Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO): qué es, cómo se calcula y cómo pagarlo

Toda la información necesaria para saberlo todo acerca de este tributo que afecta a las actuaciones como obras y reformes

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Cuando iniciamos una obra en nuestra vivienda, independientemente del tamaño, no solo debemos pensar en presupuestos, licencias y materiales. También, debemos tener en cuenta un tributo municipal llamado Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

Este impuesto está presente en prácticamente todos los municipios de España. Se aplica a las obras o reformas en edificios y en proyectos de urbanización y puede suponer un porcentaje relevante del coste total del proyecto. 

Desde Fotocasa, explicamos qué es el ICIO, cómo se calcula y en qué casos estamos obligados a pagarlo.

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¿Qué es el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)?

El ICIO es un tributo de carácter municipal, es decir, lo gestionan y recaudan los ayuntamientos. Grava la realización de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija una licencia urbanística, con independencia de si finalmente se ha solicitado o no.

La normativa general está regulada en los artículos 100 a 103 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pero cada Ayuntamiento tiene su propia ordenanza fiscal donde concreta los detalles: porcentaje a aplicar, bonificaciones, plazos y posibles exenciones.

¿El ICIO es un impuesto directo o indirecto?

Aunque pueda parecer que tiene similitudes con el IVA, el ICIO es un impuesto indirecto, de carácter real y municipal. Es decir:

  • Indirecto, porque grava un acto, no una renta.
  • Real, porque no depende de nuestras condiciones personales.
  • Municipal, porque lo gestiona cada Ayuntamiento de forma autónoma.

Esto se debe a que no grava la renta o el patrimonio del contribuyente (como lo haría un impuesto directo), sino un acto de consumo o gasto, en este caso, la ejecución de una obra.

Esta clasificación nos ayuda a entender por qué no aparece en la declaración de la renta y por qué varía de un municipio a otro.

El ICIO es un tributo municipal que grava la acción de construir o reformar un inmueble

¿Quién tiene que pagar el Impuesto ICIO y cuándo?

Quien tiene que pagar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es quien solicita la licencia urbanística o, si no la solicita, quien ejecute la obra

En la práctica, suele ser el propietario del inmueble, aunque en algunos casos puede recaer sobre la empresa constructora.

Conviene aclararlo desde el inicio del proyecto para evitar sorpresas. Muchos propietarios asumen que este impuesto correrá a cargo de la empresa, y al final se encuentran con una liquidación municipal inesperada.

¿Cómo se calcula el impuesto ICIO?

El ICIO se calcula sobre el coste real y efectivo de la obra. Cada Ayuntamiento fija un tipo impositivo, normalmente entre el 3% y el 4%, y lo aplica al presupuesto del proyecto.

No se incluyen en la base imponible elementos como el pago del IVA, los beneficios del contratista ni otros costes ajenos al valor material de la construcción.

En la práctica, el Ayuntamiento puede hacer una liquidación provisional en el momento de conceder la licencia, y más adelante realizar una liquidación definitiva, ajustando el importe según el coste real acreditado mediante facturas.

¿Qué construcciones están sujetas al ICIO?

En general, cualquier actuación que requiera licencia de obras está sujeta al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Eso incluye:

Incluso las obras menores pueden generar el devengo del impuesto, dependiendo del criterio del Ayuntamiento.

Si el proyecto necesita licencia urbanística, probablemente también se deba pagar el ICIO

¿Existen bonificaciones o exenciones en el pago del ICIO?

Sí, aunque dependen de cada municipio. Algunos Ayuntamientos ofrecen bonificaciones de entre el 30% y el 95% en los siguientes casos:

En ocasiones, también se aplica una exención total en obras promovidas por la Administración Pública o entidades sin ánimo de lucro.

Para beneficiarse de estas reducciones es imprescindible solicitar la bonificación antes de que el Ayuntamiento emita la liquidación, ya que en muchos casos no se aplican de forma automática.

¿Cuándo se paga el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras?

El impuesto se devenga en el momento en que se inician las obras, aunque la gestión habitual suele realizarse en dos fases:

  1. Liquidación provisional: cuando se solicita la licencia, con el presupuesto inicial como base.
  2. Liquidación definitiva: tras finalizar la obra, ajustada al coste real mediante facturas justificativas.

En algunos casos, si no se solicita la licencia, el Ayuntamiento puede iniciar un procedimiento sancionador y exigir el pago del impuesto igualmente.

¿Qué pasa si no pagamos el ICIO?

Ignorar el ICIO puede suponer problemas:

  • Intereses de demora por impago
  • Recargos e incluso sanciones
  • En algunos casos, paralización de las obras

Por eso, conviene tenerlo en cuenta desde el primer momento, incluirlo en el presupuesto total y asegurarse de que se abona en el momento adecuado.

El ICIO se paga al iniciar las obras, primero con una liquidación provisional y luego una definitiva. Ignorarlo puede generar sanciones o problemas con la obra

El ICIO se clasifica como un impuesto indirecto, de carácter real y municipal. Es decir:

  • Indirecto, porque grava un acto, no una renta.
  • Real, porque no depende de nuestras condiciones personales.
  • Municipal, porque lo gestiona cada Ayuntamiento de forma autónoma.

Esta clasificación nos ayuda a entender por qué no aparece en la declaración de la renta y por qué varía de un municipio a otro.

Aunque no siempre se le presta atención, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras puede afectar nuestro presupuesto cuando iniciamos una obra. Por lo que será conveniente acudir al ayuntamiento de nuestro municipio para consultar la ordenanza y tener toda la información clara para evitar problemas, y en su caso, solicitar las bonificaciones.

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