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El propietario puede deducir en el IRPF el seguro de vida vinculado a la hipoteca de una vivienda alquilada cuando la póliza reduzca el tipo de interés del préstamo. El Tribunal Económico-Administrativo Central ha fijado este criterio en una resolución de junio de 2026, frente a la interpretación que mantenía Hacienda desde 2018.
La deducción no se aplica a cualquier seguro de vida. La póliza debe estar relacionada con la hipoteca del inmueble arrendado y solo puede imputarse al periodo durante el que la vivienda haya estado alquilada.
¿Por qué permite ahora el TEAC deducir este seguro?
El seguro de vida se puede deducir porque reduce el coste de la hipoteca
El TEAC considera que la prima es un gasto de financiación porque permite pagar menos intereses por la hipoteca de la vivienda alquilada.
No es necesario que el banco obligue a contratar el seguro. También puede deducirse cuando el propietario lo acepta voluntariamente para conseguir una rebaja del tipo de interés.












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