Vivienda en construcción junto a la nueva parada del metro. La vivienda se encuentra actualmente en fase avanzada de construcción, presentando ejecutada la mayor parte de su estructura y cerramientos. El inmueble dispone de cimentación, estructura portante, cubierta completamente terminada y cerramientos exteriores de fábrica de ladrillo. Asimismo, cuenta con planta baja destinada a garaje y acceso a la azotea, encontrándose definida la volumetría y configuración general de la edificación. El grado de ejecución de la obra es elevado, restando principalmente la realización de las instalaciones interiores de electricidad y fontanería, así como la distribución definitiva de los espacios mediante tabiquería interior y los correspondientes acabados (revestimientos, pavimentos, carpinterías, sanitarios, pintura y demás elementos necesarios para su completa terminación y puesta en uso). En consecuencia, puede considerarse una vivienda prácticamente terminada desde el punto de vista estructural y constructivo, pendiente únicamente de la ejecución de las instalaciones y trabajos de acabado indispensables para su finalización y obtención de las condiciones de habitabilidad. *Gastos de Notaría: La Minuta se calculará según al arancel notarial oficial: Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre. *Gastos de Registro de la Propiedad: La inscripción se facturará según el arancel oficial: ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. *Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, presentación de liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden de forma estimativa estimada a [363 € aprox.] (IVA incluido), aunque depende de cada caso, y su dificultad. *Honorarios Agencia del Comprador: La agencia prestará los servicios de información, asesoramiento y acompañamiento previstos en el Encargo de Servicios y en el D.I.A. Si solicita servicios adicionales o personalizados, sus honorarios serán informados previamente, de forma individualizada y por escrito, conforme a la libertad de pactos y a la normativa vigente. *Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en Andalucía (generalmente el 7%, sin perjuicio de tipos reducidos del 6%. 3,5%, etc, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el superior entre: 1.- Valor de Referencia de Catastro Catastral; y 2.- Precio de venta. Puede calcular su situación personal en el portal oficial de la A.T. de Andalucia.
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