¿Cuándo el propietario puede no devolver la fianza del alquiler al inquilino?

La fianza del alquiler puede no devolverse si se necesita como compensación por impago de la renta, daños en la vivienda…

Jessica Llavero
Jessica Llavero Experta en el sector inmobiliario

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La fianza del alquiler está destinada a compensar la reparación de posibles daños en el inmueble o las mensualidades impagadas. Este depósito, que es equivalente a un mes de renta, debe entregarlo el inquilino al propietario para garantizar que se cumplirán las condiciones del contrato de alquiler.

Sin embargo, ¿cuándo se puede perder este dinero? ¿En qué casos el casero podría no realizar la devolución de la fianza del alquiler? Desde Fotocasa, analizamos las razones por las que el propietario podría quedarse con la fianza del alquiler a modo de compensación económica.

¿Qué es la fianza del alquiler y cómo se regula?

La fianza del alquiler está regulada por Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y consiste en la prestación de una cantidad de dinero que equivale a una mensualidad de la renta para garantizar posibles impagos en la renta o cubrir desperfectos.

Este importe debe ser entregado de nuevo al inquilino por parte del propietario al final del alquiler en un plazo de 30 días tras la entrega del piso. Como extra, en contratos de alquiler habitual, los caseros pueden solicitar una garantía adicional, cuyo importe «no podrá exceder de dos mensualidades de renta».

5 motivos para no devolver la fianza del alquiler

Si, tras la finalización del contrato de alquiler, todo está correcto y se han respetado las cláusulas, se debería recibir la fianza sin problemas. De hecho, «El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución» (art. 36 LAU).

Es decir, si el propietario tarda más de un mes en entregarla, se pueden reclamar intereses.

Pero si, por el contrario, existen impagos o desperfectos, el propietario podría quedarse con este dinero para costearlos. Veamos las situaciones que suelen reflejar los contratos de alquiler para la no devolución de la fianza:

1. Perder la fianza por daños en la vivienda alquilada

La razón más habitual: la existencia de desperfectos en la propiedad. Si se ha roto algún elemento, un mueble, una persiana, un electrodoméstico… Cualquier daño que no existiera antes del contrato de alquiler podría provocar la pérdida de una parte o de la totalidad de la fianza.

Por este motivo, es muy aconsejable que el contrato de alquiler incluya un inventario fotográfico de la vivienda que detalle el estado de inmueble antes del alquiler: muebles, electrodomésticos, pintura… Cabe destacar que la reclamación de los daños por desperfectos tiene su fundamento en los artículos 1555 y 1556 del Código Civil.

Es muy aconsejable que el contrato de alquiler incluya un inventario fotográfico de la vivienda

Cuando finaliza el arrendamiento, lo primero que se realiza es la inspección del inmueble. En el momento de la entrega de la vivienda, es recomendable que tanto el propietario como el inquilino realicen fotos o vídeos de su estado para que quede correctamente registrado y no haya malentendidos ni sorpresas.

2. Perder la fianza por realizar obras sin permiso en el piso de alquiler

Realizar cambios en el inmueble sin el consentimiento previo del casero por escrito es otro de los motivos por los que este podría no devolver la fianza, ya que no se entregó el inmueble tal y como se alquiló. Cambiar el suelo, los muebles, hacer reformas en el baño o en la cocina… Incluso, pintar la casa de un color distinto al que había antes puede ser un motivo de no devolución de la fianza.

3. Perder la fianza por impago de la renta

La mayoría de contratos de arrendamiento incluyen una cláusula que especifica que si el inquilino tiene mensualidades pendientes de pago cuando finaliza el contrato, el casero podrá justificar la no devolución de la fianza del alquiler.

Eso sí, la fianza no debería usarse para compensar las mensualidades impagadas. En algunos casos, existen inquilinos que pagan el alquiler con la fianza, es decir, se paga la última mensualidad para que el casero se lo reste de la fianza, una práctica que no debería realizarse. ¿El motivo? Si no hay desperfectos, el propietario puede cobrarse la última mensualidad de la fianza entregada, pero en el caso de que sí las haya, este podrá reclamar judicialmente la renta al inquilino.

Si existen deudas pendientes al finalizar el contrato, el propietario puede quedarse la fianza

4. Perder la fianza por devolver la vivienda alquilada sin mantenimiento

Entregar la vivienda en buen estado es imprescindible, por lo que si esta está sucia o necesita de labores de mantenimiento y se necesitara el dinero de la fianza para devolverla a su estado original, el propietario podría no devolver la fianza.

5. Perder la fianza por cancelar el contrato antes de tiempo

Según indica el artículo 11 de la Ley de Arrendamiento Urbanos: “El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización”.

Por lo tanto, si así se ha pactado en el contrato de alquiler, el casero podrá no devolver la fianza si el inquilino abandona la vivienda antes de la fecha establecida.

