Cómo cumplimentar el modelo informativo anual obligatorio para los alquileres de corta duración

Desde Fotocasa te explicamos qué es este modelo, a quién afecta y cómo cumplimentarlo paso a paso para evitar imprevistos

Joaquín Hernández
Joaquín Hernández Experto en el sector inmobiliario

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Desde 2026, los alquileres de corta duración cuentan con una nueva obligación informativa de carácter anual que afecta a propietarios y titulares de viviendas registradas bajo esta modalidad. Se trata del modelo informativo anual obligatorio, un trámite que debe presentarse aunque el inmueble solo se haya alquilado unos días durante el año.

Desde Fotocasa te explicamos qué es este modelo, para qué sirve, a quién afecta y cómo cumplimentarlo paso a paso, además de qué puede ocurrir si no se presenta.

¿Qué es el modelo informativo anual para los alquileres de corta duración?

El modelo informativo anual es una declaración obligatoria que deben presentar los titulares de alquileres de corta duración que cuenten con un Número de Registro Único de Alquiler (NRUA).

A través de este modelo, los propietarios informan a la Administración sobre la actividad desarrollada durante el año natural anterior, con independencia del número de estancias realizadas o de su duración.

¿Para qué sirve este modelo informativo?

La finalidad del modelo es recabar información básica y homogénea sobre el alquiler de corta duración en todo el territorio.

En concreto, permite a las administraciones públicas:

  • Tener un mayor control del parque de viviendas destinadas a este tipo de alquiler.
  • Conocer el uso efectivo de los inmuebles inscritos en el Registro Único de Alquiler.
  • Supervisar el cumplimiento de la normativa vigente.
El modelo obligatorio anual alcanza a alquileres de corta duración como el turístico, vacacional, laboral, por estudios o por motivos médicos

Para los propietarios, se trata de un trámite informativo, que no implica el pago de impuestos ni sustituye otras obligaciones fiscales.

¿Qué normativa regula esta obligación?

La obligación de presentar el modelo informativo anual se apoya en la normativa estatal que regula el Registro Único de Alquiler y el control del alquiler de corta duración recogida en el Real Decreto 1312/2024.

El Gobierno, a través del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, ha aprobado un modelo informativo anual obligatorio para los alquileres de corta duración, que incluye usos como el turístico, vacacional, laboral, por estudios o por motivos médicos.

La norma también prevé este mismo sistema para otros alojamientos asimilados, como buques, embarcaciones o artefactos navales destinados a alojamiento.

La obligación de presentar el modelo responde a una normativa estatal

La Orden Ministerial publicada por Vivienda el pasado 31 de diciembre de 2025 establece que el modelo deberá presentarse cada mes de febrero -por primera vez en febrero de 2026, con los datos correspondientes a 2025- con la información requerida.

¿Quién está obligado a presentarlo?

Es obligatorio presentar el modelo aunque no se haya alcanzado un volumen mínimo de estancias

La obligación rige para todas las fincas inscritas en el Registro Único de Arrendamientos, aunque no se haya alcanzado un volumen mínimo de estancias.

¿Dónde se presenta el modelo informativo anual?

El modelo incorpora un formato estructura XBLR pensado para facilitar el tratamiento y cruce de datos. Puede presentarse por dos vías:

  • De forma online, a través de la sede electrónica de los Registradores, mediante la aplicación N2.
  • De manera presencial, en el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles en el que esté inscrito el inmueble.
Si un mismo propietario tiene varias fincas, deberá presentar un modelo por cada una

La obligación de presentar el modelo se aplica a cada finca de manera individual. Esto significa que, si un mismo propietario tiene varias fincas, deberá cumplimentar un modelo por cada una de ellas.

¿Qué información hay que facilitar?

El formulario a presentar incluye, entre otros, los siguientes datos:

  • Datos del propietario.
  • Identificación de la finca o alojamiento.
  • Código de Registro Único (CRU) en el caso de inmuebles y Número de identificación del Buque (NIB) en el caso de una embarcación.
  • Número de Registro Único de Alquiler (NRUA) de cada unidad que se arrienda.
  • Actividad del año anterior.
  • Número de huéspedes.
  • Fechas de entrada y salida.
  • Finalidad del arrendamiento (vacacional, laboral, estudios, etc.).

 

Ejemplo del modelo informativo anual obligatorio para alquileres de corta duración.

Ejemplo del modelo informativo anual obligatorio para alquileres de corta duración.

El formulario contempla la posibilidad de que el propietario de una finca con varias unidades en arrendamiento pueda incluirlas todas en una misma solicitud señalando su NRUA.

Paso a paso: cómo cumplimentar el modelo informativo anual

Para cumplimentar el modelo informativo anual hay que seguir una serie de pasos:

  • Acceder a la sede electrónica de los Registradores o acudir al registro correspondiente.
  • Identificar el inmueble mediante el NRUA.
  • Cumplimentar los datos relativos a la actividad del año natural anterior.
  • Revisar que la información sea correcta y coherente.
  • Presentar el modelo dentro del plazo anual establecido, que se fijará en cada ejercicio.
Los modelos están a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de los Registradores de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles

Los modelos están a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de los Registradores de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles.

Paso a paso para cumplimentar el modelo informativo anual obligatorio de alquileres de corta duración.

Paso a paso para cumplimentar el modelo informativo anual obligatorio de alquileres de corta duración.

¿Qué ocurre después de presentar el modelo?

Una vez presentado el modelo:

  • La Administración revisará la información remitida.
  • Podrá requerir documentación adicional para comprobar el cumplimiento de los requisitos.
  • El expediente quedará registrado como declaración informativa anual presentada.

¿Qué pasa si no se presenta el modelo?

El incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a requerimientos administrativos y a posibles sanciones, entre ellas.

  • La retirada del número de registro (NRUA)
  • La imposibilidad de operar legalmente.
  • La eliminación de anuncios en plataformas.
  • Posibles multas económicas que, dependiendo de la normativa autonómica, pueden ir desde los 3.000 € a los 150.000 €.

Por ello es recomendable presentar el modelo dentro del plazo, incluso cuando la actividad haya sido mínima o puntual.

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