¿Quién es el responsable de arreglar la puerta principal de un edificio?

Entre las reparaciones urgentes que hay que llevar a cabo en las comunidades de vecinos se encuentra la de la puerta principal

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En algunas ocasiones las reparaciones de los elementos que forman parte de las zonas comunes de las comunidades de propietarios son motivo de disputa entre los vecinos, dado que existe cierta confusión sobre quién es el responsable de llevar a cabo los arreglos pertinentes, en cada caso.

Sin embargo, algunos requieren de actuaciones rápidas, dado que son reparaciones de urgencia, como la rotura de la puerta principal del edificio. ¿Cómo hay que proceder en estos casos? ¿Quién debe hacerse cargo? ¿Es necesario convocar una junta de propietarios para decidirlo? Lo analizamos en este artículo de Fotocasa.

Arreglar la puerta principal de un edificio es urgente, dado que cualquier persona ajena a la comunidad puede acceder al edificio sin consentimiento

¿Por qué es importante arreglar la puerta principal de un edificio de forma urgente?

Según el Consejo General del Poder Judicial, “las averías de urgencia son aquellas que deben repararse de inmediato, resolverse lo más rápido posible y/o que puedan causar daño a uno o varios vecinos o al estado de la comunidad en sí”.

Entre ellas se encuentran las averías del sistema eléctrico y del alumbrado; de las tuberías, los bajantes y el saneamiento de la comunidad; del abastecimiento de agua; y de los elementos de seguridad de la comunidad, como el que hoy nos ocupa: la puerta principal del edificio.

Las reparaciones que tienen que ver con los elementos de seguridad de la comunidad deben subsanarse lo antes posible

Por lo tanto, hay reparaciones que son más urgentes que otras y que, por lo tanto, se deben arreglar con más rapidez. De hecho, las que tienen que ver con los elementos de seguridad de la comunidad, tales como la rotura de la puerta principal o del garaje, así como las cámaras de vigilancia del edificio, deben subsanarse lo antes posible, para evitar problemas de mayor envergadura.

Y es que debemos tener en cuenta que si la puerta principal está rota o no se cierra correctamente cualquier persona ajena a la comunidad puede acceder al edificio, lo que compromete la seguridad tanto de los propietarios como de los inquilinos que viven en él.

zonas comunes comunidad propietarios

¿Quién debe encargarse de arreglar la puerta principal de un edificio de forma urgente?

Las reparaciones de carácter urgente, como la rotura de la puerta principal o de alguno de los elementos que la conforman, son más habituales de lo que solemos pensar. De hecho, tanto los respectivos presidentes de la comunidad de vecinos como los administradores de fincas suelen encontrarse a menudo con este tipo de problemas.

Dado que, como hemos comentado, pueden resultar dañinas o peligrosas tanto para la comunidad como para las personas que habitan en ella, deben arreglarse cuanto antes. Es lo que asegura la Ley de Propiedad Horizontal, que en su artículo 20 asegura que “todas aquellas reparaciones o problemas que no pueden esperar a ser subsanados hasta que se tome una decisión en la junta de propietarios pasarán a ser responsabilidad del administrador de fincas”.

La LPH otorga al administrador de fincas la potestad de gestionar de las reparaciones urgentes que surjan en la comunidad de propietarios

Es decir, la LPH otorga al administrador de fincas la potestad de gestionar las reparaciones o problemas urgentes que surjan en la comunidad de propietarios, como la rotura de la puerta principal del edificio. De hecho, según el artículo 7 de la LPH “el administrador de fincas es el único que tiene la capacidad de actuar frente a estos supuestos”.

El mismo artículo recoge que “en ningún caso un vecino podrá tomar la decisión de enfrentar la reparación por su cuenta”. Lo que deberá hacer es comunicarle la urgencia lo antes posible al presidente de la comunidad y éste al administrador de fincas, que deberá actuar con la mayor rapidez posible.

arreglar puerta principal edificio

¿Puede algún propietario negarse a pagar la reparación de la puerta principal del edificio?

No. Ningún propietario podrá negarse a pagar o reembolsar una reparación considerada urgente, como es la de la puerta principal del edificio, ni ninguna que se considere imprescindible para el mantenimiento, seguridad, habitabilidad y accesibilidad al edificio y todas sus zonas comunes. Es lo que también recoge el artículo 10 de la LPH.

Ningún propietario podrá negarse a pagar o reembolsar una reparación considerada urgente, como es la de la puerta principal del edificio

Sin embargo, dichas reparaciones nunca podrán poner en peligro la seguridad y habitabilidad del edificio ni de los pisos que lo conforman; de lo contrario no se podrán llevar a cabo por necesarias que sean.

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David Otero Villar
2 años

es el presidente quien en ultima instancia es el responsable de a cometer una obra de caracter urgente