Todas aquellas personas que alquilan un piso en España están obligadas a entregar al propietario un mes de fianza en el momento en el que firman el contrato, según el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Así, garantizan de forma legal que cumplirán con las obligaciones que establece el contrato de alquiler o, en su defecto, el casero se podrá quedar con ésta.
Cabe destacar que quedarse con la fianza es un caso extremo y que el casero no podrá en ningún caso quedarse con la fianza si el inquilino ha cumplido con el contrato o si no presenta las pruebas y trámites necesarios para hacerlo. Además, los inquilinos tienen derecho a reclamar la devolución en estos casos.
Dicho esto, ¿cómo debe proceder? ¿Qué pasos debe seguir el propietario para no devolver la fianza del alquiler, en el caso de que pueda hacerlo? ¿En qué casos puede quedársela? Lo analizamos detenidamente en este artículo de Fotocasa.






