Los documentos que deberás pedir al presidente de la comunidad si vendes tu piso

Desde Fotocasa analizamos cuáles son los documentos necesarios para vender tu vivienda que te tendrá que facilitar el presidente de la comunidad

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¿Tienes pensado vender tu casa en los próximos meses? Entonces debes saber que para hacerlo necesitarás llevar a cabo una serie de trámites y solicitar varios documentos para poder hacerlo; de lo contrario la transacción no será posible.

Algunos de estos documentos deberás pedírselos ni más ni menos que al presidente de la comunidad de vecinos, que deberá facilitártelos lo antes posible para que la venta de tu vivienda pueda llevarse a cabo lo antes posible. Desde Fotocasa te contamos cuáles son y todo lo que debes saber al respecto.

¿Qué documentos nos tiene que facilitar el presidente de la comunidad para vender nuestra vivienda?

Los dos documentos que necesitamos para vender un piso y que nos deberá facilitar el presidente de la comunidad de vecinos son sólo dos:

  • El certificado de estar al corriente de pago con la comunidad
  • El certificado de Inspección Técnica del Edificio (ITE)
documentos para vender una casa

Certificado de estar al corriente de pago con la comunidad

Las deudas en las comunidades de propietarios son muy habituales y pueden interferir en la venta de nuestra vivienda, en el caso de que las tenga. Por ello, necesitaremos disponer de un certificado que demuestre que estamos al corriente de pago con la comunidad.

Recordemos que la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que todos los propietarios están obligados a pagar los gastos ordinarios de comunidad, dentro de los periodos establecidos. Por lo tanto, si nuestra vivienda tiene deudas en la comunidad, como propietarios hemos incumplido la ley.

Tener deudas con la comunidad puede interferir en la venta de nuestra vivienda, por lo que es recomendable estar al día en los pagos

Deberemos solicitar dicho certificado al presidente de la comunidad o, en su defecto, al administrador de fincas. Salvo algún problema, lo habitual es que en el plazo máximo de una semana nos hagan entrega de él.

Es gratuito; es decir, ni el presidente ni el administrador nos podrán pedir ningún tipo de remuneración a cambio.

Certificado de Inspección Técnica del Edificio (ITE)

Las Inspecciones Técnicas de Edificaciones (ITE), son controles que permiten determinar el estado de los edificios, para garantizar su seguridad y habitabilidad. Pasar estas inspecciones es obligatorio en el caso de las edificaciones de más de 45 años de antigüedad; es decir, en la mayoría de los casos.

Sin embargo, aunque la vivienda que queremos vender tenga menos de 45 años, también podremos solicitar el certificado de ITE, si lo consideramos necesario; y es que puede que los futuros compradores nos la pidan.

El Certificado de Inspección técnica del Edificio será necesario si nuestra vivienda tiene más de 45 años y cuesta unos 60 euros

Como en el caso anterior, deberemos pedir el certificado de ITE al presidente de la comunidad. De nuevo, si éste no nos lo pudiera facilitar, también tendremos la opción de recurrir al administrador de fincas e, incluso, al ayuntamiento de la localidad en la que se encuentre el inmueble.

No es gratuito: cuesta unos 60 euros y tarda en tramitarse, como máximo, un mes.

documentacion para vender una casa

¿Qué documentos extras podemos pedir al presidente de la comunidad para vender nuestra vivienda?

Existen otros documentos que, a pesar de no ser obligatorios a la hora de vender nuestra vivienda, puede que los futuros compradores los soliciten y que también será el presidente de la comunidad quien nos los tendrá que facilitar. Son:

  • Los estatutos de la comunidad de propietarios
  • Las últimas derramas aprobadas por la comunidad

Estatutos de la comunidad de propietarios

Los estatutos de la comunidad de vecinos son un conjunto de documentos en los que se recogen cuáles son los derechos y las obligaciones de todos los propietarios de las viviendas y locales pertenecientes a una comunidad.

Generalmente, lo que se incluye en ellos se decide en las juntas de propietarios y, como decimos, será el presidente de la comunidad o, en su defecto, el administrador de fincas quien nos los facilite.

Últimas derramas aprobadas por la comunidad

Las derramas son gastos extraordinarios que deben abonar los propietarios de una comunidad de vecinos, para subsanar algún tipo de mantenimiento o reparación del edificio, no previstos en los gastos ordinarios.

Si vendemos nuestra vivienda y existe alguna derrama pendiente estaremos obligados a notificarlo a los compradores, dado que éstos deberán pagar las cuotas, siempre que la fecha de ejecución de las obras y solicitud de pago de la derrama por parte de la comunidad sea posterior a la firma de compraventa.

De nuevo, será el presidente de la comunidad quien nos facilite toda la documentación al respecto.

documentacion vender vivienda

Estos son todos los documentos que deberemos pedir al presidente de la comunidad para poder vender nuestra vivienda con todas las garantías.

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Pilar Guardola
2 años

Estos documentos se piden al administrador de la finca, no al presidente de la comunidad

María del Mar
1 año
Responder a  Pilar Guardola

Correcto.Sólo al Presidente cuando éste realice las gestiones de administrador interno.Saludos

Marina
1 año

Estoy sorprendida. El certificado de estar al corriente de pago con la comunidad lo pedí al presidente, quien me remitió al administrador, y este me obligó a pagar 80 € por adelantado por enviarme el certificado. Además, tenía un saldo a mi favor de más de 1.000 € que no me quiso devolver. ¿En qué normativa puedo encontrar la confirmación de que lo que decís vosotros es lo correcto?

María del Mar
1 año
Responder a  Marina

He preguntado algo similar. Por favor, ayuda para quién nos lo pueda aclarar.

María del Mar
1 año

Buenas tardes. Vivo en una Comunidad de Propietarios en Las Palmas de Gran Canaria, la cual el Administrador externo de la misma cobra 30 euros al propietario por emitir un certificado de estar al corriente de toda deuda con la Comunidad.El artículo es correcto cuando dice que es gratuiíto o está desactualizado. Gracias.

andrés antonio .
5 meses

¿Tengo una pregunta ?

¿ Es sólo una obligación moral, una obligación de conciencia, o también existe Legislación que obligue a nuestro Administrador de Fincas a informar de que una de las viviendas de nuestro edificio HA SIDO OKUPADA por marroquíes, en el Documento que nuestro Administrador emite y firma nuestro presidente, cuando algún comunero quiere vender su propiedad, y con el que informa sobre su estado en el Pago de Cuotas, (y otros pormenores que pudiera haber), del propietario vendedor…? 

… El hecho es que nuestro Administrador tiene miedo  -dice-  y mucho, de las consecuencias que tendría, para él, el hecho no hacer mención ninguna sobre la presencia de esos OKUPAS . . .  y que más tarde el nuevo comprador, ya comunero, sufriera el efecto del comportamiento de esos invasores cuando ya sea tarde para él, es decir, después de haber comprado la vivienda …

        Nuestra pregunta es si existe alguna Ley vigente que Le obligue a dar esa información a la agencia inmobiliaria y al notario … como también proporciona otras, como, por ejemplo : si hay alguna Derrama prevista, o subidas de Cuota aprobadas, reformas, etc., con las que èl informa de las circunstancias presentes y futuras de la Comunidad.

 – – – Por favor ¿podrían informarnos?.

  Gratitud. 

Andrés R. T.