Estudi a Centre
Centre, Sitges
¡Descubre este espectacular estudio reformado ubicado en el centro de Sitges! 🏙️ Encantador estudio perfecto para disfrutar del encanto mediterráneo. 🌊 Listo para entrar a vivir, dispone de una sala diáfana con cocina independiente y una cogedora chimena con sus vigas de mandera. 🪵 La joya del hogar es su impresionante terraza privada de 50 m2, ideal para relajarse o compartir momentos inolvidables al aire libre ☀️. Este acogedor espacio cuenta con dos habitaciones que ofrecen versatilidad y confort 🌟, además un baño totalmente equipado 🚿. Aprovecha la oportunidad única de vivir cerca del mar y experimentar lo mejor que ofrece la ciudad costera más deseada por todos 🔑. INFORMACIÓN ADICIONAL: En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado NO INCLUYE los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación: • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Cataluña (Valor del Inmueble hasta 600.000€ = 10% (15.000€) , de 600.001€ a 900.000€ = 11%, de 900.000€ a 1.500.000€ = 12%, más de 1.500.000€ = 13%), sin perjuicio de los tipos reducidos del 5%, y el 7%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Cataluña, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria de la Agencia Tributaria Catalana, en el siguiente enlace: https://atc.gencat.cat/es/tributs/itpajd/tpo/tarifes-tipus/ • Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. • Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. • Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral, según las tarifas del profesional interviniente. Los gastos derivados de la compraventa (Notaría, Registro de la Propiedad y Gestoría), se estiman orientativamente entre el 1% y el 3% del precio de venta, en función de los aranceles oficiales y el profesional elegido. • Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.
- 1 hab·
- 1 bany·
- 34 m²·
- 3ª Planta