Para poder luchar contra el fraude, en los últimos meses la web de Fotocasa ha llevado a cabo una serie de mejoras en favor de la seguridad, como la opción de validar el teléfono. No obstante, no está de más tomar ciertas precauciones antes de firmar ningún contrato para evitar futuros quebraderos de cabeza. Algunas de estas son:
Consejos para alquilar un piso con seguridad
Conocer el precio de alquiler de la zona
Los chollos existen, pero primero se debe sospechar de aquellos anuncios que se encuentren muy por debajo del precio medio de la zona. Por eso, a la hora de buscar una vivienda de alquiler es importante consultar el precio que tienen otros inmuebles de similares características en el mismo barrio.
Consultar el Registro de la Propiedad antes de alquilar
Otra forma de comprobar que el que dice ser dueño de la vivienda es el verdadero propietario, es solicitando el dato en el Registro de Propiedad. Se trata de un sencillo trámite que puede realizarse por Internet pidiendo una simple nota que proporciona información breve y concisa –en soporte papel–, sobre la situación jurídica de una finca (breve descripción, propietario y cargas, si las hubiera).
Formalizar el trato cara a cara arrendador arrendatario
Uno de los casos más típicos de fraude se da cuando el falso arrendador alega encontrarse en el extranjero y, por este motivo, no puede mostrar el piso. Una forma de evitar esto es quedar siempre cara a cara para ver el piso y firmar el contrato, bien sea con el propietario, con el administrador de fincas o con la inmobiliaria.
No pagar el alquiler antes de visitar el piso
Nunca, bajo ningún concepto, se debe entregar un adelanto antes de visitar el piso, por mucha prisa en alquilar que muestre el anunciante. Si lo hicieras, podrías encontrarte con que has alquilado el piso en unas condiciones diferentes de las que pensabas o que ni si quiera existe el inmueble en cuestión. Por ello, no debes dar dinero o firmar el contrato sin antes haber comprobado el estado del inmueble, la ubicación, el número de habitaciones, si hay desperfectos o si tiene dados de alta los suministros, entre otras cosas.
Contrato de alquiler por escrito
Siempre que se cierre un trato con alguien tiene que quedar constancia por escrito. Las palabras se las lleva el viento y, en caso de que surja algún problema, los acuerdos a viva voz no pueden demostrar las condiciones pactadas ni el incumplimiento del contrato. Por eso, es imprescindible que las condiciones del contrato queden reflejadas por escrito y que cada una de las partes implicadas se quede una copia firmada en todas sus páginas. Lo mejor es utilizar un contrato modelo.
Revisar el contrato de alquiler y lanzar contraofertas
Antes de firmar debes leer bien las condiciones del contrato: hay que tener claro cuál es la renta mensual, la duración del contrato, los gastos a pagar por cada una de las partes, quién se ocupa del mantenimiento de la vivienda… En caso de no estar de acuerdo, intentar negociar.
Conocer los derechos del inquilino
Lo mejor para evitar cláusulas abusivas es conocer de antemano tus derechos y obligaciones como inquilino. Aunque parezca un detalle insignificante, en ocasiones se han dado circunstancias en las que un inquilino ha alquilado una vivienda en comunidad con piscina pero sin tener derecho a ella. Por este motivo, antes de firmar ningún papel es importante es aconsejable que aclares los derechos que te corresponderían como inquilino y que estos consten específicamente en el contrato.
Depósito de fianza
Por ley, es obligatorio que el arrendador deposite la fianza solicitada al inquilino en el organismo autonómico correspondiente, pero los hay que no lo hacen. Se trata de un punto importante que podría suponer la pérdida del depósito para el inquilino y la imposibilidad de desgravarse la renta del alquiler. Además, es importante que sepas que la cantidad que tú como inquilino le entregues al casero en concepto de fianza no debería superar el equivalente a tres meses de alquiler. No obstante, sea como sea, es imprescindible conservar el recibo de cualquier pago que se lleve a cabo.






Si el arrendador no quiere depositar la fianza en el organismo autónomo correspondiente, ¿qué puede hacer el inquilino?. No puede obligarle, no puede irse del piso porque incumpliría el contrato, no puede desgrabarse en la declaración de la renta… ¿cuáles son las medidas legales a seguir? ¿desampara totalmente la ley al arrendatario/inquilino en este caso?
Yo personalmente me buscaria otra casa, la verdad que si todos los inquilinos cumplieran con sus obligaciones, cosa que a dia de hoy deja mucho que desear, yo creo que habria muchas personas dispuesta a poner en alquiler sus casas,de todas las personas que conozco no hay ninguna que no haya tenido problemas con inquilinos morosos, decir que me imagino que habra tambien gente que cumpla con sus obligaciones como arrendatario, pero yo personalmente todavia no he conocido ninguno, decirte que ya de por si el arrendatario esta muy bien amparado por la ley, que mas quiere, hacer lo que te venga en gana en una casa que ni siquiera es tuya. Creo que antes de firmar el correspondiente contrato habreis llegado a un acuerdo ambas partes o las cosas se hacen hay y ya esta…..
La verdad que como propietario no merece la pena alquilar nada, ya de por si los aquileres estan por los suelo, en mi caso me dejaron a deber 2000 euros y la casa hecha un asco, cosa que en un hotel no hubiera pasado, tan solo decir que normalmente el que se ve obligado al alquiler es por que practicamente no tiene nada que ofrecer, a ecepción de los funcionarios como profesores y gente de la banca, todo lo demas son quebraderos de cabeza, ya que la ley protege mas al inquilino que al propietario, y si tienen hijos pequeños entonces si que no hay forma de ponerlos en la calle, yo en mi caso y por experiencia lo que haria seria escoger muy bien a la persona a ser posible que sea funcionario o gente con una nomina fija, si no tienen hijos mejor eso si que a unas malas podria ser un gran problema por lo comentado anteriormente, hacerle una pequeña estrevista, poner una fianza de varios meses, perdir fotocopia del contrato, la nomina y el carnet de identidad, poner como avalista a un familiar en coso de impago, mirar si esta persona esta registrada en un archivo de morosos, contratar un seguro que cubra daños, impagos y asesoramiento juridico el cual sera abonado por el inquilino en este caso no tendria que depositar fianza alguna, estas son las medida que en su momento yo personalmente no tome, aun asi me andare con cuatro ojos, hoy dia hay gente que se cree que tiene mas derechos que obligaciones………