Cómo dividir el uso de una vivienda en vacaciones si tenemos una segunda residencia en copropiedad con amigos

Fotocasa
Fotocasa Actualidad y cultura inmobiliaria

Promedio de puntuación 4.8 / 5. Recuento de votos: 10

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este contenido.

En varias ocasiones hemos hablado de la copropiedad, un concepto todavía bastante nuevo pero cada vez más extendido y aceptado en nuestra sociedad. Y es que, aunque España es un país de propietarios, no todo el mundo puede permitirse comprar una vivienda en solitario.

Por ello, y antes de vivir de alquiler, muchas personas deciden adquirir un inmueble con amigos y, de esta manera, pueden convertirse en propietarios pero pagan mucho menos por ello, ya que dividen los costes. Sin embargo, compartir una vivienda también tiene ciertas desventajas, como por ejemplo, la forma en la que dividimos su uso.

Gran parte de las viviendas en copropiedad en España son segundas residencias, por lo que sus dueños quieren usarlas en vacaciones

Dado que en nuestro país gran parte de las viviendas en copropiedad son segundas residencias y que la mayoría de españoles disfrutaremos en las próximas semanas de unos días de descanso, hoy queremos hablar sobre cómo dividir el uso de dichas viviendas durante las vacaciones. ¡Toma nota!

¿Qué significa tener una vivienda en copropiedad?

Antes de entrar en materia, es importante saber exactamente en qué consiste tener una vivienda en copropiedad. También conocido como condominio o proindiviso, se trata de un concepto que hace referencia al derecho que tienen ciertas personas sobre un determinado bien; en este caso, inmobiliario, pero de forma parcial.

El concepto de copropiedad sobre una vivienda hace referencia al derecho de propiedad que tienen dos o más personas sobre ésta

Por lo tanto, cuando hablamos de un inmueble en copropiedad, significa que éste pertenece de forma porcentual a todas las personas que lo han adquirido; es decir, todas pueden disfrutar de él, durante un periodo de tiempo determinado.

A modo de ejemplo, si seis amigos son copropietarios de una vivienda, a cada uno de ellos le corresponderá una sexta parte de ésta en pleno dominio, a no ser que alguno de ellos haya invertido más dinero en su adquisición y, por lo tanto, disponga de un porcentaje mayor. Dicho de otro modo: cada uno podrá disfrutar de ella durante dos meses al año.

Si seis amigos comparten una copropiedad cada uno podrá disfrutar de ella durante dos meses al año en pleno dominio, a no ser que alguno disponga de un porcentaje distinto

Sin embargo, ¿qué sucede si, como hemos apuntado, se trata de una segunda residencia que todos los amigos quieren disfrutar durante los meses de verano? Hay varias opciones.

Cómo dividir el uso de una vivienda en copropiedad durante las vacaciones

Como hemos comentado, muchas de las viviendas en copropiedad que existen en España son segundas residencias; de hecho, gran parte de los copropietarios son ciudadanos que cada año recurrían al alquiler vacacional, pero que deshicieron que preferían disponer de una segunda vivienda, aunque de forma fraccionada o porcentual.

Gran parte de los copropietarios de segundas residencias son ciudadanos que cada año recurrían al alquiler vacacional

La copropiedad en España está regulada por el Código Civil, que determina que las partes serán las encargadas de llegar a un acuerdo entre ellas, así como de establecer las normas específicas según cada caso en particular.

Sin embargo, en el caso de que éstas no consiguieran ponerse de acuerdo en todos los aspectos referentes al uso y disfrute del inmueble, habrá que recurrir a lo que diga la ley que, en este caso, como decimos, está regulada por el Código Civil.

La copropiedad en España está regulada por el Código Civil, que determina que las partes serán las encargadas de llegar a acuerdos entre ellas

Sin embargo, el caso que nos ocupa, en el que la vivienda en copropiedad pertenece a dos o más amigos, no deberían surgir grandes problemas. Éstos deberán llegar a ciertos acuerdos que determinen cómo poder disfrutar de la segunda residencia durante las vacaciones, siempre respetando su parte porcentual, y sin que las decisiones tomadas perjudiquen al resto de copropietarios. Además, todos deberán estar de acuerdo de forma unánime en las decisiones tomadas.

Por lo tanto, lo más habitual es que durante los meses de verano, que es cuando, previsiblemente, más se vaya a usar, la segunda residencia en copropiedad se reparta entre todos los copropietarios por quincenas.

Todos los copropietarios deben estar de acuerdo con cómo se divide el uso de la vivienda en vacaciones; en la mayoría de los casos, suele ser por quincenas

En cualquier caso, y para evitar problemas de gran envergadura, es importante crear un contrato en el que consten de forma clara tanto las condiciones, como los deberes y los derechos de todas las partes copropietarias, en función del tanto por ciento de la vivienda que les corresponda.

En Fotocasa, contamos con un excelente equipo de expertos dedicados a crear contenido relevante para nuestros lectores. Si te ha gustado este artículo, nos encantaría que lo publicaras en tu sitio web. Por favor, cita a Fotocasa como fuente. Gracias por tu apoyo.

Integridad Editorial de Fotocasa Life

4 Comentarios
Más antiguo
El mas nuevo
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Bluf
2 años

Que malo este artículo. No dice nada de nuevo

Estela
2 años

Para hacer algo así se tiene que tener mucha confianza… Yo no sé si me atrevería, pues hace ya bastantes años puse un negocio con otra persona y lo tuvimos que dejar, porque de 4 que éramos, solo trabajábamos 2, y así es imposible. Ya sé que no es lo mismo, pero siempre es mejor comprar las cosas uno solo, o bien, que un Notario tome nota de cómo se hará el reparto y que nadie se lo «salte». Otra cosa es hablar, y un año según te vaya el trabajo puede que tengas que cambiar el disfrute de ella con otro compañero y éste quiera hacerte ese favor. Por eso digo que hay que tener mucha confianza con todos, porque la idea está muy bien. Los que fallamos somos nosotros, no las ideas.

Juan
2 años

Buen artículo, foto casa siempre informando de temas que la mayoría de la jente ignoramos, gracias

Javier c.
2 años

Lo indicado para la copropiedad es jurídicamente equiparable al caso de que el inmueble haya sido adquirido por 4 hemanos por herencia?