Separaciones, herencias, cambios de vida, nuevas parejas, mudanzas laborales… Las viviendas compartidas no siempre lo son para siempre. Cuando dos o más personas dejan de querer ser copropietarias de un inmueble, existe una vía legal mucho más sencilla —y a menudo más barata— que vender: la extinción de condominio. Es una figura jurídica clásica que, bien gestionada, evita conflictos, impuestos innecesarios y procesos judiciales largos. Pero también es un terreno lleno de dudas: ¿quién se queda la casa?, ¿hay que pagar ITP?, ¿qué pasa con la hipoteca? Tranquilidad: en Fotocasa te lo aclaramos todo, paso a paso.
¿Qué es la extinción de condominio y cuándo se aplica?
La extinción de condominio es el proceso legal mediante el cual desaparece una situación de copropiedad. Es decir, cuando una vivienda pertenece a varias personas y pasa a ser de una sola (o se reparte de forma distinta).
El concepto nace del Código Civil español, que reconoce el derecho de cualquier copropietario a dejar de serlo. Nadie está obligado a permanecer en una comunidad de bienes de forma indefinida.
Se aplica sobre todo en estos escenarios:
- Divorcios o rupturas de pareja con vivienda en común
- Herencias donde varios herederos comparten inmueble
- Compra conjunta entre familiares o amigos
- Disolución de sociedades patrimoniales
A diferencia de una compraventa, aquí no se transmite una propiedad “nueva”, sino que se reorganiza la existente.
¿Quién puede hacer una extinción de condominio?
Cualquier persona que figure como copropietaria en escritura —independientemente de su porcentaje— puede promover la extinción de condominio.
Tipos de extinción de condominio según la forma de adjudicación
- Adjudicación a un solo copropietario con compensación económica
- Venta del bien a un tercero y reparto del dinero
- División material (solo si el inmueble es físicamente divisible, poco habitual en viviendas)








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