¿Cuántos propietarios puede tener una vivienda como máximo?

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¿Alguna vez te has preguntado si una vivienda puede tener un tope máximo de propietarios? Y una hipoteca, ¿cuántos titulares puede llegar a tener?

Dado que la multipropiedad es un concepto cada vez más extendido y usado, desde Fotocasa queremos contarte todo lo que debes saber acerca de él. Y es que la compra conjunta de viviendas está a la orden del día. ¿Nos acompañas a descubrir de qué se trata?

¿Qué es la multipropiedad?

La multipropiedad es un tipo de régimen de vivienda cuyo funcionamiento se basa en que varias personas adquieren un inmueble y disponen de éste por turnos, durante un tiempo determinado. Así, el precio total de la casa se reparte entre varios socios, que pueden utilizarla de manera proporcional durante todo el año, como analizaremos a continuación.

Mediante el régimen de multipropiedad varias personas adquieren un inmueble y disponen de éste por turnos durante un tiempo determinado

Este sistema se inventó en Alemania en los años sesenta, aunque rápidamente se extendió a la mayoría de países de Europa, entre ellos España, dado que ofrece múltiples beneficios, como disponer de una propiedad pero a un coste reducido.

De hecho, actualmente, España es el país europeo en el que existe un mayor número de multipropietarios de viviendas, según la Asociación Nacional de Empresas de Tiempo Compartido.

De éstas, la mayoría están destinadas a ser segundas residencias, lo que permite poder disfrutar de un inmueble durante varias semanas al año, en vez de tener que recurrir a alquileres de temporada, u hospedarse en hoteles, por ejemplo.

Actualmente, España es el país europeo en el que existe un mayor número de multipropietarios de viviendas

¿Cómo se divide una multipropiedad?

En el contrato de compraventa de una vivienda en multipropiedad debe constar que ésta pertenece a distintos propietarios, que harán uso de ella por turnos, cada uno durante el tiempo que le corresponda.

Si todos los propietarios han invertido la misma cantidad de dinero en la adquisición de la vivienda tendrán el mismo derecho sobre ésta, es decir, todos podrán disfrutar de ella el mismo periodo de tiempo. Si alguno de ellos ha invertido más dinero en su adquisición podrá disponer de ella durante más tiempo, en pro del resto.

Si todos los propietarios han invertido la misma cantidad de dinero en la adquisición de del inmueble tendrán el mismo derecho sobre éste

A modo de ejemplo, si una vivienda en multipropiedad pertenece a cuatro personas y todas han pagado lo mismo en su adquisición, cada una de ellas podrá disponer plenamente de ella durante tres meses al año.

Sin embargo, no tienen por qué hacerlo de golpe; pueden acordar entre ellos cómo repartirse el tiempo de uso y disfrute, aunque todas deben estar conformes con dicha repartición.

También en el resto de cuestiones y decisiones que haya que tomar respecto a la vivienda deben estar de acuerdo de forma unánime. Ahora bien, ¿existe un número máximo de propietarios para una vivienda? Te lo contamos desde Fotocasa.

Los beneficiarios de una multipropiedad pueden acordar entre ellos cómo repartirse el tiempo de uso y disfrute, en función de sus preferencias

¿Cuántos propietarios puede tener una multipropiedad?

Actualmente, en España los contratos multipropiedad están regulados por la Ley 4/2012, con fecha 6 de julio, aunque la primera ley española que reguló este sistema de propiedad data del 5 de enero de 1999.

Según dicha normativa, no existe un número máximo de personas que puedan ser propietarias de una vivienda; es decir, una multipropiedad puede tener tantos socios como éstos decidan, siempre que cumplan con los requisitos necesarios para serlo.

También todos deberán aparecer en la escritura de la propiedad. Ahora bien, hay que tener en cuenta que cuantos más haya menos podrán hacer uso y disfrute de ésta.

La legislación española no contempla un número máximo de personas que puedan ser propietarias de una vivienda

De la misma forma, tampoco existe un límite de titulares para solicitar una hipoteca. Podrán serlo todas aquellas personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos necesarios para su concesión.

De esta manera, si un amplio grupo de personas deciden adquirir una multipropiedad y todas cumplen con las condiciones necesarias, podrán incluso compartir el mismo préstamo hipotecario para hacerlo. Eso sí, deberán responder todos por la totalidad de la deuda de la hipoteca.

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