Commercial properties in Goya
Goya, Madrid
Ubicado en la emblemática Calle Alcalá de Madrid, este local comercial es una oportunidad imperdible para emprendedores. Por solo 105.000€ de traspaso! Con un amplio espacio de 180 m2 construidos y 170 m2 útiles, se encuentra estratégicamente situado en una zona con alto tránsito. Totalmente reformado y equipado con tecnología moderna (salamandra, hornos profesionales y más), está listo para operar sin necesidad de inversión adicional desde el primer día. La distribución del local incluye dos plantas: la principal dedicada a actividades diarias mientras que la inferior ofrece posibilidades versátiles para eventos o servicios complementarios; cuenta con aforo para hasta 49 personas además del potencial uso exterior. Entre las instalaciones destacan baños adaptados al público general así como áreas específicas destinadas a empleados y almacenamiento eficiente facilitando logística empresarial diaria. Visibilidad total gracias a su fachada amplia ideal también por sus escaparates hacia el movimiento constante propio del centro madrileño hace que sea perfecto especialmente si tu actividad gira entorno al sector gastronómico. No dudes en solicitar mas información y venir a visitarlo! En cumplimiento del art.20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 3.000€ no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, los cuales se enumeran a continuación correspondiendo al inquilino/arrendatario (I) IMPUESTOS: Impuesto del Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%. *Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. (II) GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. (III) Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato la factura correspondiente a una mensualidad finalmente pactada, más IVA del 21% aplicado al importe de la mensualidad.
- 2 bath·
- 180 m²·
- Air conditioning
