Pis de 107 m² a El Morell, Tarragona
La Pobla de Mafumet, Zona de
Piso de 107 m² ubicado en El Morell, Tarragona. Se trata de un piso de 107 m² distribuidos en salón-comedor, cocina independiente, dormitorios y baños, ofreciendo un espacio funcional y cómodo para familias o parejas que buscan amplitud y confort. El inmueble se encuentra en un edificio moderno, con estructura sólida y acabados actuales, lo que garantiza una excelente conservación y una imagen atractiva tanto en el interior como en el exterior. Incluye una plaza de garaje. La vivienda se sitúa en la calle Barranc de les Bruixes, en una zona residencial tranquila dentro del núcleo urbano de El Morell, lo que permite disfrutar de un entorno apacible sin renunciar a la cercanía de todos los servicios. El acceso al municipio es muy cómodo gracias a la proximidad de la carretera N-240 y la autovía A-27, que conectan rápidamente con Tarragona capital y otras localidades cercanas. Además, El Morell cuenta con servicio de autobuses interurbanos (línea Tarragona-El Morell-Reus) que facilitan la movilidad hacia los principales núcleos urbanos de la provincia. La estación de tren más cercana se encuentra en La Pobla de Mafumet, a menos de 10 minutos en coche, lo que amplía las opciones de transporte público. En la zona se pueden encontrar todos los servicios necesarios para el día a día, como supermercados (Mercadona, Spar), restaurantes, instalaciones deportivas municipales, centros educativos (Escola Ventura Gassol, Institut El Morell), oficinas bancarias y diversos comercios locales. Destacan como puntos de interés cercanos el Parc de les Oliveres, ideal para actividades al aire libre, y el Centre Cultural del Morell, que ofrece una variada programación cultural durante todo el año. En cuanto a servicios sanitarios, El Morell dispone de un centro de atención primaria (CAP El Morell) y, a tan solo 15 minutos en coche, se encuentra el Hospital Universitari Joan XXIII de Tarragona, uno de los más importantes de la provincia. Con nuestros servicios podrá encontrar el piso que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - Inmueble sujeto al periodo de oferta+. Son inmuebles para los que la propiedad ha establecido un “precio de referencia”, por lo que no constituyen una oferta contractual. Será la persona o personas interesadas en la compra del inmueble quienes deban presentar su mejor oferta que será debidamente analizada y aceptada o rechazada, según proceda. Advertir que la propiedad ha establecido que la campaña tenga una duración determinada siendo que una vez haya finalizado el plazo establecido para la campaña, pudiendo ser consultada la fecha fin a través de nuestra línea de atención comercial, será el momento en el que se analicen las ofertas, siendo que la propiedad no estará vinculada a la aceptación de ninguna de ellas. De igual modo, la persona o personas interesadas podrán desistir de su oferta hasta el momento en que la misma sea aceptada y se suscriba el correspondiente contrato y/o reserva. Los inmuebles sujetos a esta modalidad estarán identificados en la página web www.solvia.es, con la leyenda “oferta+”. El periodo de la campaña podrá ser ampliado a voluntad de la Propiedad en aquellos casos en que se produzcan incidencias que hubieran imposibilitado a cualquier ofertante la visita del inmueble (respecto aquellos en los que la presentación de la oferta requiere la visita previa) o en aquellos casos en los que se produzca cualquier otra circunstancia justificada. El inmueble se encuentra ocupado ilegalmente por terceros y sin los suministros debidamente contratados. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) la responsabilidad en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese dem
- 1 hab·
- 1 bany·
- 107 m²
