¿En qué consiste esta ayuda al alquiler?
La cantidad de dinero que se puede recibir y por cuánto tiempo variará en función de varios factores, principalmente de la situación económica del solicitante (unidad de convivencia) y del importe de la renta que se paga.
Se trata de dos líneas de actuación destinadas a facilitar el pago del 50% de la renta, durante el periodo subvencionable del 1 de enero al 31 de diciembre, con un máximo de entre 600 y 900 euros mensuales en el caso de arrendar un inmueble o de 300 y 450 euros para aquellos que opten por una habitación en un piso compartido.
| Por ejemplo: si alquilamos una habitación por 300 euros en Madrid, con esta ayuda podremos obtener 150 euros por cada mes que hemos alquilado en 2025. Así, si hemos alquilado desde enero, recibiremos 12 mensualidades de 150 euros, lo que equivale a 1.800 euros. |
¿Hasta cuándo se podrá solicitar?
Se ha abierto la convocatoria para solicitar esta ayuda desde el 4 de noviembre hasta el 15 de diciembre de 2025, de acuerdo con lo comunicado desde la Comunidad de Madrid.
¿Quién puede solicitar la ayuda al alquiler en la Comunidad de Madrid?
Esta nueva convocatoria de ayudas al alquiler está diseñada para ofrecer un soporte económico a aquellos colectivos que, por su situación, necesitan una ayuda extra para afrontar los costes de la renta. Es fundamental cumplir con los requisitos específicos que se establecen para cada grupo.
- La ayuda está destinada a los siguientes perfiles:
- Familias numerosas
- Familias monoparentales con cargas familiares
- Unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de violencia de género
- Unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de terrorismo
- Unidades de convivencia que cuenten con algún miembro con discapacidad
- Unidades de convivencia con todos los miembros en situación de desempleo que hayan agotado prestaciones
- Unidades de convivencia con todos sus miembros mayores de 65 años
- Programa de Personas Jóvenes
- Unidades de convivencia cuyos inquilinos tengan menos de 35 años en el momento de la solicitud
- Tener DNI o NIE
- Ser titular o cotitular de un contrato de alquiler
- No ser propietario de una vivienda
- Que la vivienda alquilada sea nuestra residencia habitual
- Que la vivienda no supere los siguientes costes mensuales:
- Vivienda completa 600 euros/mes
- Hasta 900 euros en caso de familias o en ciertos municipios (encontrarás la lista más adelante)
- Piso compartido 300 euros/mes
- Hasta 450€ en caso de familias o en ciertos municipios (encontrarás la lista más adelante)
- Ingresos máximos de 3 veces el IPREM aunque podrían variar hasta 5 veces el IPREM según nuestro perfil
Documentos necesarios para acceder a la ayuda al alquiler de Madrid
Es vital que todos los documentos estén vigentes y correctamente cumplimentados. Estos son los documentos requeridos por la Comunidad de Madrid:
- Documento de Identidad DNI o NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Copia del contrato de alquiler
- Justificantes de pago del alquiler desde enero a diciembre de 2025
- Declaración de la Renta
- Volante de empadronamiento de todos los miembros de la unidad de convivencia
La Consejería de Vivienda, Transportes e infraestructuras de la Comunidad de Madrid ha preparado un documento con toda la documentación necesaria para solicitar la ayuda, ya que también necesitaremos entregar algún documento específico según nuestro perfil.
¿Dónde solicitar la ayuda del pago del 50% del alquiler de la Comunidad de Madrid?
El proceso de solicitud suele ser lo más ágil posible, combinando opciones presenciales y telemáticas para facilitar el acceso a todos los ciudadanos.
La solicitud online es la manera más recomendada y ágil de presentar la documentación.
- Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid: deberás acceder a la web oficial y buscar el apartado de «Ayudas al alquiler».
- Para poder realizar el trámite online, es imprescindible disponer de un certificado digital o DNI electrónico
- Una vez cumplimentado el formulario de solicitud que te aparece y adjuntada toda la documentación digitalizada, se presenta la solicitud a través del Registro Electrónico.
Para aquellos que no dispongan de certificado digital o prefieran el trato directo, existe la opción de presentar la solicitud presencial.
- En los Registros de la Comunidad de Madrid, o en cualquiera de las oficinas habilitadas para este fin.
Recuerda que deberás solicitar cita previa para evitar aglomeraciones y optimizar la atención. Además, deberás llevar el formulario de solicitud cumplimentado e impreso a la oficina.
Para agilizar los trámites es recomendable tener toda la documentación preparada (fotocopiada o escaneada según cómo prefiramos solicitar la ayuda) para poder realizar la solicitud en noviembre en cuanto abran la convocatoria.
Municipios de Madrid donde la ayuda es para alquileres de hasta 900 euros
Desde la Comunidad de Madrid indican que esta ayuda al alquiler para pagar hasta el 50% de la renta será para viviendas de hasta 900 euros (o hasta 450 euros si alquilamos habitación) si el alquiler es en algunos de los siguientes municipios:
Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Algete, Alpedrete, Aranjuez, Arganda del Rey, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, El Boalo, Brunete, Camarma de Esteruelas, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Villalba, Colmenar Viejo, Colmenarejo, Coslada, Daganzo de Arriba, El Escorial, Fuenlabrada, Fuente el Saz de Jarama, Galapagar, Getafe, Guadarrama, Humanes de Madrid, Leganés, Madrid, Majadahonda, Mejorada del Campo, Moraleja de Enmedio, Moralzarzal, Móstoles, Navalcarnero, Paracuellos de Jarama, Parla, Pinto, Pozuelo de Alarcón, Rivas-Vaciamadrid, Las Rozas de Madrid, San Agustín del Guadalix, San Fernando de Henares, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de la Vega, San Sebastián de los Reyes, Soto del Real, Torrejón de Ardoz, Torrelodones, Tres Cantos, Valdemoro, Velilla de San Antonio, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo y Villaviciosa de Odón.