¿Qué hacer si la vivienda está en buen estado pero no devuelven la fianza?

El propietario nunca puede quedarse por su cuenta la parte que considere de la fianza. Cualquier indemnización debe justificarse mediante pruebas (facturas o recibos de los gastos para abonar los desperfectos o el impago de la renta).

Si, una vez finalizado el contrato, el inmueble se encuentra en buen estado y no hay deudas, el propietario deberá solicitar al organismo correspondiente el reingreso de la fianza y abonársela al inquilino, en un plazo de hasta un mes tras de la devolución de las llaves. Si la devolución se demora, el arrendatario podría reclamar el importe más el interés legal devengado (art. 36.4 de la LAU).

En definitiva, el propietario de tu vivienda alquilada podría no devolverte la fianza si:

  1. Existen daños en la vivienda (muebles, electrodomésticos, etc.)
  2. Has realizado obras en el inmueble sin permiso
  3. Hay mensualidades pendientes de pago
  4. Has devuelto la vivienda sucia o con falta de mantenimiento
  5. Abandonas la vivienda antes de lo pactado por contrato

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Esther Calahorro Cedó
10 años

muy interesante!

JOSE
1 año

Pues el día que sale el inquilino accede, si puedes, a los contadores de luz, gas y agua y toma la lectura. Después en una hoja de excel regularizas los consumos de luz, gas y agua tomando como base los últimos recibos de cada cosa y el resultado de la suma se lo descuentas de la fianza.

Encarna
10 años

Y si quedan pendientes consumos de luz, agua etc, como se pueden cobrar si el inquilino ha finalizado su contrato y los recibos llegan a mes vencido?

Joan Petit
10 años
Responder a  Encarna

los recibos de dichos servicios deberían estar a nombre del inquilino y cuando se marcha avisar a dichas compañías para que cambien el nombre de contrato. así estas protegido

Pedro
1 año
Responder a  Encarna

Eso como te vas a enterar después de meses que las compañías hagan las facturas a lecturas.reales te lo comes con patatas. Así es la ley.

Gabriel Stefan
1 año
Responder a  Encarna

El inquilino en día de hoy puede tener la factura de luz en su nombre .

Yo no alquilo mas
5 meses
Responder a  Gabriel Stefan

Si la lectura del gas no es automática, y tienes lecturas estimadas, la diferencia te la comes, aún notificando lecturas al cambio de contrato.
Además, algunos ayuntamientos hacen responsable del consumo de agua al propietario del inmueble, por lo que si no paga el inquilino, este se va de rositas…. Y así un largo etc…

Los seguros de impagos, otra gran estafa, llevo más de 16 meses peleando y con 6 meses con sentencia en firme y sin cobrar.

La legislación no está a favor del propietario. Yo ya no alquilo, porque me he cansado de pagar todas las rondas.

Rosa
4 meses
Responder a  Gabriel Stefan

Pero las facturas por consumo vienen con efecto retroactivo. Luego aunque esté a nombre del inquilino, siempre las últimas facturas de luz y no digamos la de gas que es bimensual, quedan sin saber cual es el importe.

David Virgili
10 años

Me encanta leeros, un post interesantíisimo, siempre hay lagunas para mi en estos contratos

Una duda, ¿lo mismo pasa con locales comerciales y negocios o solo vivienda?

Juan
10 años

si me voy a los 8 meses, y no hay ninguna clausula de indemnizacion…
he avisado dos meses antes que me voy y el contrato es posterioir a junio del 2013, me tienen que devolver la fianza no?

Jose
10 años

Respecto deudas de agua o electricidad inquilino,de las que es titular,el casero antes de rescindir contrato debe enterarse de la deuda y hacer que inquilino dé de baja el contrato de electricidad pues muchas compañias electricas no admiten dar de baja a quien no sea titular y respecto del agua enterarse tambien para que pague antes de rescindir contrato pues si no,los administradores de comunidades endosan dicha deuda al casero por ser propietario.

Miguel Angel Pineda Cruz
10 años
Responder a  Jose

Lo normal es que todos los suministros se pongan a nombre del inquilino el día que entra. Los recibos de comunidad los paga el casero y sino lo metes en la cuota del alquiler. Cuando el inquilino deja tu inmueble lo que se suele hacer es ir a las compañías para poner de nuevo los suministros a tu nombre y ellas mismas toman medidas para facturar la parte que corresponda al inquilino.

Pedro
1 año

Y si deja deuda no te preocupes que la compañía ya se encarga que el casero pague la deuda para dar un alta nueva. Se las saben todas. Por estar a nombre del inquilino no dan alta si hay deuda porque el suministro lo dan a la vivienda no al inquilino ser humano. Por eso que al dar un alta existiendo deuda de otro te dicen que pagues la deuda si quieres el alta. Todo se ve muy bonito en papel pero la realidad es diferente.

