La derogación del Real Decreto ley 8/2026, de 20 de marzo, de medidas en el alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Irán y con ella la derogación de las prórrogas extraordinarias que contemplaba en los contratos de alquiler de vivienda habitual, ha generado un escenario de confrontación entre inquilinos y propietarios, y varias situaciones con diferentes soluciones jurídicas.
Este escenario de confrontación provocado por la derogación del Real Decreto ley 8/2026 es consecuencia de la interpretación del alcance de los efectos de la norma, que lleva aparejada la consiguiente inseguridad jurídica. En este sentido, hay que tener en cuenta que las obligaciones que genera la norma solo son exigibles a través del contrato mientras está vigente, porque una vez derogada las posibilidades que ofrece la norma no pueden adquirir un carácter definitivo.
Un informe de la Asesoría Jurídica del Colegio Oficial y Asociación de Agencias y Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid (COAPIMADRID – AIM), explica cómo queda la situación y las soluciones jurídicas en los contratos de alquiler de vivienda habitual una vez derogada la norma.





