Las daciones de vivienda en pago de la deuda hipotecaria cayeron un 20,17% en el primer semestre del año respecto al semestre anterior, hasta las 1.171, frente a las reestructuraciones de deuda, que aumentaron un 15,67%, hasta las 5.970, según el Ministerio de Economía.
Entre enero y junio, las entidades financieras firmantes del Código de Buenas Prácticas Bancarias (CBP) recibieron 13.436 solicitudes de familias en riesgo de exclusión social para aliviar su deuda hipotecaria, un 17,78% más que en el semestre anterior. De ellas, se resolvieron 7.141, un 7,73% más.
El Código de Buenas Prácticas Bancarias se firmó en marzo de 2012 con la práctica totalidad de las entidades con actividad hipotecaria en España (95 en la actualidad). En sus tres años y medio de vigencia, 50.852 familias en riesgo de exclusión social han solicitado acogerse a él.
De ellas, 23.640 fueron atendidas: 18.620 reestructuraciones de deuda, 5.014 daciones en pago y 6 quitas. Estas medidas han favorecido a unas 45.000 familias. Además de la aplicación del CBP, el Fondo Social de Viviendas (FSV) ha adjudicado 4.000 viviendas y se han suspendido 17.551 desahucios.
Ayudar a familias deudoras
El Gobierno impulsó este Código de adhesión voluntaria pero de cumplimiento obligatorio durante dos años para las entidades firmantes. El objetivo fue dar solución a las familias con dificultades para hacer frente al pago de sus deudas hipotecarias, por encontrarse en situación de desempleo o por ausencia de ingresos.
Se establecieron tres opciones –renegociación de plazos y cuotas con las entidades o reestructuración de la deuda, quitas y dación en pago-, con periodos de carencia, amortización hasta 40 años, reducción del tipo de interés aplicable a Euríbor+0,25 puntos e incluso la posibilidad de permanecer en la vivienda mediante el pago de un alquiler reducido.
Se definió también el umbral de exclusión o condiciones para poder acogerse al CBP. En concreto, se estableció que fuera primera y única vivienda y que todos los miembros de la familia carecieran de rentas derivadas del trabajo o actividades económicas.
Además, la cuota hipotecaria debía ser superior al 50% de los ingresos netos percibida por el conjunto de los miembros de la unidad familiar. Debían, asimismo, carecer de bienes patrimoniales con los que hacer frente a la deuda.





