia patrimonial

Por su parte, los vendedores, aunque reducirán el importe que deben pagar de IRPF, dado que el valor de transmisión es menor, también corren riesgos. Y es que si Hacienda considera que el valor de venta está muy por debajo del de mercado, también puede hacer comprobaciones de valores y exigir el abono del IRPF de la mayor ganancia patrimonial obtenida.

De hecho, puede conllevar sanciones de entre el 50% y el 150% del importe no abonado, de acuerdo con el artículo 191 de la Ley General Tributaria.

Vender un piso a un precio simbólico puede conllevar sanciones de entre el 50% y el 150% del importe de IRPF defraudado

¿Cómo consultar el precio mínimo de venta de una vivienda?

En España no existe un precio mínimo legal de venta para una vivienda, pero desde el punto de vista fiscal sí hay una referencia clave que utiliza la administración para calcular impuestos: el valor de referencia del Catastro. Sirve como base mínima para tributar en operaciones como compraventas, herencias o donaciones.

Se calcula a partir de datos reales de compraventas de inmuebles inscritas en el Registro de la Propiedad, que recopila el Colegio de Registradores de España. Después, aplica factores de minoración para fijar un valor inferior al valor de mercado. Es un dato público, por lo que puedes consultarlo directamente en la sede electrónica del Catastro:

  1. Accede a la Sede Electrónica del Catastro de la Dirección General del Catastro.
  2. Busca el apartado “Valor de referencia” dentro de los servicios disponibles.
  3. Identifícate con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.
  4. Introduce la referencia catastral del inmueble (aparece en el recibo del IBI o en la escritura).
  5. El sistema mostrará el valor de referencia vigente para ese año y permitirá descargar un certificado oficial.

En resumen, si vendes una vivienda por un precio inferior al valor de referencia, Hacienda puede calcular los impuestos sobre ese valor de referencia e imponer sanciones. Si quieres saber más sobre fiscalidad y compraventa, te recomendamos el siguiente artículo de Fotocasa:

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Juan
1 año

Tengo ese problema . Casa valorada en el catrasto 124000 € pero el problema esque la casa está deteriorada y no vale más de 70000€ según hacienda no podemos vender por debajo del problema del valor catrastal y si no multa ¿sabéis decirme a cuántos acendera la multa en dinero ?

Poncho
1 año

Mi hermano quiere comprarnos las 3/4 partes de un piso que heredamos cuatro hermanos. El piso en el catastro está valorado en casi 60.000€. Según Vds. ¿ Cual sería el precio legal o idóneo de venta, a registrar ante notario, para no defraudar a hacienda, teniendo en cuenta que el precio de mercado estaría en torno a 140.000€?

Marián
1 año

Hola. Qué interesante este artículo. Pero ¿cuál se considera el precio mínimo de venta?, ¿el valor catastral o el valor que le da la comunidad autónoma para calcular sus tributos?

Carmen
1 año

Como puede ceder un padre a un hijo un piso con el menor coste. No quiere venderlo; quiere dárselo.
Como hay que hacerlo ?
Gracias !