Apartament a 1 Lila #Bloque 16, Es 28, Pl:01 Pt:01, Santa María
Santa María, Marbella
- 2 habs·
- 2 banys·
- 99 m²·
- Baixos·
- Ascensor·
- Pàrquing·
- Aire condicionat
- Fa 52 dies
Apartamento de Lujo en Marbella con Terraza Chill Out, Piscinas y Vistas al Mar DISPONIBLE YA. Vive el auténtico estilo de vida marbellí en este exclusivo apartamento de lujo, situado en una urbanización privada, tranquila y segura, rodeada de jardines, naturaleza y campos de golf de primer nivel. Características principales: • 2 dormitorios amplios y 2 baños completos (incluye toallas y sábanas). • Salón luminoso con acceso directo a una gran terraza con zona chill out . • Cocina totalmente equipada con electrodomésticos nuevos y cafetera. La cocina dispone de otra amplia terraza. • WiFi, aire acondicionado y plaza de parking privado. • Tres piscinas y amplias zonas verdes. • Edificio con ascensor y jardines comunitarios. Ubicación: En una de las zonas más exclusivas de Marbella, a solo 15 minutos del centro y 5 minutos de las mejores playas, chiringuitos y beach clubs. Cerca de prestigiosos campos de golf, parques con zonas infantiles, mercadillos locales y actividades familiares. Ideal para quienes buscan lujo, tranquilidad y comodidad. A solo 30 minutos del Aeropuerto de Málaga. Perfecto tanto para estancias cortas como para temporadas más largas. Disfruta del estilo de vida Marbella!!! Tiene a su disposición el documento informativo abreviado. Gastos: Impuestos (ITP). ERE Los gastos de comunidad están incluidos en el precio y serán a cargo del arrendador (art. 20.1 LAU). Los servicios individualizados por contador (agua, luz, gas, etc.) dependen del consumo y serán a cargo del arrendatario (art. 20.3 LAU). La fianza legal será de 1 mensualidad para larga duración y de 2 mensualidades para temporada, (art. 36 LAU). En su caso, podrá establecerse un máximo de 2 mensualidades de garantía adicional. Esta información es orientativa y se facilita conforme al art. 20.1.c) TRLGDCU. En arrendamiento de corta duración, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales sobre el arrendamiento (art. 7.1.B TRLITPAJD) está a cargo del arrendatario.