¿Quién debe cambiar los muebles en un piso de alquiler?

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Una de las dudas más comunes entre los propietarios que alquilan su vivienda, además de qué precio establecer para que el alquiler salga rentable, es si es mejor arrendarlo amueblado o sin amueblar.

Aunque ello dependerá de varios factores y, evidentemente, de las preferencias de los inquilinos, hay que tener en cuenta quién deberá cambiar los muebles en un piso de alquiler, en caso de que sí esté amueblado y de que se origine algún daño o desperfecto en ellos. Toma nota; lo analizamos en este artículo de Fotocasa.

¿Quién debe hacerse cargo de los muebles en una vivienda alquilada?

Amueblar una casa desde cero cuesta unos 14.000 euros de media. Por ello, muchos inquilinos deciden mudarse a una vivienda que ya disponga de mobiliario y, de esta manera, no tener que desembolsar dicha cantidad. Sin embargo, como norma general, los inquilinos prefieren que la vivienda tenga el mobiliario básico o que esté vacía.

Pero ¿qué sucede si alquilamos el piso con muebles? ¿Quién debe hacerse cargo de cambiarlos o repararlos en el caso de que se rompan o sufran algún tipo de desperfecto?

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La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que “el casero está obligado a hacerse cargo de todas aquellas reparaciones necesarias para mantener el inmueble en perfectas condiciones de habitabilidad”, lo que incluye las averías, roturas o problemas derivados del paso del tiempo, pero no las del uso ordinario de la vivienda.

Por su parte, “el inquilino deberá responsabilizarse de todas aquellas reparaciones causadas por el uso diario de la vivienda; de su desgaste”. Eso sí, antes de llevar a cabo ningún cambio deberá comunicárselo al casero por escrito, para que éste dé su consentimiento para llevarlas a cabo.

El casero está obligado a hacerse cargo de mantener el inmueble en perfectas condiciones de habitabilidad, según la LAU

A pesar de que, como decimos, el propietario tiene que hacerse cargo de mantener la vivienda habitable, según la LAU, no queda demasiado claro quién debe hacerse cargo de los desperfectos en el mobiliario. Por ello, lo ideal es incluir una cláusula en el contrato de alquiler en la que se especifique de forma clara quién se hará cargo, en cada caso.

Y, en el supuesto de que en el momento de firmar el contrato no se hubiera especificado este tema en concreto, lo recomendable es que el casero y el inquilino lleguen a un acuerdo al respecto.

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¿En qué casos el casero deberá hacerse cargo de los muebles?

Como norma general, si el mobiliario de la vivienda alquilada sufre algún desperfecto o rotura por culpa del paso del tiempo será el propietario quien deba reemplazarlo. Siempre, obviamente, que la vivienda se alquilara amueblada.

Sin embargo, La LAU no establece un plazo para que el casero arregle los desperfectos que haya en la vivienda, por lo que podrá hacerlo cuando así lo considere, siempre y cuando sea antes de que el contrato de alquiler finalice.

Generalmente, si el mobiliario sufre algún desperfecto o rotura por culpa del paso del tiempo será el propietario quien deba reemplazarlo

¿En qué casos el inquilino deberá hacerse cargo de los muebles?

Si, por el contrario, el mobiliario de la vivienda alquilada sufre algún desperfecto o rotura por culpa de un mal uso de éste por parte del inquilino, será éste quien deba hacerse cargo de repararlo o reemplazarlo, en caso necesario.

De hecho, si no lo hiciera, o faltara algún mueble en el momento de la entrega de las llaves, el casero estará en pleno derecho de descontar el importe de la fianza del alquiler.

Generalmente, si el mobiliario sufre algún desperfecto o rotura por culpa de un mal uso de éste será el inquilino quien deba reemplazarlo

Así, si por ejemplo se rompe una puerta, un grifo o la lavadora cuando el inquilino lleva sólo dos semanas viviendo en el inmueble será probablemente porque ya estaba en malas condiciones, más que por un mal uso de éste. En este caso, al ser debido al paso del tiempo, será el casero quien debe encargarse de su reparación.

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En cualquier caso, es importante disponer de un inventario escrito y fotográfico en el que conste de forma detallada qué elementos deja el casero en la vivienda y cuál es su estado. Así, será más sencillo analizar si falta alguno de ellos o ver si su estado es o no el mismo que cuando se entregó en inmueble.

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Inmaculada González
2 años

Hola,he alquilado una casa de dos dormitorios amueblada, pero le faltaba un dormitorio,el pequeño,por amueblar,tuve que discutir con la dueña para que me pusiera una cama y un ropero en esa habitación. Pero además en el salón,solo tiene un sofá pequeño de dos plazas justas y dos sillas,le vengo pidiendo que me ponga otro sofá y/o un sillón para las visitas ,habiendo sitio de sobra en el salón,y no me lo pone. Quiero saber que derechos tengo para reclamarle ese otro sofá y/o sillon para el salón. Gracias por ayudarnos a los inquilinos con vuestros consejos.

Canaima
2 años

Sofas hasta 5 le puedes reclamar, ademas tienes derecho a pedirle que te cuide los niños dos horas diarias máximo, que te baje la basura 3 veces a la semana y una de la veces puede ser en fin de semana. Y lo más importante, tienes derecho a que si has alquilado garage y te lo entrega sin coche, que lo llene con hasta dos coches si caben, y nada de Dacias baratos de esos, coches bien como solo tu te mereces.

Alba
2 años

No tienes ningún derecho, tu has pagado por el contenido que ya has podido ver previamente antes de firmar el contrato.
Un saludo

Yolanda
2 años

Cuando tú alquilaste el piso, ya vistes los muebles que tenía, y además seguro que se hizo un inventario. No tiene obligación de ponerte ningún mueble más. Si creías que los muebles eran insuficientes, tenías que haber alquilado otro inmueble más acorde a tus expectativas. Un saludo,

Francisco
2 años

Si en el contrato constaban fotografias del mobiliario y NO estaba ese otro sofá que pides, me temo que el dueño/a no tiene obligación de ponértelo, pues tú al firmar el contrato ya estabas conforme con ESE mobiliario que constaba en las fotos.
Saludos

Sergi
2 años

Yo creo q ninguno… Eso se negocia antes de firmar el contrato y debe reflejarlo el inventario…

Rafael Isidro Sáez Córcoles
1 año

Tengo alquilado un apartamento,a gente de paso.Puede cambiar los muebles de lugar a su antojo? Se trata de alquiler por dias o seman

Julia
1 año

Quería preguntar qué hacer en caso de que el arrendador de un piso amueblado , decide cambiarte un sofá que está viejo , te lo deja tirar al contenedor prometiendote otro que es el que tiene el en su casa y que dice estar casi nuevo. Se retira el viejo y a los 2 días el arrendador nos trae uno más viejo , y bastante más pequeño . El que tiramos con cheslon de 3 plazas y el que trajo uno de 2 plazas con brazos y en algunos sitios incluso descosido. Nos dice que es lo que hay . Que podemos hacer . Tenemos fotos de ambos . Gracias