Rosa
4 meses

Miguel Angel Pineda Cruz, no es así. Las compañias suministradoras no toman medidas para facturas la parte del inquilino. Opinar por favor, con más propiedad.

ampavb
10 años

si al inquilino se le estropea un electrodomestico como por ejemplo lavadora etc. quien debe poner un a nueva si no hay arreglo¿?

Trinidad
5 meses
Responder a  ampavb

Según el tiempo que tenga la lavadora, puede ser muy vieja y ponerla el propietario como hice yo si no pactar comprarla a medias, es mi consejo

Xia
10 años

Si el contrato está a nombre del propietario, puedes saber el gasto antes de la rescisión del contrato, entrando en la página web del suministrador, allí encontrarás un simulador que te dirá lo que deben pagar por el consumo realizado.

julio pintos
10 años

hola,yo soy nuevo,y me gustaria exponeros algo k para mi me supone un problemon,mi casero cuando entramos a vivir nos dijo k nos kambiaba las ventanas y que iva a ir arreglando desperfectos ya que la casa en si se encuentra con enumerables desperfectos,nosotros debido a nuestra avanzada situacion a tener que acceder a kualkier piso de kualkier modo porke estavamos en la kalle con una chikilla lo aceptamos,paso el tiempo,y no nos a reparao nada,las cosas que ya estavan fastidiadas evidente que ahora mas por desgaste me pone dos ventanas de cinco 5 meses mas tarde de lo acordao y por meterle presion,se fastidio el pozao y nos chantajeo,y llevo seis meses para hablar con el y no pone en contacto conmigo,me esta haciendo pasarla kanutas la casa entra frio por todos laos,humedades,ventanas con agujeros,enchufes lamparas,etc que no funcionan grifos que pierden agua,instalaciones electricas deficiente,llegando a crear unos consumos desorvitaos,y me kiero ir a otro piso para colmo este hombre es comnocido y no suelke devolver fanzas ni nada algo k para entrar yo a otro piso seria muy importante,enfin si alguien me podria ayudar o asesorar me gustaria denunciarle y pedirle daños y perrjuicios por las fatigas que esta haciendo pasar ami familia ami entre ellos

María
1 año
Responder a  julio pintos

Me pasa lo mismo que a ti. Cumplo todos los meses con el pago pero él no hace ni caso. Y luego somos los inquilinos los que no cumplimos.

GARÓN ABOGADOS
9 años

Buen post!

Hemos tomado nota de este artículo de Fotocasa para poder darle forma a las mismas desde un punto de vista jurídico.

Os dejamos un enlace a una entrada en nuestro blog acerca de si ¿PROCEDE LA DEVOLUCIÓN DE LA RENTA DEL ALQUILER CUANDO HAY DESPERFECTOS? http://www.garonabogados.es/devolucion-fianza-alquiler-desperfectos-contrato-arrendamiento-madrid/

Confiamos sea de vuestro agrado, y para cualquier aclaración no duden en contactarnos.

Encantados de visitarles!

Garón Abogados.
http://www.garonabogados.es

Jose
2 años

Buenos días, en mi caso el arrendatario no atendió la necesidad de dejar entrar a los reparadores de ir tenían que cambiar todo el parket de la vivienda y marcos de las puertas por una fuga de agua, ahora se han ido de la vivienda y voy a tener que estar 2 meses sin poder alquilar la vivienda ya que ahora el seguro no tiene el material para la reforma. En este caso puedo quedarme la fianza para compensar estos dos meses que estará la vivienda cerrada ya que ellos en su día no dejaron acceder a los reparadores?

Roberto
2 años

Hola. Mi inquilino se va antes de tiempo, se va a fines de junio y no cumple con los 30 días de anticipación. Me ha avisado ayer 21 de junio. Su fianza es de 370e. Qué debo hacer y cuánto debería regresarle ?

Carmen
2 años

me gustaría saber si pueden quedarse la fianza porque los dueños quieren cambiar el colchón. Afirman que está en muy mal estado, pero en la entrega de llaves no se dijo nada y no he sido la única inquilina de ese piso, cuando yo llegue ya estaba muy usado.
¿como se puede reclamar la fianza?

Silvia
2 años

Buenos días! Puedo quedarme con la fianza si el inquilino paga pero no se va? Si el contrato termino, se le aviso tres meses antes dejé a la inmobiliaria porque en principio se lo iba a quedar el en vista de que no lo puse en venta las pocas visitas que me admitió me las fastidio ya que lo enseñaba el, como necesito venderlo le envie otro aviso diciéndole que en un mes debía dejar la casa que había un comprador ahora me dice por escrito ( me escribe cuando le viene bien) que se va en 3 meses yo perdí al comprador . Tengo algun derecho?

