Local a Alto de la Jabonería
Alto de la Jabonería, Las Rozas de Madrid
Oportunidad única para adquirir una tienda consolidada dedicada a juegos de mesa, cartas coleccionables y miniaturas, ubicada en el corazón de Las Rozas, Madrid. Este negocio está actualmente operativo con una cartera amplia de clientes fieles que asegura su continuidad. La propiedad incluye mobiliario completo y todo el stock disponible hasta finales del mes mayo al momento del traspaso; lo cual representa un valor añadido significativo para cualquier emprendedor interesado. Además cuenta con cocina y baño integrados dentro del local, ofreciendo posibilidades adicionales como la organización de eventos o talleres relacionados con los productos vendidos. La renta mensual es competitiva a tan solo 880€/mes situando esta oferta por debajo del estándar comercial actual en la zona céntrica donde se encuentra ubicado este establecimiento. No dudes en pedir más información y venir a visitarlo! 5.- ANUNCIO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE DE USO DISTINTO DE VIVIENDA EN LA COMUNIDAD DE MADRID: En cumplimiento del art.20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 880€ no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, los cuales se enumeran a continuación correspondiendo al inquilino/arrendatario (I) IMPUESTOS: Impuesto del Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%. *Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario. (II) GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. (III) Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato la factura correspondiente a una mensualidad finalmente pactada, más IVA del 21% aplicado al importe de la mensualidad.
- 1 bany·
- 99 m²