¿Qué puede pasar si alquilo una vivienda en negro?

Estas son las implicaciones de alquilar un piso en negro, una práctica ilegal que puede conllevar el pago de multas

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Al alquilar una vivienda en negro, los propietarios evitan declarar las rentas percibidas por el alquiler de los inmuebles en el IRPF. Sin embargo, se trata de una práctica muy arriesgada, que puede derivar en el pago de multas por evasión fiscal de hasta el 150% de la cantidad no declarada, de acuerdo con el artículo 191 de la Ley General Tributaria.

A continuación, desde Fotocasa, analizamos todo lo que debes saber sobre el alquiler de inmuebles en negro, así como los riesgos que conlleva esta práctica, cada vez más vigilada y castigada por la Agencia Tributaria.

¿Qué es alquilar una vivienda en negro?

Los alquileres de viviendas deben ser declarados y registrados oficialmente en la Agencia Tributaria. Cuando hablamos de alquilar una vivienda en negro nos referimos a los arrendamientos en los que no se inscribe el contrato en el Registro de la Propiedad, no se deposita la fianza en la organismo que corresponda, ni se declaran los ingresos percibidos por las rentas mensuales cobradas al inquilino en la Declaración de la Renta.

Los propietarios de viviendas que alquilan sus viviendas en B se enfrentan a la pérdida de ventajas fiscales y al pago de elevadas multas tributarias.

¿Es legal alquilar una vivienda en negro y sin contrato?

Lo cierto es que alquilar una vivienda sin contrato por escrito, es decir, mediante un acuerdo verbal, es legal siempre que el propietario cumpla con las obligaciones estipuladas por la Ley: solicitar una fianza y depositarla debidamente en la entidad que corresponda y declarar los ingresos del alquiler en la Declaración de la Renta. Sin embargo, cuando esto no se produce, hablamos de una práctica ilegal.

A pesar de que la Agencia Tributaria lleva años investigando a fondo el arrendamiento de viviendas en negro, se trata de una práctica muy arraigada a nuestro país y que más ha contribuido a la economía sumergida. Tanto es así que, gracias a las campañas de avisos de datos fiscales a presuntos arrendadores, se ha «favorecido la incorporación de más de 1.182.000 declaraciones que incluyen rendimientos del capital inmobiliario, con una mayor base imponible declarada de más de 7.700 millones de euros y una recaudación asociada a estas campañas que se estima en 933 millones de euros«, indican desde La Moncloa.

Las multas por alquiler ilegal pueden ser de hasta el 150% de la cantidad no declarada

¿Qué riesgos fiscales existen al alquilar una vivienda en negro?

Ambas partes se exponen a una desprotección legal cuando el propietario decide no declarar las rentas percibidas en su Declaración de la Renta. Veamos cuáles son los principales riesgos que implica el alquiler ilegal para propietarios e inquilinos:

1. El propietario pierde los beneficios fiscales por alquilar vivienda habitual 

Los propietarios que alquilan su inmueble gozan de una deducción del 60% de los rendimientos percibidos por dicha actividad. Lo que se conoce en la Agencia Tributaria como «Deducción para el arrendatario por el alquiler de la vivienda habitual«. Además, también pueden deducir los gastos de conservación de la vivienda o del seguro del hogar, entre otros.

Uno de los riesgos que conlleva alquilar un inmueble en negro implica, por lo tanto, no sólo la pérdida de estas ventajas fiscales en la vivienda, sino el hecho de tener que abonar una multa de hasta el 150% del importe recibido, en función de la gravedad de la sanción.

Al alquilar una vivienda en negro se pierde la deducción del 60% por alquilar una vivienda habitual

2. Habrá un conflicto de intereses entre el propietario y el inquilino 

Debemos tener presente que el inquilino también goza de beneficios fiscales en algunas comunidades como Cataluña o Madrid, por lo que le compensará declarar que vive en un piso arrendado.

El inquilino tiene derecho a declarar el alquiler en su Declaración de la Renta para deducir parte de lo abonado, por lo que, si el propietario, por su parte, no lo hace, se generará un conflicto entre las partes.

Y es que en el momento en el que el inquilino declare que paga una renta, el fisco investigará al propietario y, por ende, descubrirá que este no cumple con la ley.

En caso de que el casero se niegue a declarar el piso alquilado en el IRPF, primeramente se recomienda una negociación amistosa. Aunque, si no se llega a un acuerdo, el inquilino tiene la opción de hacer una petición formal para que Hacienda pueda iniciar una inspección.

3. En caso de impago o desperfectos en la vivienda, el propietario no puede reclamar

Otro de los problemas a los que se enfrentan los caseros que no declaran los ingresos que reciben por arrendar su propiedad es la imposibilidad de reclamar los posibles desperfectos o impagos de alquiler o de suministros. Y es que al no existir un contrato en el que conste que el inmueble está arrendado, no hay pruebas que puedan confirmar que un tercero ha ocasionado daños o ha dejado de pagar la renta.

Al no existir un contrato de alquiler, el propietario no podrá reclamar posibles desperfectos o el impago de rentas

4. El propietario se enfrenta a multas por alquiler ilegal

La Agencia Tributaria tiene varias formas de detectar si una vivienda se alquila ilegalmente: si hay un consumo de suministros en la propiedad, a través de los datos de empadronamiento o mediante los portales inmobiliarios.

Por ello, se impone una sanción de entre el 50% y el 150% de la cuota que el propietario ha dejado de declarar en Hacienda:

  • Sanción leve: esta sanción se aplica cuando no se ha declarado una cantidad igual o inferior a 3.000 euros. En este caso, se aplica una multa de 50% del importe no declarado.
  • Sanción grave: esta sanción se aplica cuando la cantidad defraudada es superior a 3.000 euros, siendo la multa en este caso de entre el 50% y el 100% de la cantidad no declarada.
  • Sanción muy grave: esta sanción se aplica cuando los ingresos no declarados suponen más del 50% del importe de la sanción, aplicándose multas de entre el 100% y el 150% del importe obtenido por la renta.

Eso significa que si, por ejemplo, un arrendador ha cobrado 1.000 euros de alquiler al mes durante un año (es decir, 12.000 euros en total), podría llegar a pagar una sanción de hasta 18.000 euros.

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Maribel@gmail.com
1 año

Vivo hace dos años en una casa de alquiler en la cual no tengo contrato ni los recibos de pago no tiene cédulo no tiene boletín de contadores no puedo tener empadronamiento qué puedo hacer que pagado honradamente

Cenicienta
1 año

Mi pareja vive en un piso que eran oficinas. En total son de 5 a 8 convivientes, de las cuales 4 pagan 200€/mes en conceptos de alquiler y gastos. El propietario invade junto con amigos o familia la vivienda llegando a entrar en las habitaciones sin consentimiento, no permite empadronarse, no pone luz en las escaleras y el edificio está en un estado lamentable.
El propietario no realiza mantenimientos ni reparaciones.Hay roedores y bichos varios, Ni ha cocina, ni lavadora… Cada uno se apaña en su habitación como buenamente puede.
Mi pareja es el más antiguo inquilino, lleva casi año y medio allí. Que pasaría si él u otra persona externa a la vivienda realiza una denuncia en Hacienda por alquiler ilegal?