Elena
1 año

Hola en 6 días hago 15 días viviendo en un piso que alquile, ahora por motivos de irme a uno donde me aceptan otras condiciones, será posible que me devuelvan la fianza siendo reciéntemente alquilado

Ignacio
1 año

Buenas noches. Me están reclamando la devolución de la fianza por el alquiler de un apartamento. El contrato estipula que la duración será de un año. La arrendataria ha estado 8 meses. En el contrato firmado por la inquilina se especifica que si abandona el inmueble antes del año no se devolverá la fianza. Me que quedado dudando y no se si tengo que devolverle lo que se me exige. Gracias. Buenas noches

Roberto
11 meses
Responder a  Ignacio

Si el equilino lleva 8 meses y te avisa con treinta días anticipado debes darle la fianza aunque el contrato sea de un año a pasado más de seis meses y te lo dijera antes de seis meses no le tenías que dar nada

Gabriel Stefan
1 año

Y que hace el inquilino si el propietario no quiere devolver la fianza mintiendo que hay una cosa estropeada en la propiedad o que falta algo?……cada vez el propietario se afora más y el inquilino es el perdedor, ejemplo: porque tiene que devolver la fianza el propietario en un mes y porque no está obligado después de revisar el piso devolver al inquilino la fianza en el momento que el inquilino le da la llave?.por esto tiene que existir una institución que cuida de la fianza y de los derechos de las dos partes……..

Rosa
4 meses
Responder a  Gabriel Stefan

Existe esa institución, y la devuelve pasado un mes. Por ello el propietario tiene un mes para hacer la devolución y restar las facturas posteriores a la marcha del inquilino y que ha consumido el inquilino.
Por cierto el propietario ahora es el perdedor por eso han tan pocos pisos disponibles, no interesa sacarlos al mercado ya que puedes tener personas inquilinas que no hacen buen uso. Esto años atrás, no pasaba. Las cosas han empeorado

Mario
1 año

Puedo retener la fianza si el inquilino dio de baja a los subministros antes de irse perdiendo yo dinero y dos sembas de alquiler del siguiente inquilino?

Lucia
1 año

Buenas tengo una duda a ver si alguien me puede ayudar porque me encuentro en una situación un poco desesperante, si en el contrato no pone nada de los 6 meses obligatorios para dar la fianza, y nos hemos ido del piso justo al iniciar el contrato, yo estuve 3 días y mi compañera 1 semana, podríamos recuperar la fianza?

Selene
1 año

Buenas tardes, mi inquilina dejó la vivienda extremadamente sucia, con desperfectos en paredes, electrodomésticos dañados que incluso algunos, han tenido que ser sustituidos. Por este motivo le he comunicado que no le será reembolsada la fianza, que se queda corta además y ha decidido denunciarme y llevarme a los Tribunales. No para de enviarme audios insultando y profiriendo injurias y amenazas. Ya no sé cómo actuar. Gracias

Dani.
1 año

Buenas noches;
Voy a dejar el piso donde estoy de alquiler, deje una fianza de 1.500 € y otros 1500 € de fianza voluntaria  en concepto de Electrodomésticos y mobiliario.
Tengo muy serias dudas de que me vaya a devolver la fianza ya que he comprobado que no esta depositada en INCASOL, por detalles durante estos dos años con » chanchullos» con los seguros que he visto y porque he contactado con los anteriores inquilinos y me han dicho que acabaron mal con el  nos le devolvió la fianza a pesar de dejar el piso bien.
Mi duda es… que opciones tengo para recuperar los 1500 € sin tener que arriesgarme y posteriormente meterme en denuncias… dado que mi intención es irme en unos 3 meses.
He pensado en notificar dejar la vivienda con 2 meses de antelación y que se cobre un mes con la fianza voluntaria y el último con la fianza que no ha depositado en INCASOL.
Muchas gracias y un saludo.

Gaizka
5 meses

¿Cuándo aprenderán que el ‘Barrio Salamanca’ NO existe? Se pueden referir a los barrios que comprende el DISTRITO Salamanca (Recoletos, Goya, Fuente del Berro, Guindalera, Lista y Castellana), NO al ‘Barrio Salamanca’ ya que es una invención suya (El uso del nombre les permite una mejor comercialización de zonas NO tan exclusivas como los barrios más céntricos del distrito ¿verdad?). Y de paso, ya que se dedican a vender alojamientos de alto Precio, sugieran a sus clientes, que se vayan a los hospitales privados. Dejen la sanidad pública para las que aportamos al sistema público de salud, y no para las capas extractivas de latinoamericanos y otros países.

rosa
3 meses

se ha ido la inquilina y me ha dejado sin mueble del comedor con vitrinas muble escritorio con estanterias mesa i sillas se lo puedo descontar de la fianza? estaban inventariados en el contrato