Cuando se produce el fallecimiento de una persona que nos deja un bien inmueble en herencia debemos liquidar dos impuestos:
- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, en adelante plusvalía municipal que es como se conoce comúnmente.
- Impuesto sobre sucesiones y donaciones en la modalidad de sucesiones.
Ojo con la declaración de la renta, pues no se declara la herencia sino lo que se ha rentabilizado del patrimonio heredado.
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía municipal)
Comenzaremos con la plusvalía municipal, que es un impuesto en la actualidad controvertido por diversas sentencias que se han publicado al respecto, en cuanto a si ha habido pérdidas o no, pero que actualmente ha de ser satisfecho y que se paga en el ayuntamiento de la localidad en la que esté situada la casa, en un plazo máximo de 6 meses desde que se produce el fallecimiento.
La base del impuesto está constituida por el valor catastral del suelo al que se le multiplica por el número de años que hayan transcurrido desde la anterior transmisión, y por un coeficiente que establece la ordenanza municipal que regula el impuesto en este ayuntamiento y por un tipo impositivo que también viene establecido en la ordenanza municipal, y que en ningún caso podrá ser superior al 30%. Aquí os detallamos como calcular la plusvalía con ejemplos.
El periodo mínimo de generación de la plusvalía municipal es de un año y el máximo es de 20 años.
¿Qué pasa si no puedo pagar la plusvalía al heredar una casa?
En caso de que el resultado sea una cuantía a la que no podemos hacer frente, se puede solicitar un fraccionamiento de pago que normalmente suelen conceder, pero que OJO porque lleva aparejados intereses de demora.
Recomendamos que cuándo se tenga que hacer frente a este impuesto se acuda a un especialista para ver si nos encontramos en un escenario en el que pueda recurrirse y así tener la posibilidad de que nos devuelvan lo satisfecho más intereses de demora, para lo cual habrá que estudiar de manera individualizada la situación.

Impuesto sobre sucesiones y donaciones en la herencia de una casa
Y en segundo lugar, nos encontramos con el impuesto sobre sucesiones, antes conocido como “los derechos reales”, impuesto que se liquida en la comunidad autónoma de residencia de la persona fallecida, esto es, en el lugar en el que haya permanecido un mayor número de días dentro de los últimos cinco años anteriores al fallecimiento.
Plazo para hacer frente a los derechos reales tras el fallecimiento
El plazo para realizar el impuesto es de 6 meses desde que se produce el fallecimiento y se paga en base al valor fiscal que tenga el inmueble en el momento del fallecimiento.
El valor fiscal de un bien inmueble, es el valor que asigna la Consejería de Economía y Hacienda de la comunidad autónoma en la que esté situado el inmueble, y es el valor que hemos de poner a la hora de realizar el impuesto sobre sucesiones, salvo raras excepciones que puedan producirse porque el inmueble no se corresponda con la valoración asignada, en cuyo caso tendremos que contratar los servicios de un perito, que tase el inmueble y le asigne un valor correcto.
Prórroga del impuesto
Aunque el plazo para liquidar el impuesto sobre sucesiones es de 6 meses, en caso de que veamos que no nos va a dar tiempo a realizarlo, podemos solicitar una prórroga del impuesto dentro de los cinco primeros meses desde el fallecimiento y se suele conceder por otros 6 meses más, aunque conlleva intereses de demora.
En la actualidad este impuesto entre padres e hijos, y cónyuges suele estar bastante bonificado por lo que se suele pagar poco por este concepto, pero hay que estudiar cada caso de forma concreta. Además, hay reducciones si se trata de la vivienda habitual del causante (fallecido), por lo que nuevamente se recomienda ponerse en manos de un especialista para aplicar las reducciones o bonificaciones que sean posibles y así pagar lo debido.
Este impuesto es estatal, pero cedido a las comunidades autónomas que han introducido modificaciones. En la actualidad vuelve a estar cuestionado, ya que pretenden que esté más armonizado y no haya tantas desigualdades en las distintas comunidades.
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