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Existen unos términos generales que regulan el acceso a las ayudas al alquiler, pero es cada comunidad autónoma la que fija los requisitos que deben cumplir los ciudadanos para beneficiarse de estas ayudas. Estas protecciones se encuadran dentro del Plan Estatal de Vivienda, que incluye medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID 19.

Entre las ayudas vigentes, además de la ayuda al alquiler, los ciudadanos tienen acceso a subvenciones para jóvenes, fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad, para la mejora de la eficiencia energética o personas objeto de desahucio de su vivienda habitual o sin hogar, entre otras.

En este artículo, te contamos cuáles son los requisitos de la ayuda para el alquiler, pensada para «facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda a sectores de población con escasos medios económicos», señala en Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.

Requisitos para acceder a la ayuda al alquiler

Antes de nada, es necesario conocer qué es el IPREM. Se trata del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, es decir, un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. Ahora mismo está fijado en las siguientes cifras:

  • IPREM mensual: 563,90 euros
  • IPREM anual (12 pagas): 6,778,80 euros
  • IPREM anual (14 pagas): 7.908,60 euros

Cada CCAA será la encargada de establecer los requisitos de las ayudas al alquiler. Sin embargo, existen unos requisitos generales que se establecen en el programa del Ministerio:

  • Las ayudas se otorgan a quienes viven en un inmueble de forma permanente
  • Los beneficiarios de la ayuda deben tener unos ingresos máximos de 3 veces el IPREM (23.725,80 euros), 4 veces el IPREM (31.634,40 euros) para familias numerosas y personas con discapacidad o 5 veces el IPREM (39.593 euros) para familias numerosas especiales y personas con determinados grados de discapacidad

Con carácter general, según el Ministerio, el límite de la renta del alquiler será, por lo general, de 600 euros o 900 al mes en determinados ámbitos a definir según la CCAA. La cuantía de la ayuda será:

  • Con carácter general: de hasta el 40% de la renta mensual
  • Para mayores de 65 años: de hasta el 50% de la renta mensual
  • Ayuda de hasta el 30% en el tramo comprendido entre los 601 y los 900 euros: a definir según la comunidad

Los desempleados inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), también podrán beneficiarse de estas ayudas, al igual que las personas a las afectadas por los Expediente de Regulación de Empleo (ERTE).

Ayudas al alquiler según la comunidad

Si quieres conocer qué especificaciones han fijado las CCAA españolas para las ayudas genéricas al alquiler, te las detallamos a continuación:

  • Andalucía. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 600 euros
  • Aragón. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 600 euros
  • Asturias. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 500 euros
  • Baleares. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 500 euros
  • Canarias. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 500 euros
  • Cantabria. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 500 euros
  • Castilla la Mancha. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 500 euros
  • Castilla y león. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de hasta  500 euros
  • Cataluña. Subvención del 20% del importe de la renta del alquiler cuando el esfuerzo por pagarlo sea igual o superior al 30% de los ingresos, del 30% cuando sea de entre el 30 o el 40% de los ingresos o del 40% cuando sea el 40% de los ingresos, con un máximo de 2.400 euros anuales por vivienda
  • Ceuta. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 600 euros
  • Comunidad Valenciana. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 600 euros en Valencia o de 540 en Alicante y Castellón
  • Extremadura. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de hasta 525 euros
  • Galicia. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de hasta 500 euros
  • Madrid. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 600 euros
  • Murcia. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 500 euros
  • La Rioja. Subvención del 40% para rentas máximas mensuales de 475 euros

Por ejemplo, si el límite en tu comunidad autónoma es de una cuota de alquiler de 600 euros, estás en una situación vulnerable y eres elegible para solicitar la ayuda, contemplando una situación genérica, obtendrías el 40% de ayuda. Con lo cual, contarías con una cobertura para tu alquiler de 240 euros mensuales si pagaras 600 euros por el alquiler de tu vivienda.

En la página web del Ministerio encontrarás más información acerca de las ayudas para los colectivos especiales según la CCAA: mayores de 65 años, menores de 35 años, familias numerosas de carácter general o especial o personas con discapacidad general o severa.

¿Dónde acudir para solicitar la ayuda para el alquiler?

Deberás solicitarla en la Conserjería de la CCAA en la que residas como solicitante. En algunas comunidades autónomas se ha habilitado la posibilidad de realizar la solicitud de forma telemática desde la Sede Electrónica, sin embargo, otras requerirán que te lo tramites presencialmente. Recuerda que necesitarás lo siguiente para poder solicitarla:

  • Tener un contrato de alquiler en vigor
  • Estar al corriente de las mensualidades
  • Demostrar la situación de vulnerabilidad
  • El certificado de empadronamiento
  • La declaración de los miembros de la unidad familiar
  • El libro de familia
  • El certificado de discapacidad en caso de que algún miembro de la unidad familiar lo tuviera

Si la CCAA te acepta la ayuda, puede o bien ingresarla de golpe en tu cuenta o bien pagar las mensualidades mes a mes. Ten en cuenta que una vez presentada la solicitud, tendrán un plazo de seis meses para darte una respuesta y que el plazo vigente de presentación dependerá de cada CCAA.