Heredar una vivienda libre de cargas supone un incremento patrimonial sustancioso. Se puede sacar rentabilidad al vender la vivienda o alquilarla o, simplemente, disfrutar de ella como residencia habitual. Sea cual sea la decisión final, una herencia de este tipo está sujeta a ciertos trámites y papeleos.
Una de las primeras cosas que habrá que tener en cuenta será la conveniencia de registrar la vivienda a nuestro nombre. Esta sencilla acción facilitará la tramitación de la herencia de los próximos herederos o la venta de la vivienda, ya que comprar una casa que no está registrada no es una operación atractiva para los posibles compradores al tener que asumir ciertos riesgos.
¿Es obligatorio registrar una propiedad heredada?
Inscribir una vivienda heredada en el registro de la propiedad no es una acción obligatoria en España, pero es recomendable hacerlo, sobre todo si estamos pensando en venderla. Este trámite puede facilitar mucho la compraventa del inmueble y, además, aporta seguridad jurídica a los herederos. En definitiva, puede evitar muchos quebraderos de cabeza en el futuro.
Aunque es posible realizar la venta sin el registro previo, es posible que muchos compradores potenciales descarten ese inmueble, ya que no podrán comprobar que la casa pertenece de forma efectiva y legal a la persona que se la está vendiendo. Este no es el único motivo por el que esa propiedad no resulta atractiva para los compradores, si alguien decide arriesgarse tendrá que asumir ciertos riesgos:
- No podrá solicitar un préstamo hipotecario si la vivienda no está registrada, ya que este es un requisito obligatorio para que el banco conceda la hipoteca.
- No podrá verificar que la vivienda respeta la normativa municipal, lo que puede suponer que más adelante tenga que afrontar grandes reformas y gastos que no esperaba.
- Tampoco podrá asegurarse de que el inmueble está libre de cargas.
Sin embargo, las desventajas de no inscribir la vivienda heredada en el registro de la propiedad también pueden afectar al vendedor. En el hipotético caso de que encuentre un comprador que asuma los riesgos, le entregue el dinero y ocupe la vivienda, tendrá que seguir respondiendo ante cualquier daño y perjuicio.







Done a mi hijo una vivienda que me dono mi marido hace quince años, mi hijo quiere venderla pero ninguno la registro, presente toda la documentación necesaria pero me pidieron un papel del oral y lo presente al día siguiente me dijeron que ya estaba todo listo ya hace 15 días de esto pero me dicen que son 15 días hábiles, ka cosa va para dos meses y sigo esperando dicen que esta dentro de plazo , casa vendida y estamos 3 familias viviendo una pesadilla sin saber nada . Muchas gracias.
Buenas noches, hemos dado un señal para una vivienda y al firmar el contrato de Arras no dicen que la casa no está inscrita en el registro de la propiedad con la consecuencia de que no puede pasar el tasador, que tardarían entre un mes y medio a dos, hace más de dos meses y medio y la agencia nos dicen que aún no está hecho, no sabemos qué hacer ya que nos pone en el contrato que hasta el 15 de noviembre se podía alargar , ¿alguien le a sucede este problema? No sabemos si nos están engañando. Un saludos y gracias de antemano