Pis a Carrer de Còrsega, 211, L'Antiga Esquerra de l'Eixample
L'Antiga Esquerra de l'Eixample, Barcelona
Magnífico piso alto, muy luminoso, situado en una elegante finca regia construida en 1928, que conserva el encanto de la arquitectura clásica combinado con las comodidades actuales. La vivienda dispone de salón-comedor con salida a una agradable galería cubierta, cocina independiente, dos dormitorios (uno doble y uno individual, más una tercera estancia que podria ser vestidor o despacho), un cuarto de baño y un aseo. Además, cuenta con carpintería exterior de aluminio, aire acondicionado y calefacción, ofreciendo confort durante todo el año. Su ubicación es inmejorable: a tan solo 2 minutos del Hospital Clínic y 5 minutos del Mercado del Ninot, en una zona céntrica y perfectamente comunicada mediante diversas líneas de transporte público. Además, está rodeada de colegios, comercios, supermercados, restaurantes y todos los servicios necesarios para el día a día. Una vivienda con mucha luz, carácter y una ubicación privilegiada. ¡No deje pasar esta oportunidad y solicite una visita! Aicat número 4236. Api nº A10599 Etiqueta XMMLZB*** Cédula vigente. 68,10m² útiles Zona tensa: Si. Gran Tenedor: No. El precio no incluye los impuestos, ni los gastos (de notaría, registro y gestoría). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del TRLDCU: IMPUESTOS A CARGO DEL COMPRADOR: En el caso de IVA al tipo vigente (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) En el caso de ITP sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando en función de las condiciones del comprador, todo ello de acuerdo con (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) NOTARIA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría y el registro (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente) HONORARIOS PROFESIONALES DE LA AGENCIA INMOBILIARIA: No cobramos honorarios al comprador. EN EL CASO DE PRECISAR FINANCIACIÓN BANCARIA: El importe de los gastos adicionales deberán ser consensuados con la entidad financiera.
- 2 habs·
- 2 banys·
- 80 m²·
- 6ª Planta
