Imagina que un día vuelves a casa y te encuentras que tu perro ha roto el sofá o que hay una mancha de orina en el parqué difícil de quitar. Si el piso es tuyo, vas a tener que hacerte cargo tú, pero ¿qué pasa cuando una mascota causa daños en un piso de alquiler?
En Fotocasa aclaramos si podemos tener un perro u otra mascota en un piso de alquiler y qué responsabilidad tenemos si provoca algún daño en la vivienda.
¿Podemos tener una mascota en un piso de alquiler?
Tener un perro, un gato u otro animal es algo muy habitual. En España, hay más de 20 millones de mascotas, según datos de 2025 de la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía (ANFAAC).
¿Cuáles son las mascotas más habituales en España?
Fuente: Estudio de Censos 2025 de ANFAAC y Veterindustria |
Vivir en un piso de alquiler suele generar muchas dudas y una de ellas es si realmente podemos convivir con la mascota. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no regula específicamente la tenencia de animales de compañía, pero abre la puerta a que el casero prohíba las mascotas en la vivienda.
Concretamente, el artículo 4 de la LAU señala que «los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes«, por lo que el propietario puede añadir en el contrato una cláusula que indique que no se pueden tener animales en la vivienda. Esta cláusula es de obligado cumplimiento y no hacerlo puede provocar que el casero rescinda el contrato.







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