Residencial a Fuente Obejuna
Fuente Obejuna
🌿✨ ¡OPORTUNIDAD ÚNICA EN PLENA NATURALEZA! ✨🌿 Se vende magnífico terreno rural en Fuente Obejuna (Córdoba), ideal para quienes buscan tranquilidad, inversión o desarrollar un proyecto en el campo. 🌳 Superficie: 17 fanegas de terreno 🌿 Entorno: Finca con encinas, perfecta para disfrutar de la naturaleza y el aire puro 🏡 Construcciones: Casa pequeña, ideal como refugio rural o fines de semana Nave versátil, adaptable a múltiples usos (agrícola, ganadero o almacén) 🐔 Extras: Gallinero listo para uso 💧 Agua: Sondeos disponibles 📍 Ubicación privilegiada: A tan solo 3 km de Fuente Obejuna, con buen acceso 💡 Perfecta para explotación agrícola, ganadera, recreo o incluso como inversión rural con gran potencial. 🌅 Imagina despertar rodeado de encinas, con espacio, privacidad y todas las posibilidades que ofrece el campo… 📞 ¡No dejes pasar esta oportunidad! Contáctanos y ven a descubrir tu próximo rincón en la sierra. Cláusula de Transparencia y Desglose de Gastos (Ley 10/2025) PRECIO DE VENTA + GASTOS En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación: * Honorarios Agencia del comprador: 2,5% del precio final de venta + IVA * Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Andalucía (generalmente el 7% (CÁLCULO 26.950 €), sin perjuicio de tipos reducidos del 3,5%, 1,2% o 1% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. * Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. * Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. * Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral serán ajustados según la gestora del banco. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Andalucía, puede visitar la página: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tributos-juego/tributos/paginas/impuestos-cedidos-transmisiones.html
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