¿Quién elige al notario? ¿La parte compradora o la vendedora?

Te contamos cuáles son las funciones del notario en una compraventa de vivienda y quién tiene derecho a elegir lugar para firmar la escritura

Agustina Battioli
Agustina Battioli Experta en el sector inmobiliario

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A la hora de firmar una compraventa de vivienda, la figura del notario es esencial. Se trata de un profesional público que tiene autoridad para dar fe en actos públicos, redactar y garantizar documentos, como contratos, testamentos, escrituras de compra y venta, firma de hipotecas…

Pero ¿cuál de las partes tiene derecho a elegir notaría, comprador o vendedor? Desde Fotocasa, resolvemos todas las dudas relacionadas con las funciones del notario en una compraventa y te contamos sobre quién recae el derecho de libre elección de notaría.

¿Para qué sirve el notario en una compraventa?

Empecemos por el principio: ¿para qué sirve el notario en una operación de compraventa de una vivienda? Cuando se va a firmar una escritura, contar con los servicios de un notario es clave para garantizar que el proceso es legal. Se trata de una figura que no es obligatoria, pero sí altamente recomendable.

El notario ayudará en todo el proceso de compraventa de la propiedad asesorando a las partes sobre las dudas legales que puedan tener. Estas son sus funciones:

  • Redactar la escritura de compraventa y asegurar que cumple con la legalidad. El notario es el encargado de redactar las escritura de compraventa de la propiedad asegurándose cumplir con la legalidad vigente.
  • Asegurar que el propietario de la vivienda es el titular. A través de la petición de la Nota simple al propietario, el notario se asegurará de que el vendedor es, efectivamente, el propietario de la finca.
  • Asesorar y explicar las cláusulas del contrato de compraventa o de la hipoteca. A lo largo del proceso, las partes podrán resolver sus dudas sobre las cláusulas de los contratos. Además, la labor del notario es siempre la de asegurarse de que tanto comprador como vendedor entienden perfectamente lo que están firmando.
  • Guardar una copia del contrato de compraventa durante 25 años. En caso de pérdida de las escrituras, el notario tendrá guardada una copia durante 25 años.

Como comentábamos, la presencia del notario en una compraventa de vivienda no es obligatoria, pero sí recomendable. Eso sí, sí que será obligatorio acudir al notario si se necesita firmar una hipoteca para comprar la casa.

Si se necesita firmar una hipoteca para comprar la casa, la figura del notario será obligatoria

Ahora que ya sabemos para qué necesitamos a un notario, desde Fotocasa, aclaramos cuál de las partes es la que tiene derecho a elegir la notaría en la que se firmará la escritura de compraventa.

La persona que compra la vivienda es la que suele elegir notario

El derecho de libre elección de notario es un derecho esencial del consumidor. Si bien es cierto que en este caso, tanto vendedor como comprador son considerados consumidores, de acuerdo con la normativa vigente (Artículo 126. Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado), la elección de notario corresponde al que está obligado a pagar una parte mayor parte de los gastos de la operación, es decir, al comprador.

¿Y puede el comprador elegir cualquier notaría? La libertad de elegir notario tiene una serie de límites, como explica Fotocasa, y es que debe haber algún tipo de conexión. Por ejemplo, si se va a vender un piso en Barcelona, lo más razonable es venderlo en la propia ciudad y no, por ejemplo, en Murcia. No sería viable, sin acuerdo entre las partes, obligar al vendedor a desplazarse hasta allí para firmar el contrato de compraventa.

No obstante, si hay acuerdo, no habría problema en acudir a un notario que esté alejado del lugar en el que se encuentra la finca.

¿En qué fijarse el elegir notario en una compraventa?

Los honorarios del notario están regulados por el Gobierno, por lo que se paga un arancel fijo en todas las notarías de España. Es decir, pagarás lo mismo en una notaría u otra, aunque hay que destacar que las notarías pueden plantear descuentos de hasta un máximo del 10%.

Los gastos de notaría están regulados por el Gobierno, por lo que son los mismos en todas las notarías de España

El coste de este servicio puede rondar entre los 500 y los 1.000 euros, dependiendo del precio del inmueble. Dado que, a no ser que encontrases una notaría cercana con descuento del 10%, lo más recomendable es elegir una notaría cercana al municipio en el que se encuentra la finca o el domicilio de alguna de las partes.

También, para acertar al elegir notario, puedes regirte por las reseñas de las notarías o las recomendaciones de amigos o familiares que hayan vendido o comprado una vivienda o bien hayan necesitado de los servicios de una notaría.

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José Antonio
1 año

Los gastos de notario corresponden al que compra. No entiendo, el articulo 1455 de código civil dice que los gastos de otorgamiento de escritura serán por cuenta del vendedor y la primera copia y demás por cuenta del comprador . ¿ entonces???

InventadaDeArticulo
8 meses
Responder a  José Antonio

Pues está mal el artículo. Si pagas según dice la Ley, sin ningún pacto, el que paga la mayor parte de los gastos es el vendedor, siempre y cuando sea considerado consumidor. El art. 1455 del Código Civil es el bueno.