Apartamento con 2 baños en Benijófar, Alicante
Almoradí, Zona de
Descubre este amplio y lujoso apartamento de tres dormitorios con una espectacular terraza/balcón de 23m2 orientado al suroeste, perfecto para disfrutar del sol todo el año. ☀️ Ideal tanto para quienes buscan un nuevo lugar donde vivir como para inversores que desean aprovechar esta maravillosa oportunidad. 💰 El apartamento cuenta con tres cómodos dormitorios y dos elegantes baños, uno de ellos tipo suite. Uno de los dormitorios tiene acceso directo a la hermosa terraza mediante puertas correderas, ¡un espacio ideal para relajarte o recibir visitas! 🌿 Cada dormitorio incluye armarios empotrados perfectamente diseñados con cajones prácticos. La cocina es un verdadero sueño: totalmente equipada con electrodomésticos sostenibles de primera marca (incluyendo lavavajillas) está lista para tus aventuras culinarias 🍽️. Ubicado en un encantador complejo residencial limitado a solo 30 apartamentos dispuestos en forma de L, tendrás acceso a comodidades excepcionales como piscina comunitaria refrescante y ascensores accesibles sin esfuerzo 🚶♂️🏊♀️. Además, puedes elegir sumar trastero o plaza parking privada bajo el edificio por muy poco más 😊. ¿Te interesa saber más? No dudes en contactarnos y ven a visitarlo con nosotros. ¡Estamos aquí esperándote! En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio de venta indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales serán asumidos por la parte compradora y se desglosan a continuación: *IMPUESTOS A PAGAR EN VIVIENDAS* 1) Primera transmisión (obra nueva): -Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): 10% (Tipo General): Se aplica a la gran mayoría de viviendas de obra nueva, incluyendo hasta un máximo de dos plazas de garaje y anexos que se transmitan conjuntamente en el mismo edificio. 4% (Tipo Reducido): Se aplica exclusivamente a las Viviendas de Protección Oficial (VPO) de régimen especial o de promoción pública. Más info en: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/iva-operaciones-inmobiliarias/compro-vivienda-tengo-que-pagar-itp.html -Actos Jurídicos Documentados (IAJD):1,4% (Tipo General): Es el porcentaje estándar aplicable a las escrituras de compraventa de obra nueva sujetas a IVA.0,1% (Tipo Superreducido): Bonificación especial aplicable si la propiedad de obra nueva se destina a ser tu primera vivienda habitual. A continuación se detallan los porcentajes vigentes, incluyendo las recientes actualizaciones fiscales introducidas por la Generalitat Valenciana: https://hisenda.gva.es/es/web/tributos/beneficis-fiscals-2026 2) Segunda transmisión (reventas, segunda mano): Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de 9% (generalmente, sin perjuicio de tipos reducidos del 8%, 6%, 4% o 3% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en la Comunidad Valenciana, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Valenciana en el siguiente enlace: https://atv.gva.es/es/itpajd *IMPUESTOS A PAGAR EN LOCALES, NAVES Y OFICINAS* 1) Primera transmisión (obra nueva) de local, nave u oficina: Cuando el vendedor es promotor, constructor, empresario que realiza la primera entrega, la operación queda sujeta a IVA al 21 % (Si el comprador es empresario/profesional con derecho a deducción, podrá recuperar el IVA soportado) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) al 1,4 % 2) Segunda transmisión de local, nave u oficina usada: Cuando la operación no tributa por IVA, la compra queda sometida a Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP) al 9 % hasta 1.000.000 € de base imponible y 11 % sobre el exceso de 1.000.000 € 3) Segunda transmisión entre empresarios con renuncia a la exención de IVA. Esta sigue siendo una de las operaciones más habituales en naves industriales, edificios de oficinas, locales comerciales de inversión. Cuando procede la renuncia a la exención de IVA tributa por IVA al 21% y AJD al 1,4%. Si el comprador es empresario con derecho a deducción podrá recuperar el IVA. *GASTOS COMUNES A REVENTAS Y VENTA DE VIVIENDAS DE OBRA NUEVA Y VENTA DE LOCALES, NAVES Y OFICINAS* • Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. • Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. •
- 3 habs·
- 2 baños·
- 71 m²·
- Bajos
