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A partir del 9 de mayo se podrán llevar a cabo juntas de propietarios de forma telemática (ya sea por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple) para tratar temas urgentes.

El Gobierno deberá proporcionar a los propietarios todos los medios necesarios para su participación en este tipo de reuniones. El secretario-administrador de fincas colegiado deberá encargarse de su organización, además de comprobar la identidad de todos los propietarios asistentes a la junta, según ha explicado el presidente del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE), Salvador Díez.

En las comunidades de propietarios en las que no pueda garantizarse la participación de todos se podrán adoptar acuerdos como la emisión del voto por correo postal o la comunicación telemática. De esta forma, se garantizará el derecho de participación de todos los propietarios y la emisión de su voto.

No habrá juntas obligatorias hasta 2022

A pesar de esta nueva normativa, no será obligatorio convocar juntas de propietarios hasta el día 31 de diciembre de 2021. En el caso que esto suceda, se prorrogarán los últimos presupuestos aprobados y los cargos de la comunidad de propietarios, por lo que quedará suspendida la obligación de aprobar el plan de ingresos y gastos previsibles, las cuentas correspondientes y el presupuesto anual.

En 2020 se han dejado de celebrar más de un millón de juntas de propietarios, según publica Europa Press. Esto ha conllevado la paralización de las obras en los edificios, una situación que ha afectado a multitud de empresas al no poder realizarse obras de accesibilidad, eficiencia energética y rehabilitación de edificios en general.

Parte de los 27.000 millones de euros de la Unión Europea que pronto recibirá España se destinarán a la rehabilitación de inmuebles.