Casa o xalet amb terrassa a Centro
Centro, Jerez de la Frontera
- 6 habs·
- 3 banys·
- 950 m²·
- Pàrquing·
- Terrassa·
- Traster
- Més de 3 mesos
¡Te presentamos en exclusiva esta maravillosa casa-palacio en pleno corazón de Jerez, con impresionantes vistas a San Miguel! Con una superficie total de 950 metros cuadrados, esta propiedad se distribuye en dos plantas y una entreplanta, ofreciendo un pecado En la planta baja encontrará un amplio garaje con capacidad para varios coches, un gran patio, una bodega y espacios adicionales que pueden transformarse en apartamentos, más garaje o lo que desee. En la planta superior, disfrutarás de una hermosa vivienda que consta de una cocina con patio, tres dormitorios independientes, cada uno con su baño completo y más espacio. La entreplanta alberga un ático con un gran salón, salida a la terraza, una cocina muy amplia y un dormitorio con baño en suite. Esta casa es ideal como inversión turística o para varias familias que deseen convivir bajo un mismo techo, con la privacidad que cada uno necesita. Si lo que buscas es una propiedad con un gran potencial, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. ¡Esta es tu oportunidad! Gastos e Impuestos NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026. Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad. En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación. El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%. Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la formalización del contrato.
