Conviene que el titular de los suministros sea el inquilino
La titularidad de los suministros es un tema que la L.A.U. en su artículo 20 deja al arbitrio de lo que las partes hayan querido pactar en los contratos. La Ley de Arrendamientos Urbanos solo se limita a decir en el punto número 3 de dicho artículo, que los gastos por servicios con que cuente la...