En más de una ocasión hemos hablado de los riesgos que conlleva vender una casa por un precio simbólico, una práctica más común de lo que imaginamos. Sin embargo, qué ocurre si en vez de vender alquilamos una vivienda a un precio simbólico.
¿Es legal? ¿Qué sucede a la hora de declarar los beneficios obtenidos por el arrendamiento, si éste está muy por debajo del precio del alquiler en el mercado? ¿Puede Hacienda multarnos por ello? Lo analizamos a continuación.






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Ese 2% en el IRPF es el mismo que tributarias si la vivienda está vacía?