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Un propietario puede subir el alquiler si realiza obras de mejora en la vivienda, pero la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que deben haber pasado al menos cinco años desde la firma del contrato y que el incremento no puede superar el 20% de la renta que se venía pagando. Entonces, ¿qué requisitos exactos deben cumplirse para aplicar una subida en el alquiler por reformas? Lo analizamos en Fotocasa.
¿Cuándo puede un propietario subir el alquiler por hacer reformas?
Los propietarios sí pueden subir el alquiler tras reformar la vivienda, pero con una serie de requisitos y condiciones. Esto es lo que dice la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU):
«La realización por el arrendador de obras de mejora, transcurridos cinco años de duración del contrato, o siete años si el arrendador fuese persona jurídica, le dará derecho, salvo pacto en contrario, a elevar la renta anual en la cuantía que resulte de aplicar al capital invertido en la mejora, el tipo de interés legal del dinero en el momento de la terminación de las obras incrementado en tres puntos, sin que pueda exceder el aumento del veinte por ciento de la renta vigente en aquel momento». Artículo 19.1 Elevación de renta por mejoras.








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¿Y si la reforma la acomete el inquilino previa autorización del propietario? Me refiero a reformas tipo, en la terraza del ático se instala ballado de madera para mayor intimidad, se ponen toldos, se pone suelo de madera. O si en el baño se pone suelo laminado, se cambian los muebles y pinta.
Gracias