Las personas sin hogar, las víctimas de violencia de género, los ciudadanos objeto de desahucio y otros colectivos especialmente vulnerables tendrán acceso a las nuevas ayudas del Gobierno.
En concreto, podrán llegar a percibir hasta 900 euros al mes y hasta el 100% del pago del alquiler de su vivienda en régimen de arrendamiento. También podrán recibir 200 euros más al mes para atender a gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos de la vivienda.
Estas ayudas del Gobierno se establecen por un periodo de cinco años y nacen con el objetivo de ayudar de forma inmediata a todos estos colectivos vulnerables y en riesgo de exclusión social.
Requisitos para recibir las ayudas del gobierno para colectivos vulnerables
Los servicios sociales de la comunidad autónoma o de la administración local correspondiente serán los encargados de determinar quienes van a poder recibir las ayudas y cuál será su cuantía, en cada caso.
¿Quiénes podrán beneficiarse de las ayudas?
Los usuarios vulnerables (personas sin hogar, víctimas de violencia de género, ciudadanos objeto de desahucio y otros colectivos de esta índole) que:
- Sus ingresos netos (los del conjunto de la unidad de convivencia) se hayan reducido de forma sustancial, Es decir, cuando su salario sea tres veces menor que el IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que se usa en España como referencia a la hora de conceder subvenciones.
- Según este indicador 12 pagas corresponden a 6.778,80 euros por persona.
- El pago de su alquiler supere el 45% de los ingresos netos del conjunto de convivencia. Es decir, todas aquellas unidades que destinen más de 405 euros de su renta, si su alquiler es de 900 euros al mes (el máximo permitido)
- El precio del arrendamiento de su vivienda sea, como apuntábamos, igual o inferior a 900 euros mensuales
¿Quiénes no podrán beneficiarse de las ayudas?
A pesar de ser usuarios vulnerables, no podrán acceder a las ayudas:
- Los solicitantes u otros convivientes en la residencia habitual, que sean propietarios de alguna vivienda en España (a excepción de los titulares que acrediten no poder disponer del inmueble por: separación o divorcio, por otra causa ajena a su voluntad o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad del titular o algún miembro de la unidad de convivencia).
- Las personas que vivan de alquiler y tengan algún tipo de parentesco con el propietario.
Estas ayudas se enmarcan en el Plan Estatal del Gobierno para el acceso a la vivienda 2022-2025, y pretenden dar una solución habitacional inmediata a los colectivos afectados.






Me a gustado esta información que comparten,vivo un desahucio desde hace dos años un tanto lleno de errores que vivimos en un galpón prestado desde entonces y no tenemos ingresos de ningún tipo