¿Qué pasa si mi perro causa daños en un piso de alquiler?

Los perros y el resto de las mascotas pueden provocar daños en una vivienda. Analizamos quién debe responsabilizarse de los desperfectos en un piso de alquiler.

Javier Mezcua
Javier Mezcua Experto en el sector inmobiliario

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Imagina que un día vuelves a casa y te encuentras que tu perro ha roto el sofá o que hay una mancha de orina en el parqué difícil de quitar. Si el piso es tuyo, vas a tener que hacerte cargo tú, pero ¿qué pasa cuando una mascota causa daños en un piso de alquiler?

En Fotocasa aclaramos si podemos tener un perro u otra mascota en un piso de alquiler y qué responsabilidad tenemos si provoca algún daño en la vivienda.

¿Podemos tener una mascota en un piso de alquiler?

Tener un perro, un gato u otro animal es algo muy habitual. En España, hay más de 20 millones de mascotas, según datos de 2025 de la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía (ANFAAC).

 

¿Cuáles son las mascotas más habituales en España?

  • Número de perros: 6.961.657
  • Número de peces: 5.001.402
  • Número de gatos: 4.939.006
  • Número de pájaros: 3.229.112
  • Número de reptiles y otros mamíferos: 1.288.622

Fuente: Estudio de Censos 2025 de ANFAAC y Veterindustria

 

Vivir en un piso de alquiler suele generar muchas dudas y una de ellas es si realmente podemos convivir con la mascota. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no regula específicamente la tenencia de animales de compañía, pero abre la puerta a que el casero prohíba las mascotas en la vivienda.

Concretamente, el artículo 4 de la LAU señala que «los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes«, por lo que el propietario puede añadir en el contrato una cláusula que indique que no se pueden tener animales en la vivienda. Esta cláusula es de obligado cumplimiento y no hacerlo puede provocar que el casero rescinda el contrato.

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no regula específicamente la tenencia de animales de compañía, pero abre la puerta a que el casero prohíba las mascotas en la vivienda

En resumen, podemos tener una mascota en un piso de alquiler siempre que el contrato no nos lo impida. Ahora que ya hemos resuelto esta duda, vamos a ver qué tipo de daños puede causar un animal y quién debe hacerse cargo.

¿Qué tipo de daños puede provocar un perro o un gato en una vivienda?

Los perros y los gatos, así como el resto de las mascotas, pueden causar daños en una vivienda, como, por ejemplo, arañazos, manchas, mordiscos… Estos son algunos de los daños típicos que puede provocar una mascota:

  • Arañazos en el parqué o en los marcos de las puertas.
  • Manchas de orina en el suelo difíciles de quitar.
  • Manchas de barro o de orina en la pared.
  • Marcas en las esquinas de los muebles o en las puertas a causa de mordiscos.
  • Arañazos en el sofá.
  • Desgarre de cortinas.
  • Rotura de lámparas.
  • Cables mordidos.

Algunos de estos daños son fáciles de reparar, pero otros pueden requerir un servicio de limpieza profesional o el cambio de algún elemento de la casa.

¿Quién es el responsable de los daños causados por una mascota en un piso de alquiler?

He aquí el quid de la cuestión. ¿Quién es el responsable? Para resolver esta cuestión debemos recurrir al artículo 1905 del Código Civil que dice lo siguiente: «El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido».

"El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare"

Dicho de otro modo, si nuestro perro, nuestro gato o cualquier mascota que tengamos causa un daño en un piso de alquiler, los responsables de repararlo somos nosotros.

El artículo 1563 del Código Civil también lo deja claro al señalar que «el arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviere la cosa arrendada».

Es cierto que la LAU establece, en su artículo 21, que el casero «está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad», pero esto no se aplica cuando el deterioro es culpa del inquilino.

¿El seguro del hogar cubre los desperfectos en el piso provocados por mascotas?

Depende. Para que el seguro del hogar contratado por el dueño de la vivienda o por el inquilino cubra los desperfectos ocasionados por una mascota el contrato debe recoger esa cobertura.

Para que el seguro del hogar cubra los desperfectos ocasionados por una mascota el contrato debe recoger esa cobertura

Si nosotros o nuestro casero tenemos contratado un seguro de hogar, conviene que revisemos si se hace cargo de los daños ocasionados por una mascota, ya sea a un tercero o al contenido del piso y cuáles son las cantidades que podemos reclamar. Si no es el caso, podemos contratar un seguro de hogar con más coberturas o un seguro específico para mascotas que cubra tanto la responsabilidad civil frente a terceros como los daños materiales que el animal ocasione en el piso de alquiler.

BBVA explica qué ocurre en el caso de no tener un seguro para mascotas: «El inquilino debe hacerse cargo íntegramente de los costes de reparación exigidos por el propietario y puede enfrentarse a reclamaciones adicionales si los daños superan la fianza depositada».

¿Qué pasa con la fianza si nuestro perro provoca daños?

Si no arreglamos los desperfectos producidos por nuestra mascota, el casero puede utilizar la fianza del alquiler para costear su reparación o reponer los muebles rotos.

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