Apartamento en 674 Gran Via de les Corts Catalanes, Dreta de l'Eixample
Dreta de l'Eixample, Barcelona
Hay pisos grandes. Y luego están esos pocos lugares que ya no se construyen. Residencias concebidas en otra época, cuando el espacio era un lujo que no había que justificar. Esta propiedad reúne algo extraordinariamente difícil de encontrar hoy en Barcelona. 290 m2 en una finca regia de l\'Eixample, en plena Gran Via, con ascensor, portería y una característica que multiplica sus posibilidades: conserva dos referencias catastrales independientes, permitiendo recuperar, si se desea, dos viviendas completamente separadas. Pero lo realmente especial no son los números. Es cómo se vive aquí. El salón principal invita a recibir sin limitaciones. La cocina con isla se convierte en el centro natural del día. La zona de noche ofrece cuatro habitaciones dobles donde el ruido de la ciudad parece quedarse varios pisos más abajo. Y aún conserva margen para evolucionar. La vivienda permite recuperar elementos arquitectónicos originales como la volta catalana, aportando todavía más personalidad a un inmueble que ya hoy transmite elegancia, amplitud y carácter. Es una propiedad pensada para quien busca una residencia excepcional. Para quien necesita combinar vivienda y despacho. Para quien quiere mantener abierta la posibilidad de volver a dividirla en dos viviendas. Porque algunas propiedades se compran para vivir. Otras también se compran para proteger patrimonio. Esta pertenece a las dos categorías. En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación: · Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Cataluña (Valor del Inmueble hasta 600.000€ = 10% (CÁLCULO 180000€), de 600.001€ a 900.000€ = 11%, de 900.001€ a 1.500.000€ = 12%, más de 1.500.000€ = 13%), sin perjuicio de los tipos reducidos del 5%, y el 7% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble o los tipos reducidos del 3% o 4% aplicables, en los términos legalmente establecidos, para la adquisición de vivienda habitual situada en municipios de menos de 5.000 habitantes, siempre que concurran los requisitos exigidos por la normativa vigente. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. · Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. · Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad. · Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden a 600 € (IVA incluido). · Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP. · Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Cataluña, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Catalana: https://atc.gencat.cat/es/tributs/itpajd/tpo/tarifes-tipus/
- 4 habs·
- 3 baños·
- 298 m²·
- Bajos