Nau industrial a Polígono Industrial Norte
Polígono Industrial Norte, San Sebastián de los Reyes
Esplendida Nave de 350m2 en San Sebastián de los Reyes. Nave de dos plantas, la planta baja de 240m2 y la planta alta de 75m2. En cada planta hay un aseo. La nave dispone de ascensor montacargas de una planta a otra, salida de humos, portada acristalada, iluminación con focos de led, seis ventanas exteriores con rejas, persianas de doble cierre y eléctricas, calefacción de caldera de gasoil por impulsión de aire a través de rejillas. La altura interior de la nave es de 9 metros máximo y 8 de mínimo, 10 metros lineales de frente, puerta de entrada de 4,10 de ancha por 2,2 de alta, con posibilidad de acceso de vehículos al interior. Además dispone de dos plazas de estacionamiento exterior asignadas. Actualmente se encuentra con un proyecto de showroom hotelero de lujo. No dudes en pedir más información y venir a visitarla! En cumplimiento del art.20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 2.900€ no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, los cuales se enumeran a continuación correspondiendo al inquilino/arrendatario (I) IMPUESTOS: Impuesto del Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%. *Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. (II) GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. (III) Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato la factura correspondiente a una mensualidad finalmente pactada, más IVA del 21% aplicado al importe de la mensualidad.
- 350 m²·
- Calefacció